La multa que te puede caer si no presentaste la declaración de la renta: también incluye intereses

La Agencia Tributaria contempla sanciones para los ciudadanos que no hayan presentado a tiempo su declaración

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La nueva campaña de la Agencia Tributaria será la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. (Europa Press)
La nueva campaña de la Agencia Tributaria será la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. (Europa Press)

El pasado viernes se cerraba el plazo para presentar la declaración de la renta tras más de dos meses de campaña. La Agencia Tributaria lleva varias semanas ingresando dinero en las cuentas de los contribuyentes a los que el trámite les ha salido a devolver. Sin embargo, todavía hay ciudadanos que no han rendido cuentas con el fisco. Estas personas se enfrentan a posibles sanciones que, de prorrogarse demasiado, pueden duplicar o incluso triplicar la cantidad final a pagar.

El Ministerio de Hacienda dispone de seis meses para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución. Por eso, si algún contribuyente todavía no ha recibido el ingreso que le corresponde, no debe preocuparse, porque todo está bajo control: cobrará la cuantía pertinente antes de que termine el año.

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Las multas por no hacer la declaración de la renta

La Agencia Tributaria prepara una relación de multas para los contribuyentes que no hayan presentado su declaración de la renta dentro de los plazos dispuestos. Las sanciones dependen, como es lógico, del resultado de la declaración y de si es Hacienda quien detecta la irregularidad o, en caso contrario, el interesado presenta voluntariamente el borrador aunque esté fuera de plazo.

Una mujer presenta la declaración de la renta. (Freepik)
Una mujer presenta la declaración de la renta. (Freepik)

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Si la declaración de la renta sale a devolver y el contribuyente la presenta de forma voluntaria antes de que Hacienda detecte la omisión y le envíe un apercibimiento, la multa será de 100 euros. En cambio, si es la Agencia Tributaria quien se da cuenta de la infracción, la sanción asciende hasta los 200 euros. Estas cantidades se pueden reducir un 40% si se abonan en el período establecido y no se recurre la sanción.

Por otro lado, están los casos en los que la declaración de la renta sale a pagar. Si es el ciudadano quien informa de que no ha presentado el borrador, antes de que el fisco le envíe un requerimiento, se aplicará un recargo sobre la cuantía a ingresar. El porcentaje puede variar en función del tiempo que se tarde en abonar el pago, con intereses de demora incluidos. En principio, el recargo es del 5% si se salda la deuda en los tres primeros meses y sube cinco puntos si se espera hasta los seis. Las personas que tarden más de un año en ponerse al día con Hacienda se enfrentan a un recargo del 20% más un 5% de intereses de demora.

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Por último, cuando sale a pagar pero el contribuyente no lo comunica hasta que recibe el aviso de la Agencia Tributaria, la sanción provoca un aumento del 50% en la cantidad inicial que corresponde abonar. La administración puede elevar el porcentaje hasta el 100% si detecta que hubo intención de ocultar la nómina. En los casos más extremos, se puede subir hasta el 150%, pero sólo si Hacienda considera que se han utilizado métodos fraudulentos para esquivar el proceso.

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