
Los trabajadores de 56 años o más que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 45% pueden solicitar la jubilación anticipada desde el pasado 1 de junio. En marzo de 2023, el Gobierno de coalición ha aprobado un paquete de medidas para facilitar el acceso a las pensiones correspondientes para las personas con discapacidad. Como consecuencia, se han rebajado los años de cotización exigidos y se han fijado una serie de requisitos que, de cumplirse, dan derecho a esta prestación.
El Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez cree que, con este cambio, se duplicará el número de beneficiarios de los subsidios por jubilación anticipada que concede la Seguridad Social. Además de los empleados cuyo grado de discapacidad supere el 45%, también se pueden acoger a este servicio las personas que tengan más de una patología discapacitante siempre y cuando la suma de todas sus dolencias esté por encima de dicho porcentaje.
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Requisitos para la jubilación anticipada por discapacidad
Los trabajadores que acrediten estar en situación de alta laboral y que puedan demostrar que han trabajado un tiempo aquivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías indicadas pueden acogerse a este derecho. Asimismo, es necesario probar que la persona ha trabajado, como mínimo, cinco años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45%. Esta es la principal novedad, puesto que antes se requería haber cotizado un mínimo de 15 años con la discapacidad reconocida.
Para acreditar la discapacidad, basta con presentar un informe médico en el que figure la fecha en la que se ha diagnosticado la patología. También es obligatorio adjuntar un justificante del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) o del órgano autonómico correspondiente en el que conste que la discapacidad ha estado por encima del 45% durante, al menos, cinco años. El grado de discapacidad se determina mediante un test médico que valora la patología y los factores sociales complementarios que le puedan afectar.
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¿A qué edad te puedes jubilar con una discapacidad del 45%?
La edad mínima de jubilación para las personas afectadas se fija en los 56 años. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconoce una serie de patologías generadoras de discapacidad, que se pueden ampliar o reducir de forma periódica. En este momento, el listado lo completan los siguientes diagnósticos: dicapacidad intelectual, parálisis cerebral, anomalías genéticas (síndrome de Down, enfermedad de Wilson, síndrome de Prader Willi, etc.), trastornos del espectro autista, secuelas de polio o síndrome postpolio, daños cerebrales, enfermedades de salud mental (esquizofrenia, trastorno bipolar) y varias enfermedades neurológicas (esclerosis, síndrome de Tourette, lesiones medulares).
Los trabajadores que acrediten un grado de discapacidad por debajo del 45% no pueden acogerse a esta prestación y tendrán que esperar a cumplir la edad ordinaria fijada para cada caso si quieren jubilarse de manera anticipada. Para calcular la pensión, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora correspondiente. En los casos en los que las carreras de cotización son más largas, la cuantía puede alcanzar los 3.000 euros anuales, que es el tope de las pensiones en 2023.
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