Las nuevas multas de la DGT en 2023: hasta 500 euros de sanción

Estas son las infracciones y la cuantía si cometes alguna de ellas

(A. Pérez Meca/Europa Press)

En 2022 se aprobó la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Poco después también la Ley de Movilidad. Con ambas ya publicadas en el Boletín Oficial del Estado desde el pasado enero, nos podemos hacer una idea de las principales novedades de estos nuevos textos normativos.

Como es habitual cada vez que sale a la luz una nueva ley de movilidad y seguridad vial, se añaden nuevas sanciones o se actualizan las existentes con el objetivo de parecerse lo máximo posible a la casuistica real de los conductores. Como siempre, se dividen en tres grupos; las sanciones leves, con una multa media de 100 euros por infracción. Las sanciones graves, cuya sanción podría llegar hasta los 200 euros y, por último, las faltas muy graves, las cuales se ponen con una sanción que podría llegar hasta los 500 euros. Más allá de las multas económicas, la ley, en función de la gravedad de los hechos también contempla la posibilidad de eliminar del carné del conductor determinados puntos.

Nuevas multas

Las infracciones leves de tráfico no tienen grandes novedades más allá de la eliminación del permiso de aumentar la velocidad en hasta 20km por hora de la velocidad permitida para adelantar a otro vehículo. A pesar de que la Dirección General de Tráfico se dio un año para analizar el impacto de esta nueva modificación de la ley de circulación, las multas dependerán del exceso de velocidad que se haya producido.

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En caso de circular en una carretera limitada a 90km/h, se considerará que los conductores han realizado una infracción leve si conducen desde los 91km/h hasta los los 120km/h y en las vías límitadas a 120km/h, se considerará del mismo modo si un vehículo circula desde los 121km/h hasta las 150km/h.

Por su parte, serán consideradas infracciones graves, las cuales conllevarán multas de 200 euros, las que se produzcan cuando un conductor circule sin DNI, permiso de conducción o la tarjeta de la ITV. Además, con la nueva normativa, se comenzarán a tratar como infracciones graves aquellas que se produzcan cuando un vehículo acceda a una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) o cuando no se respeten las restrcciones de tráfico por contaminación.

Serán graves también los adelantamientos a bicicletas en las vías de más de un carril si el conductor no pasa a la vía contigua para sobrepasar a los ciclistas. Usar el teléfono movil, aparcar en un carril bici o no llevar el cinturon son actitudes que serán multadas con 200 euros y pérdida de puntos.

Por último, en la sección de las infracciones muy graves también hay novedades. Arrojar objetos que pongan en peligro la seguridad vial de conductores y vehículos, que un menos con edad de conducir supere el 0.0 en un test de alcoholemnia o examinarse del permiso de conducir con dispositivos no autorizados serán castigados con multas de 500 euros.

En función de las infracciones la Dirección General de Tráfico también tiene prevista la retirada de puntos, que, en caso de acabarse, el permiso es retirado hasta que se supere un curso impartido por la DGT.

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