Suena a argumento de película pero puede pasar: el Estado puede quedarse con tu dinero. Lo cierto es que no es algo que es algo habitual, pero si que, por ley -en concreto, tal y como establece la Ley y 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas en su artículo 18- puede embargar cuentas bancarias, dejarlas a cero, y que tus ahorros pasen a formar parte de las arcas públicas. Lo importante para que esto no pase es tener localizadas todas tus cuentas y siempre en funcionamiento. El problema viene cuando Hacienda cree que están abandonadas.
Ocurre en muchas ocasiones que una persona se abre una nueva cuenta aparte de las habituales con intención de ahorrar o cualquier otro fin. El Banco de España ha alertado en varias ocasiones de que si se determina que la cuenta está “abandonada” se procederá al cierre y el Estado absorberá todo el dinero que hay en ella, sin importar la cantidad. Sin embargo, el organismo liderado por Pablo Hernández de Cos ha explicado recientemente a través de su página web cómo se puede evitar esta situación.
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En primer lugar, hay que explicar lo que se considera abandono. Según la Dirección General del Patrimonio del Estado, se considera que una cuesta está en este estado después de 20 años sin ser utilizada, es decir, sin que los titulares hayan registrado ningún cambio. No obstante, no solo ocurre con cuentas bancarias, sino también con otros productos financieros como depósitos, libretas de ahorro, etc. En estos casos, el Banco de España indica que será la propia entidad la que avise, y más de una vez si es necesario, a los propietarios.
Qué ocurre si los dueños de la cuenta no dan señales
Y si, pese a ello, los dueños de la cuenta siguen sin dar señales, el banco tendrá que notificarlo al Ministerio de Hacienda y Función Pública. La entidad tendrá que entregar al cliente un certificado de entrega del saldo a la Administración General del Estado, señalando la fecha del movimiento y la delegación exacta de Economía y Hacienda a la que se ha presentado. El último paso lo da la Dirección General del Patrimonio del Estado, que «dictar la declaración de un saldo en presunción de abandono».
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Puede parecer una locura, que a nadie le puede ocurrir algo así. Tienen que pasar 20 años, que el titular ignore los avisos del banco... y aun así, según los datos del Banco de España, en 2021 las arcas del Estado ingresaron casi 29 millones de euros. Es decir, es más frecuente este abandono de lo que parece.
En el caso de que un cliente reciba un aviso por parte del banco y discrepe de que haya un abandono, lo que tiene que hacer es dirigirse al Ministerio de Hacienda y Función Pública para presentar una queja.
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