Es una de las principales reivindicaciones históricas de los representantes sindicales de ambos cuerpos, que desde hace años se hacen la misma pregunta. ¿Por qué ser policía nacional o guardia civil no es profesión de riesgo cuando ser azafata, torero, minero o simplemente policía local sí lo es?, ¿por qué un policía de un pequeño pueblo que se dedica a tareas de seguridad ciudadana o a regular el tráfico es profesión de riesgo y un agente nacional encuadrado en los servicios antiterroristas no lo es?
“Son preguntas para las que no tenemos respuestas. Es sangrante, no sabemos el motivo de esta discriminación, seguramente es falta de voluntad política”, señala un portavoz del sindicato Jupol. “Ahora el PP lo ha incluido en su programa electoral. Esperemos que lo cumpla. Porque no ser profesión de riesgo conlleva pérdida de poder adquisitivo si te jubilas antes de tiempo”, explican desde el sindicaro SUP.
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Esa es la clave. Si una azafata, un minero, un torero o un policía local se jubilan a los 59 años no ven rebajada su pensión porque su actividad profesional es considera de “naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre” y con elevados índices de morbilidad o mortalidad. En cambio, la Policía Nacional o la Guardia Civil no tienen esta consideración. Policías y guardias pueden jubilarse cuando tienen entre 55 y 58 años, pero su pensión es sensiblemente inferior si lo hace un minero a esa misma edad, “entre 600 y 900 euros mensuales menos”, coinciden en Jupol y SUP.
La ley incluye como profesiones de riesgo a los trabajadores incluidos en el estatuto minero, al personal de vuelo de trabajos aéreos, a los trabajadores ferroviarios, a los artistas, a los profesionales taurinos, a los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos, a la Ertzaintza (la policía automómica vasca) y a los policías locales.
Los sindicatos creen que los policías nacionales y guardias civiles tienen unas condiciones laborales específicas que ya de por sí justifican que tengan acceso a los coeficientes de reducción que facilitan su acceso a la jubilación anticipada, “por su sometimiento a un excepcional índice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad que exige la normativa legal”. Para ellos, los trabajos relacionados con el sector de seguridad tienen un plus de peligrosidad.
Además, debido al estrés que conlleva el trabajo policial, “se incrementen los riesgos de presentar una enfermedad profesional o accidente laboral. Igualmente, la penosidad a la que están sometidos dichos profesionales, con turnos rotatorios de 24 horas; sin respetar fines de semanas ni festivos, desplazamientos en función de la problemática de seguridad a nivel nacional; hacen que su trabajo sea de alta penosidad; muchas veces limitando la conciliación familiar”, explican desde Jupol.
Defensor del Pueblo
Jupol ha pedido incluso ayuda al Defensor del Pueblo y ha demandado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el reconocimiento de las específicas condiciones de trabajo para incluir a estos dos cuerpos en la categoría de profesiones de riesgo. “Es de justicia que los policías nacionales y guardias civiles se puedan jubilar en las mismas condiciones que el resto de las policías españolas, a los 59 años y con el 100% de su aportación económica”. El SUP y la AUGC (la principal asociación de guardias civiles) forman parte también de la Plataforma por una Jubilación Digna, que engloba a una docena de sindicatos policiales.
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