Cuenta atrás para pedir el voto por correo: esta es la fecha límite para solicitarlo

Ya se han superado los 2,5 millones de solicitudes y se podría llegar a los 3 por primera vez

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Un elector completa un formulario para votar por correo. (Gabriel Luengas/Europa Press)
Un elector completa un formulario para votar por correo. (Gabriel Luengas/Europa Press)

El presidente del Gobierno disolvió las Cortes y convocó elecciones para el próximo 23 de julio, en pleno verano. Serán las primeras generales en periodo estival de la historia de la democracia. Con las vacaciones veraniegas de fondo, muchos ciudadanos no quieren renunciar a la posibilidad de escaparse para desconectar. Al mismo tiempo, no se plantean renunciar a ejercer su derecho constitucional al sufragio, por eso, muchos electores han apostado por votar por correo.

Este escenario ha propiciado un aluvión de solicitudes sin precedentes en el voto por correo. Según CCOO, ya se han superado los 2,5 millones de solicitudes y, de seguir a este ritmo, se podrían llegar a firmar los 3 millones de votantes por vía postal, un volumen de voto que no se ha visto nunca y que representaría casi a un 6% del electorado, cuando habitualmente, tan solo llega al 2-3%

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Todas las formaciones están animando a votar masivamente el próximo 23 de julio y son muy conscientes de que ese electorado podría marcar la diferencia. Pero, para votar por correo, ¿qué gestiones se deben hacer?

Para empezar, lo más importante es conocer los plazos, de querer votar por vía postal, es imprescindible solicitarlo antes del día 13 de julio, día en el que finaliza el plazo para entregar la documentación necesaria en la oficina de correos y solicitar la papeleta a la administración.

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Una vez entregado el formulario de solicitud en una oficina o por medios digitales, los carteros procederán a entregar los sobres y las papeletas electorales a los ciudadanos, un proceso que se extenderá hasta 3 días después de la fecha límite para registrar la solicitud, es decir, hasta el 16 de julio. Tanto los sobres como las papeletas llegarán al domicilio que establezca en el formulario, no en la dirección que figure como empadronado.

Una vez que el ciudadano haya recibido la documentación electoral, debe elegir la papeleta de votación e introducirla en el sobre de votación. Si el elector prefiere votar en blanco, solo debe no meter ninguna papeleta.

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A continuación, se debe introducir el sobre con el voto, en un nuevo sobre, este cuenta con la la dirección de la mesa electoral y el certificado de inscripción en el censo. En caso de introducir algún otro documento que no sean los correctos, la mesa deberá considerar el voto como nulo.

El sobre, por último, el elector debe acercarlo a una oficina de Correos, donde, tal y como ha establecido la Junta Electoral Central, se deberá presentar el DNI para acreditar la identidad del votante. En caso de no poder acudir físicamente, se deberá presentar una copia del DNI del votante y una autorización firmada. Los electores que deseen ejercer su voto de esta forma tienen hasta el próximo 20 de julio para depositar el voto en una oficina.

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