El reparto de herencia entre hermanos con testamento por el fallecimiento de uno de los padres es una de las consultas más frecuentes. En el caso de existir este documento no debería de haber problemas en cuanto al reparto de herencia entre hermanos, puesto que en la distribución estaremos a lo que diga el testamento, y siempre conociendo que al menos el hermano menos favorecido recibirá como mínimo la “legítima”.
Pero, ¿qué se entiende por la legítima para los hijos del progenitor? La legítima representa las dos terceras partes de la herencia, teniendo en cuenta que al menos la mitad de esa parte de la herencia, quiere decir, que, de esas dos terceras partes, se deberá repartir en partes iguales entre cada uno de los hijos. Pero, es más que habitual que en determinado tipo de situaciones, los hermanos tengan dudas acerca de la parte que realmente les concierne.
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En primer término, están los aspectos obligatorios de la legítima estricta -la parte de la herencia que debe repartirse a partes iguales entre todos los herederos-. Esta parte va únicamente a los herederos forzosos, aquellos que reciben el beneficio por obligación de la ley, sin distinción. Cuando en un caso el testador es un progenitor, se amparan dos tercios para los herederos forzosos.
El primer tercio se entrega en partes iguales entre todos los herederos de la misma categoría. Por consiguiente, el segundo tercio, es decir, el tercio de mejora, se puede repartir según como lo estipule el testador, aún entre los mismos hermanos. Si el testador no instruye cómo distribuir dicha parte, se repartirá en partes iguales. Y por último está el tercio de libre disposición que se puede conceder a quien se quiera, según explican desde Testamenta.
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¿Se puede impugnar el testamento?
En caso de que no se respeten dichos procedimientos legales, los herederos pueden impugnar el testamento si lo consideran necesario y conveniente. Para algunos casos particulares sobre esta impugnación, se puede emplear la sucesión intestada, que es una aplicación de la ley para los testamentos que son impugnados, aunque también se aplica sin haber testamentos. Se trata de una estrategia estándar para que se repartan las herencias donde el fallecido no ha dejado un testamento con sus últimas voluntades.
El testador tiene la potestad de desheredar a un hijo en caso de que él mismo lo haya maltratado de palabra o físicamente. También en las ocasiones donde el heredero niegue el acceso a alimentos al progenitor, siendo esto también un maltrato. Son muchas las causas por las que los herederos pueden realizar muchas reclamaciones ante la ley por herencias entre hermanos.
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