Cuánto tiempo puede estar un Gobierno en funciones y qué leyes y medidas puede aprobar

Mariano Rajoy tiene el récord: estuvo 314 días

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Pedro Sánchez interviene en el Congreso de los Diputados. (Eduardo Parra/Europa Press)
Pedro Sánchez interviene en el Congreso de los Diputados. (Eduardo Parra/Europa Press)

El panorama político actual se presenta complicado tanto para el bloque de la izquierda como para la derecha. Alberto Núñez Feijóo no ha logrado la mayoría absoluta con Vox y el PNV ha declinado sentarse a negociar con los populares. Por su parte, el PSOE tendría el camino más allanado para lograr superar la investidura si no fuera porque necesita la abstención de Junts per Catalunya.

Con este escenario, podríamos ir hacia una situación de bloqueo institucional muy parecida a la que España vivió en el año 2015, con la caída del bipartidismo y la entrada de Podemos y Ciudadanos en el parlamento. Con esta situación, ¿cuánto tiempo puede estar un Gobierno en funciones?, ¿qué leyes puede aprobar?

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¿Quién está en funciones?

Los cargos que se encuentran en funciones son el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, las tres vicepresidentas; Nadia Calviño, Yolanda Díaz y Teresa Ribera, y los 19 ministros.

Todos los gobiernos a partir del día después de la celebración de las elecciones son cesados de forma automática y pasan a estar en una situación de interinidad. Se entiende que, al renovarse el parlamento, la cámara no le ha otorgado la confianza suficiente para asumir plenos poderes, por lo que, el tiempo en el que se conforma una nueva mayoría, el ejecutivo anterior se mantendrá en funciones.

En 2015, Rajoy se mantuvo durante casi un año en funciones, 314 días. Durante esos meses, el PP presionó al PSOE para lograr una abstención técnica y que les permitiera gobernar. Los socialistas se abstuvieron con la brecha interna que supuso.

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Mariano Rajoy mantiene el récord en funciones, pero Pedro Sánchez también estuvo un gran número de días en interinidad. El presidente del Gobierno, tras alcanzar el poder en 2018 por medio de la moción de censura a Rajoy, quiso aprobar unos nuevos Presupuestos Generales del Estado. Sin embargo, ERC votó en contra, haciendo caer la norma más importante del año, obligando al socialista a disolver las Cortes y convocar elecciones.

De aquellas elecciones de abril de 2019 se configuró una aritmética parlamentaria que pasaba por el acuerdo del PSOE o con Ciudadanos o con Unidas Podemos y el llamado bloque plurinacional, es decir, los partidos periféricos. Unidas Podemos exigió entrar en el Gobierno, pero las negociaciones no llegaron a ningún lado. Se celebraron de nuevo elecciones y tras 214 días en funciones, Pedro Sánchez volvió a tener plenos poderes en un Consejo de Ministros de coalición.

¿Cúanto tiempo se puede estar en funciones?

La Constitución no marca ningún periodo determinado. Sin embargo, se apuntan plazos relativos al llamado “reloj de la democracia”, para evitar que el bloqueo persista de forma indefinida.

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Según establece la Carta Magna, al mes siguiente de la celebración de elecciones se deben constituir las Cortes Generales y formar la Mesa del Congreso de los Diputados. A partir de ahí, el Rey comienza la ronda de conversaciones con los diferentes grupos parlamentarios con representación para conocer la dirección de su voto de cara a una posible investidura.

Con los apoyos sobre la mesa, el monarca debe nominar a un candidato para presentarse a la investidura y a partir de aquí, se activa el llamado “reloj de la democracia”, en caso de que el candidato no supere la investidura, los grupos políticos tienen dos meses para armar una mayoría, en caso contrario, de forma automática se disuelven las Cortes y se convocan elecciones.

¿Qué puede hacer un gobierno en funciones?

La capacidad de los ejecutivos en funciones se centra principalmente en atender los temas relativos al despacho de asuntos públicos, es decir, al día a día, ya que se considera que un Estado, aunque este inmerso en un proceso de elecciones, no puede quedar paralizado.

Además, el Consejo de Ministros en funciones puede dictar disposiciones legislativas de carácter provisional, es decir, decretos ley. Estas normas deberán pasar por la Comisión Permanente del Congreso de los Diputados y ser revalidadas por los parlamentarios en funciones. Los decretos leyes se deben ajustar a atender una “necesidad o urgencia”.

Por el contrario, el Gobierno interino no puede presentar proyectos legislativos, ni tampoco aprobar reales decretos ley.

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