Garzón abre expediente a varias aerolíneas lowcost por imponer sobrecostes en el equipaje de mano

Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea son algunas de las expedientadas, según Facua

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Imagen de archivo de un avión de una compañía lowcost.

El Ministerio de Consumo dirigido por Alberto Garzón ha abierto expedientes sancionadores a varias aerolíneas lowcost por cobrar sobrecostes al llevar equipaje de mano en cabinas, según ha anunciado el propio ministerio a través de un comunicado. Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea son algunas de las expedientadas, según ha declarado Facua mediante un escrito.

La Dirección General de Consumo ha “ampliado el caso a los sobrecostes aplicados a otros servicios que tradicionalmente se incluían en el precio del billete”, asegura la nota, “como la reserva del asiento contiguo a otro pasajero en el caso de menores o personas dependientes”.

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Muchas aerolíneas intentan aumentar sus beneficios a través de “desgajar”, palabra que utiliza el Ministerio de Consumo, elementos que históricamente estaban incluidos en el precio total del billete y así cobrar ahora suplementos que aumentan el coste del pasajero. “Estas compañías ofrecen en su publicidad precios muy competitivos y esto les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”, asegura el Ministerio de Consumo.

El Ministerio de Garzón identificaba, además, publicidad engañosa, ya que “este precio inicialmente ofertado en la publicidad no se corresponde en la mayoría de los casos, como consecuencia de estas prácticas, con el precio que finalmente acaba pagando el consumidor”, sostienen. Además, las aerolíneas incoadas no estarían permitiendo el pago en metálico en el aeropuerto por los servicios adicionales, en contra de lo dispuesto por la normativa.

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El Ministerio estima que las sanciones previstas oscilarán en un abanico amplio y que la cantidad económica será en función de la gravedad del caso. Habrá sanciones de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

“En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves”, zanja el Ministerio de Consumo.

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