Si hay algo más doloroso que el hecho de que no te otorguen una ayuda, es que te la den pero te la quiten. Esto es lo que ha pasado con el cheque de 200 euros que el Gobierno aprobó para combatir la inflación a personas con bajos nivel de ingresos -que no superaran los 27.000 euros íntegros en rentas a 31 de diciembre de 2022- y los 75.000 euros de patrimonio.
Ahora, tras una enmienda que aprobó el pasado jueves el PSOE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalida, habrá algunos beneficiarios de esta ayuda que se verán obligados a devolverla. ¿Quienes? Pues todos aquellos que tengan que estén obligados a presentar la declaración de la Renta de 2022. Solo estarán exentas las perasonas que no lleguen al mínimo de ingresos anuales, es decir, quienes no superen los 22.000 euros.
Te puede interesar: Los pensionistas que no tienen que hacer la declaración de la Renta
Es decir, a raíz de esta nueva medida de los socialistas, todo aquel que ha recibido el cheque de 200 euros para alimentos y que este 2023 esté obligado a hacer la declaración de la Renta, tendrá que incluirla en el borrador. Sin embargo, hay personas que ya han presentado la declaración y que incluso se las he devuelto ya el dinero correspondiente. En estos casos, tendrán que devolver la ayuda en la declaración del año que viene, la correspondiente a 2023. La Agencia Tributaria ha aclarado que no habrá ningún tipo de penalización por esta demora.
Cómo consultar el estado de la petición de ayuda de 200 euros
Incluso se puede dar la situación de que algún contribuyente todavía no haya recibido la ayuda, ya que la fecha límite para que Hacienda ingrese esta cantidad es el 30 de junio, por lo que todavía queda más de un mes. Quienes quieran conocer el estado de esta subvención, pueden comprobarlo a través del portal habilitado por la Agencia Tributaria en su sede electrónica. Las opciones son ‘Alta’, ‘Baja’, ‘0A’ o ‘Acuerdo de devolución’:
- Alta: se envió correctamente y está a la espera de ser aceptada por la Agencia Tributaria
- ‘OA’: Hacienda la ha recibido y aceptado, pero está pendiente de revisión, por lo que no está en proceso de pago
- Baja: no se ha rellenado correctamente el formulario-.
-Acuerdo de devolucion. Hacienda abonará la cuantía de la ayuda próximamente ya que, tras haberla aceptado y tramitado, ha ordenado su devolución.
Te puede interesar: Cómo consultar el estado de la devolución de la Renta
Una vez en el portal hay que acceder al apartado Consulta de solicitudes presentadas e introducir el DNI y la fecha de validez para obtener la Cl@ve PIN, o el certificado electrónico o DNI digital. Después hay que clicar en la opción ‘Mostrar solicitudes en estado de baja’ para descubrir si está o no tramitada.
Seguir leyendo: