El Juzgado número 23 de lo Penal de Madrid ha declarado culpable a Rocío Carrasco por ser la “autora responsable de un delito de impago de pensiones” a su hijo David Flores Carrasco, según las informaciones publicadas por El Periódico de España.
En la sentencia, que aún se puede recurrir, el juez ha dictaminado que la televisiva no ha pagado los 200 euros mensuales que les correspondían otorgar a su primogénito desde enero de 2018, cuando el juzgado de Violencia contra la Mujer de Alcobendas lo decretó.
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Además, el veredicto del juez Juan Antonio Toro condena a la presentadora de televisión a pagar seis meses de multa con una cuota de 5 euros diarios que, en su suma, hacen un total de 900 euros. Por otro lado, Rocío Carrasco también tendrá que indemnizar a su hijo de 24 años con 13.200 euros más los intereses por los cinco años y medio, es decir, 66 mensualidades, en los que no pagó la pensión.
Una sentencia generosa
A pesar de que la hija de Rocío Jurado intentó excusarse en que no había hecho frente a la pensión debido a que tenía todos sus bienes embargados por la Agencia Tributaria, el juez ha sido condescendiente con ella, ya que la ha condenado con la pena más baja posible. Normalmente, el Código Penal impone una multa entre 6 y 24 meses y hasta un año de prisión por este tipo de delitos. Además, en el juicio celebrado el pasado 28 de junio, el fiscal exigía la multa de 10.800 euros, una cantidad mucho más elevada de la que se la ha impuesto finalmente.
David Flores Carrasco también fue indulgente con su madre, pues no pidió la pena de prisión para ella, sino que solo se le pagase el dinero adeudado. Además, también retiro la petición de que su hermana, Rocío Flores, declarara como testigo en el juicio. No obstante, quien sí estuvo presente en la acusación particular fue el exmarido de la colaboradora de televisión, Antonio David Flores, a quien le fue reconocida la patria potestad “prorrogada”, ya que, aunque su hijo es mayor de edad, tal y como se señala en la sentencia, este “no tiene independencia ni autonomía propia” debido a su discapacidad.
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