Correos alerta de un colapso y pide a los españoles que soliciten cuanto antes el voto anticipado

La entididad postal ha iniciado el operativo para garantizar el normal desarrollo del proceso electorar pero ha advertido a los ciudadanos de que pidan con tiempo el voto por correo ante el riesgo de saturación de solicitudes

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Voto en blanco, nulo o abstención: ¿cómo contabilizan? (EFE).
Voto en blanco, nulo o abstención: ¿cómo contabilizan? (EFE).

Correos ha alertado de un posible colapso en la solicitud del voto por correspondencia ante el adelanto electoral anunciado este lunes por el presidente Pedro Sánchez. La empresa postal estatal ya ha comenzado a preparar el operativo para garantizar el correcto desarrollo del procedimiento del sufragio anticipado de cara a las elecciones generales del próximo 23 de julio. Sin embargo, según han informado trabajadores de la compañía a Infobae España, es posible que el proceso de solicitud de esta modalidad de voto se vea saturada ante el aluvión de peticiones que se prevé, dado que los comicios se llevarán a cabo en el periodo de vaciones de verano.

El plazo para pedir el voto por correo ha quedado habilitado este martes, a 54 días de la cita electoral, y desde Correos han recomendado que aquellas personas que quieren solicitarlo lo hagan cuanto antes para asegurarse que el mismo llegue a tiempo. De todos modos, desde la institución han confirmado que pondrán “todos los recursos necesarios” para asegurar el funcionamiento del proceso, para lo que también prevén fortalecer su servicio con contratos temporales. Ya en las recientes elecciones autonómicas y municipales, la empresa pública formalizó 2.500 contratos de refuerzo en todo el país, pero aún no ha detallado cuántas personas piensa emplear de más en los próximos comicios.

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Y es que celebración de las elecciones generales en la segunda quincena de julio pillará a miles de ciudadanos en la playa, la montaña o en lugares exóticos, lugares todos desde los que es posible votar por correo, siempre que se especifique la dirección en la que se quiere recibir las papeletas y sobres electorales para su posterior entrega en cualquier oficina de Correos. En este sentido, desde la entidad postal recuerdan que las personas que sepan que no estarán presentes en su domicilio habitual cinco días antes de que se celebre el proceso electoral deberán poner en la solicitud la dirección en la que se residirá en ese momento. Por ejemplo, en caso de estar de vacaciones, se tendrá que completar con los datos de su hospedaje.

Votar desde la playa

El voto por correo puede pedir hasta el 13 de julio en cualquier oficina de Correos presentando el DNI, carnet de conducir o pasaporte. El impreso de solicitud también se puede descargar en la web del Ministerio del Interior y presentarse por vía telemática en la página de Correos identificándose con el DNI electrónico o un certificado digital. Una vez solicitado, la Oficina del Censo Electoral remitirá por correo certificado al elector las papeletas de cada partido y demás documentación necesaria “al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el censo” como residencia habitual.

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El votante tiene que firmar personalmente la recepción de los documentos para lo que deberá presentar de nuevo el DNI o pasaporte. Como con todos los correos certificados, si el votante no está en casa cuando pasa el cartero, deberá ir personalmente a la oficina de Correos indicada a recogerlo previa identificación. Una vez elegidas las papeletas de votación, el sobre con los votos, que estará dirigido a la Mesa de votación habitual del elector, se podrá entregar en cualquier oficina de Correos de España.

Votar desde el extranjero

Los españoles que se encuentren temporalmente en el extranjero también podrán votar, pero antes deberán inscribirse como residentes temporales en el consulado español más cercano. Este trámite no supone darse de baja en el padrón de España y es válido para un año, por lo que quienes se inscribieron como residentes temporales para votar en las elecciones autonómicas y municipales no tienen que repetir el trámite. Una vez dado de alta en el censo de residentes temporales, el votante recibirá en la dirección que haya especificado el sobre con la documentación, que deberá remitir por correo a su Mesa electoral habitual sirviéndose del sobre que viene incluido con la documentación.

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