La Audiencia de Sevilla suspende la condena de Griñán: no entrará en prisión por el cáncer que padece

El tribunal acepta la suspensión de la pena por el caso de los ERE durante un plazo de cinco años

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Griñán en los juzgados de Sevilla. (Eduardo Briones / EUROPA PRESS)
Griñán en los juzgados de Sevilla. (Eduardo Briones / EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado suspender durante un plazo de cinco años la pena de prisión impuesta a José Antonio Griñán. El expresidente de la Junta de Andalucía, condenado a seis años y dos días de cárcel por malversación en el caso de los ERE, había pedido no entrar en prisión por el cáncer de próstata que padece. Los fiscales, que han tenido acceso a los informes médicos, se han mostrado favorables a la decisión. Sin embargo, todavía no es firme, ya que se puede interponer recurso de súplica.

El tribunal ha tomado como base el artículo 80.4 del Código Penal, que dispone literalmente que “los jueces podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables”. Antes del fallo de la Audiencia Provincial, una especialista del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla había calificado de “desaconsejable” su ingreso en prisión. La Fiscalía Anticorrupción tampoco se opuso a paralizar la condena del expresidente socialista.

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En el último auto, notificado este lunes a todas las partes implicadas, la Audiencia Provincial acepta la solicitud de la defensa de Griñán y acuerda suspender la condena del expresidente andaluz. En el texto, los magistrados argumentan que la concesión de este beneficio “es una potestad discrecional del juez”. Asimismo, recuerdan que el pasado mes de enero ya se aplazó el ingreso en prisión del socialista por las sesiones de radioterapia a las que tenía que someterse.

La enfermedad de Griñán

El tribunal ha tomado como fundamento para la resolución el último informe forense sobre la salud del expresidente socialista, emitido el pasado 15 de junio. La Justicia solicitó este documento para “evaluar si persistía la situación de gravedad de la enfermedad o, por el contrario, se había modificado su estadío clínico”. La forense sostiene en el parte médico que “no todos los procesos cancerosos son iguales” y que cada paciente responde de una forma particular a las terapias.

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El tratamiento desde el centro penitenciario puede conllevar “inconvenientes y riesgos”, tal y como han apuntado los jueces en anteriores ocasiones. Tanto la Fiscalía como la acusación particular, que en este caso recae sobre el PP, habían pedido hace meses mantener a Griñán fuera de la cárcel hasta que el cáncer remitiera. Las consultas programadas y las sesiones de radioterapia requieren de atención en hospitales externos.

El caso de los ERE en Andalucía

José Antonio Griñán fue condenado, en el marco del caso de los ERE, a seis años y dos días de cárcel por malversación continuada y otros 15 de inhabilitación por un delito de prevaricación. Esta fue la mayor trama de corrupción en la que se ha visto involucrado el PSOE. El expresidente de la Junta de Andalucía es el responsable de crear un sistema de ayudas empresariales con el fin de “evitar todo control administrativo”, mientras dictaba las resoluciones “conociendo todas las irregularidades que se estaban produciendo”, tal y como apunta la sentencia del Tribunal Supremo. En este contexto, Griñán concedió una cascada de subvenciones millonarias al margen de la legalidad.

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