Los importes que la administración concede por el Ingreso Mínimo Vital (IMV) no son definitivos, se revisan cada año cuando la Seguridad Social dispone de los datos confirmados de renta y patrimonio del ejercicio anterior. El retardo en la disponibilidad de esta información fiscal ha afectado al 83% de los hogares beneficiarios del IMV en junio de 2022, de manera que 129.884 hogares (el 43%) tienen que devolver total o parcialmente lo cobrado y 123.030 (el 40%) recibirán más en las próximas mensualidades por haber recibido menos. Los hogares restantes (50.137) mantienen invariables sus ingresos.
Esta es una de las claves principales que revela la segunda opinión de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) sobre el IMV, en la que concreta que dentro de ese 43% de beneficiarios afectados, los hogares que tienen que devolver totalmente la prestación por no cumplir ya los requisitos para recibirla son 47.932 (el 16%), mientras que los que verán reducidas sus cuotas mensuales para devolver parte de lo cobrado son 81.952 (el 27%).
Aunque la situación es complicada para ambos colectivos, ya que estamos hablando de hogares que viven o han vivido muy recientemente en riesgo de pobreza, es peor para los casi 48.000 que tienen que devolver todo lo “indebidamente” cobrado. Según calcula la AIReF, este 16% se verá obligado a abonar una mediana de 2.500 euros a la Seguridad Social, aunque el importe alcanza hasta los 4.000 euros en algunos casos. El 27% de los que ven reducido el IMV abonarán algo menos de 1.000 euros en mediana.
La AIReF preguntó por esta situación al Gobierno cuando estaba elaborando la opinión y desde el departamento de José Luis Escrivá, ministro de Inclusión y Seguridad Social, se confirmó que los hogares a los que se les pagó el IMV sin cumplir los requisitos o que recibieron más de lo que les correspondía tienen que reintegrar la prestación según el artículo 3 del real decreto de 1996 de reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas.
Según esta normativa, la Seguridad Social tiene que dar audiencia al beneficiario perjudicado y, tras un proceso de alegaciones, emitir la resolución de reintegro de la deuda. A partir de aquí, la persona afectada podrá pagar voluntariamente el importe íntegro en 30 días y, en caso contrario, se le irá descontando o del IMV de los siguientes meses o de cualquier otra prestación que cobre de la Seguridad Social.
No obstante, los hogares que tienen que devolver todo lo cobrado entre enero y septiembre de 2022 y que no pueden pagar de golpe en 30 días ni son beneficiarios de otra prestación entrarían en el “procedimiento de recaudación” de la Tesorería General de la Seguridad Social regulado en un real decreto de 2004, pudiendo llegar a la recaudación en vía ejecutiva si se dan una serie de condiciones y el pago se dilatara en el tiempo.
Dos medidas para reducir las devoluciones del IMV
El Gobierno se ha dado cuenta de que el desacople entre la concesión de la prestación y los datos fiscales provoca reducciones del IMV e incluso bajas, por lo que a finales de 2022 aprobó dos medidas encaminadas a mitigar los efectos de la revisión de septiembre de 2023 y las siguientes.
Se trata de hacer compatible una parte de percepciones de rentas del trabajo o de actividad económica por cuenta propia con el IMV, por lo que se reduciría el importe a devolver en caso de haber cobrado más, y de no reclamar devolución a las familias que tienen al menos un hijo si esta cantidad es inferior a 314,99 euros.
Según la AIReF, estos mecanismos “darían respuesta a parte del desajuste”, pero “no logran ofrecer una solución completa ni atienden los casos de hogares que -durante meses- cobran un importe inferior al que les corresponde”. En siguientes informes la institución realizará el mismo ejercicio para comprobar si estas medidas rebajan el pago mediano de 2.500 euros a las personas que dejan de recibir la prestación por la revisión.
Para evitar las devoluciones, la AIReF propone que las administraciones usen los datos disponibles con frecuencia mensual para ajustar los importes de la prestación “en tiempo real” y valoren la posibilidad de simplificar la definición de renta computable para acceder al IMV con el objetivo de “abordar situaciones de pobreza sobrevenida”.
El IMV solo llegaría al 34% de las personas con carencia severa
El documento de la AIReF constata además “escasos” avances en el despliegue del IMV, ya que solo llega al 35% (284.000 hogares) de los potenciales beneficiarios (800.000). Además, aunque esta prestación no contributiva estuviera totalmente implementada solo cubriría al 34% de las personas en carencia material y social severa en España.
El problema reside en que España tiene altos niveles de pobreza. Con datos de Eurostat de 2021, España es uno de los cuatro países de la Unión Europea con una tasa de pobreza por encima del 20% (el 21,7%) y el porcentaje asciende al 28,9% en pobreza infantil. Si se mide la tasa de riesgo de pobreza o exclusión social AROPE el porcentaje es del 27,8% y las personas con carencia material y social severa el 8,30%, lo que sitúa a nuestro país como el segundo solo por detrás de Grecia.
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