Este es el paro que tendrán derecho a cobrar Irene Montero y los diputados que no sigan tras las elecciones

A pesar de que, desde 2011, los exparlamentarios ya no perciben una pensión vitalicia, sí pueden gozar del paro

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Irene Montero en el acto del Orgullo LGTBI
Isabel Infantes / Europa Press
Irene Montero en el acto del Orgullo LGTBI Isabel Infantes / Europa Press

Los diputados y senadores ya no tienen derecho a cobrar una pensión vitalicia por los años que ocuparon una banca en las Cortes Generales. Ese derecho les fue revocado, en 2011, durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, aunque no tuvo carácter retroactivo, por lo que los parlamentarios que gozaban de esta pensión antes de su suspensión siguen percibiéndola a día de hoy. De hecho, según el Congreso de los Diputados, actualmente 120 políticos disfrutan de esta pensión, que van desde los 57,98 hasta los 3.568,61 euros.

Esta polémica pensión parlamentaria se entendía como un complemento abonado por las Cortes para que los diputados y senadores pudieran alcanzar la pensión máxima en caso de no llegar a la misma. No obstante, para poder ser beneficiario de la misma tenían que haber cumplido 65 años y obtenido la jubilación: haber ejercido como parlamentario un mínimo de siete años le habilitaba a cobrar el 80% del complemento y si su mandato fue de más de 11 años, le correspondía el 100%.

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Sin embargo, también había excepciones. Por ejemplo, un parlamentario podía acceder a la pensión si había obtenido la jubilación anticipada, es decir, si había cumplido 60 años y cotizado durante 40. Además, si el diputado o senador tenía 55 años o más en el momento de su cese, y carecía de otra actividad profesional, las Cortes Generales le mantenían dado de alta en la Seguridad Social hasta completar el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación.

Desde hace 12 años, el tiempo que deben cotizar los diputados y senadores para obtener el 100% de su pensión en el momento de la jubilación es el mismo que el de cualquier otro trabajador.

Cobro del paro

Desde entonces el único dinero que pueden percibir aquellos diputados y senadores que ya no lo son es una especie de paro del Congreso y el Senado. Para tener derecho a esta ayuda, el exparlamentario tiene que haber permanecido en el cargo durante un tiempo mínimo de dos años.

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La cuantía que tendrán derecho a percibir los parlamentarios de esta legislatura que no revaliden su banca, como es el caso de la ministra de Igualdad, Irene Montero, equivale a un mes del sueldo asignado, es decir, 3.050,62 euros para diputados y 3.020,66 euros para senadores, hasta un máximo de 24 mensualidades. No obstante, el cobro de esta indemnización es incompatible con cualquier otro tipo de retribución pública o privada.

Además, los miembros del Poder Legislativo de España también tienen derecho a lo que se conoce como indemnización de transición de las Cámaras, que no es otra cosa que una ayuda económica durante el período de transición que se da entre la disolución de las Cortes hasta la constitución de las mismas tras las elecciones.

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