Las Big Four prestaron asesoría y auditoría a 8 empresas del Ibex en 2022 pese al riesgo de multas por conflictos de intereses

El Gobierno ha puesto 12 sanciones en los últimos 8 años a Ernst & Young, Deloitte, KPMG y PwC por irregularidades que comprometieron el resultado de sus informes de auditoría o provocaron “incumplimiento del deber de independencia” en los casos más graves

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El horizonte del distrito de
El horizonte del distrito de negocios de las Cuatro Torres en Madrid. (REUTERS/Paul Hanna)

Ninguna de las Big Four, Ernst & Young, Deloitte, KPMG y PwC, se salva de las multas del Gobierno por conflictos de intereses en ciertas auditorías. Sin embargo, todas ellas siguen prestando servicios de asesoría a varios de los clientes más importantes que auditan, como reflejan las últimas cuentas anuales de las empresas del Ibex 35.

Según el informe Contribución y transparencia 2022 elaborado por la Fundación Haz, al menos ocho empresas del selectivo español “mantienen la mala práctica de contratar servicios de asesoría fiscal” con las mismas empresas que les auditan, que son las Big Four. Se trata de Acciona, Acciona Energía, ACS, Amadeus, Banco Santander, Indra, Naturgy y Solaria.

No obstante, a estas se suman otras 11 empresas que o no publican el informe de independencia del auditor externo o este se limita a declaraciones genéricas sin desglosar, por lo que no permiten contrastar si las auditoras prestan o no sus servicios fiscales. De esta manera, solo 16 empresas del Ibex indican explícitamente que no reciben asesoramiento fiscal de sus auditoras o desglosan suficientemente los servicios prestados para comprobarlo.

Que los auditores externos de entidades de interés público (como son todas las empresas del Ibex) les presten también asesoría fiscal es una práctica cada vez más restringida legalmente por los posibles conflictos de intereses que implica. “Los riesgos de contratar con la entidad auditora servicios no relacionados con la auditoría exceden con mucho los beneficios de esa decisión, justificada, muchas veces, en imaginarias eficiencias y economías de escala”, detalla el informe de la Fundación Haz. Además, su fundador y director, Javier Martín Cavanna, señala a Infobae España que aunque la práctica ha ido disminuyendo con el tiempo no lo está haciendo “al ritmo deseado”.

La Ley de Auditoría de 2015 incorpora un reglamento europeo de 2014 que detalla una lista de servicios prohibidos, entre los que se incluyen servicios fiscales relacionados con la preparación de impresos tributarios, la búsqueda de subvenciones públicas e incentivos fiscales y el asesoramiento fiscal, entre otros detallados en el artículo 5. No obstante, siguen siendo posibles excepciones a estas prohibiciones dependiendo del grado de implicación del auditor en la asesoría y de los efectos en los estados financieros.

Una combinación de imágenes de
Una combinación de imágenes de Price Waterhouse Coopers (PwC), Deloitte, KPMG and Ernst & Young. (REUTERS)

Al albor de esta ley, el Gobierno ha puesto al menos 12 sanciones a las Big Four en los últimos 8 años a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), ya que las empresas que contratan los servicios no son sancionadas. Las resoluciones, publicadas en el BOE o en la web del ICAC, contemplan distintas cuantías por “incumplimiento de las normas de auditoría”. Estos incumplimientos conllevaron, bien “un efecto significativo sobre el resultado (...) del informe” del auditor en las cuentas anuales, o bien “incumplimiento del deber de independencia” en los casos más graves.

Según Cavanna, el ICAC es “un organismo que carece de recursos económicos y humanos para desempeñar su función”, y la CNMC y la CNMV no logran cumplir con su finalidad. “Son tantos los reguladores que las responsabilidades de supervisión están completamente diluidas”, asegura, “los consumidores y accionistas son los grandes perjudicados de este ecosistema de complicidades, integrado por empresas auditoras codiciosas, comisiones de auditoría indolentes y organismos de supervisión condescendientes”, prosigue. Además, Cavanna considera que las sanciones “son ridículas y perfectamente asumibles por las auditoras”, en comparación con sus beneficios.

¿Son disuasorias las multas?

De las 12 sanciones mencionadas, 5 corresponden a PwC, 3 a EY, otras 3 a Deloitte y una a KPMG por ilegalidades en sus auditorías a Banco Santander, Abengoa, ACS, Bankia, Generali, Sacyr, Gold Petroleum, IBM, AENA, Zúrich Vida, Banco Popular y BBVA. Entre estas, hay empresas que siguen contratando asesoría fiscal con los auditores pese a las sanciones, otras que han pasado al grupo de las que han dejado de hacerlo, y algunas que han desaparecido por absorciones y quiebras.

Deloitte y su socia auditora fueron sancionadas en 2015 (publicado en el BOE en 2017) con algo más de un millón de euros y otros 6.000, respectivamente, por no poner las medidas suficientes para garantizar la independencia de las auditorías de las cuentas del Banco Santander y su grupo en 2011. Deloitte ha tenido otras dos sanciones posteriormente por el mismo motivo (ambas en 2018) y el Banco Santander contrató en 2022 “servicios fiscales” con su nuevo auditor, PwC.

Deloitte volvió a ser sancionada en 2018 por irregularidades en la auditoría de las cuentas de 2011 de ACS, pero su recurso ante la Audiencia Nacional prosperó y la multa fue anulada. ACS, por su parte, contrata asesoría fiscal con su actual auditor, KPMG.

En el otro lado están BBVA y AENA, que tras las sanciones a sus auditoras, KPMG y PwC, en 2021 y 2016 respectivamente, ya no contratan servicios de asesoría fiscal con los actuales auditores externos. La mayor multa fue a PwC, ya que el ICAC detectó que se incumplían las normas internacionales adoptadas por la UE en sus auditorías a AENA en 2011, 2012 y 2013 e impuso tres sanciones muy graves por valor de 10,49 millones de euros más otros 48.000 euros al auditor. No obstante, PwC ha tenido una sanción posterior, en 2019, por su auditoría a Gold Petroleum.

Los casos de Abengoa y Banco Popular

Deloitte y el auditor Manuel Arranz Alonso fueron sancionados en 2018 por el ICAC con 1,48 millones y 8.700 euros por la auditoría de las cuentas de Abengoa de 2014. Tanto la auditora como el auditor se encuentran actualmente imputados por la Audiencia Nacional por presunta falsedad contable y fraude de inversores y la empresa se encontraba en fase de liquidación hasta que Cox Energy la compró en abril de 2023.

El caso del Banco popular es similar. El ICAC impuso dos sanciones a PwC en 2016 por su auditoría del Banco Popular del ejercicio 2012 (año en el que absorbió al Banco Pastor) por un importe total de 269.793 euros más otros 6.600 al auditor. El Banco Popular quebró en 2017 y fue absorbido por el Banco Santander, pero la sanción del ICAC se publicó en 2018. Actualmente, el auditor de PwC sancionado en aquella ocasión, José María Sanz Olmeda, está imputado por la Audiencia Nacional por las auditorías entre 2009 y 2015 a la entidad bancaria.

La quiebra del Banco Popular provocó la ruina de miles de inversores, como Aris Invest, que era accionista titular de un 3,5% del capital social de la entidad bancaria. Según relata Cavanna, este accionista solicitó al ICAC el texto completo de su multa de 2018 tras la quiebra del banco, pero el organismo denegó la solicitud y Aris Invest tuvo que recurrir al Consejo de la Transparencia para conocer la resolución sancionadora.

“Que un accionista que ha perdido todo su patrimonio en una sociedad tenga que acudir al Consejo de la Transparencia para reclamar una información indispensable para esclarecer el grado de responsabilidad en el que ha podido incurrir la empresa y su firma auditora es un ejemplo de los obstáculos que, habitualmente, tienen que superar los consumidores y accionistas para defender sus derechos e intereses”, critica el director de la Fundación Haz.

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