Por primera vez en España el Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia que obliga a la Región de Murcia a indemnizar a una mujer que tuvo que ser traslada a un centro privado en Madrid para interrumpir su embarazo con la excusa de que ninguno de los facultativos del Servicio Murciano de Salud había pedido practicar abortos. Derivar a mujeres a centros privados y otras regiones es una práctica constante, a pesar de que la ley garantiza el derecho a abortar en centros públicos, por lo que la decisión del tribunal de garantías supone un “importante reconocimiento en el ámbito judicial del ejercicio de estos derechos”.
El hecho de que una mujer tenga que desplazarse a otra comunidad autónoma para poder abortar “solo añade más trabas al proceso”, cuando la sanidad pública “debe ser capaz de dar una respuesta adecuada desde el punto de vista sanitario para que la experiencia sea lo menos traumática posible”, explica a Infobae España el ginecólogo Abel Renuncio, integrante de la Sociedad Española de Contracepción. “No es aceptable ni comprensible que las administraciones y los poderes públicos no den pasos decisivos para implantar esta prestación en la sanidad pública”, indica.
Te puede interesar: España aprobó la ley que permite la libre autodeterminación de género a partir de los 16 años y la reforma del aborto
Que una mujer pueda abortar en su ámbito geográfico, señala el responsable de ginecología de la Unidad de Atención a la Mujer del Hospital Universitario de Burgos, “aporta un plus” en cuanto a que la intervención se realiza en su centro sanitario, “con el personal que la ha atendido en momentos previos de su embarazo u otros procesos ginecológicos”, mientras que si se desplaza a otro lugar, “eso no sucede”. En ese sentido, Renuncio recuerda que el aborto es un derecho y, como tal, “debería poder ser ejercido por cualquier mujer en cualquier región de España”.
El 85% de los abortos se practica en clínicas privadas
Los datos oficiales hablan, sin embargo, hablan de una realidad muy diferente. Según el último informe del Ministerio de Sanidad, correspondiente a 2021, el 85% de los 100.000 abortos que se registran al año en España se realizan en clínicas privadas o concertadas y en doce comunidades autónomas prácticamente no se hacen interrupciones del embarazo en hospitales públicos. Un ejemplo es Castilla y León, indica Renuncio, donde sólo se practican abortos en dos centros públicos ubicados en la provincia de Burgos, uno en Miranda de Ebro y otro en la propia ciudad, mientras que en el resto de provincias hay acuerdos con clínicas privadas, incluso de fuera de la Comunidad.
Este mismo martes el consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Alejandro Vázquez, ha reconocido que un total de 72 mujeres de la región fueron derivadas a centros hospitalarios de otras comunidades para abortar en 2022.
Te puede interesar: El Tribunal Constitucional avala la ley de plazos del aborto que recurrió el PP hace 13 años
Alto número de objetores
Las mujeres se siguen enfrentando a obstáculos para acceder al servicio de aborto en los centros públicos a pesar de que España cuenta con una ley desde 2010 que garantiza este derecho y se debe, principalmente, al elevado número de médicos objetores de conciencia. Por eso uno de los objetivos de la reciente reforma de la norma, aprobada en febrero, es que las comunidades autónomas organicen sus recursos para poder practicar abortos en hospitales públicos y que creen un registro de los profesionales sanitarios que decidan objetar por motivos de conciencia para que haya una mejor organización.
Renuncio, que denuncia que “España lleva 13 años de retraso en la aplicación del derecho al aborto”, asegura que el principal problema es la “falta de información por parte de la Administración” respecto a cuántos objetores de conciencia hay en cada centro, teniendo en cuenta que la ley prohíbe la objeción de conciencia generalizada y que los profesionales sanitarios “deben manifestarlo al centro de forma individual, con antelación y por escrito”. Además, según indica la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, el hecho de que un centro hospitalario no disponga de personal no eximen a los facultativos de practicar la interrupción voluntaria del embarazo en los casos legalmente previstos.
“Los registros de objeción de conciencia son una herramienta poderosa para la Administración para conocer el personal del que dispone para poder practicar abortos, por eso debe poner los medios y recursos para realizarlo”, señala el experto.
De hecho, el pasado mes de mayo la ministra de Igualdad, Irene montero, envió una carta a las Comunidades Autónomas en la que les exigía que cumplieran la ley y que garantizaran la presencia de médicos no objetores para que se puedan llevar a cabo abortos en todos los centros hospitalarios públicos.
Ascenso de la ultraderecha
El avance de la ultraderecha en España tras las elecciones autonómicas y municipales de mayo también hace temer retrocesos sobre la interrupción voluntaria del embarazo, pues el partido ultra que lidera Santiago Abascal es contrario a este derecho y ha pedido la derogación de la Ley del Aborto. De hecho, el pasado mes de enero el vicepresidente de Castilla y León, Juan García-Gallardo, de Vox, propuso que los médicos de la región ofrecieran a las mujeres que quisieran abortar la posibilidad de escuchar el latido fetal y contemplar una ecografía 4D, unas medidas que fueron despreciadas por su socio de Gobierno y finalmente no fueron aprobadas.
Aún así, estos hechos evidencian “la continua amenaza” que existe sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, por eso Renuncio advierte: “No podemos dar pasos atrás”.
Seguir leyendo: