El Consejo de Ministro aprobó un Real Decreto que permite a las personas que así lo deseen jubilarse más tarde de lo que les corresponde, eligiendo o combinando estas opciones: un aumento porcentual de la pensión cada mes o la percepción de un pago único o “cheque” en el momento de jubilarse. Con esta propuesta se pretende incentivar a los trabajadores a retrasar su edad de retiro del mundo laboral.
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Las personas que se decanten por esta nueva fórmula y retrasen el momento de su jubilación entre 2 y 10 años recibirán un incremento en su pensión del 2% por cada año que trabajen de más o un pago único equivalente a la mitad de lo que le correspondería si se decantase por la fórmula actual. Por ejemplo, si se han retrasado 11 años o más, el incentivo será de un pago único aplicado a cinco años del periodo demorado, junto con un incremento del 2% de la pensión por cada año de demora.
El 2022 fue el primer año de aplicación de esta medida. Durante ese periodo el porcentaje de personas que optó por esta posibilidad fue del 5,4%. En el primer trimestre de 2023 esta cifra ha ascendido hasta el 7,8%. Durante los primeros meses de este año, unos 1.148 nuevos pensionistas se han decantado por el pago único cuya cuantía de media ha sido de unos 13.100 euros. Esto corresponde a un 17% de las personas que se han beneficiado de algún tipo de complemento de demora por el retraso en su jubilación, una cifra que se situó en el 12% durante el mismo periodo del año pasado.
Requisitos para acceder a la jubilación demorada
Para poder acceder a la pensión demorada se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber cotizado, como mínimo, 15 años en la Seguridad Social.
- No haber cumplido los 70 años de edad.
- Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.
¿Cómo se calcula el aumento porcentual o el pago único?
Si una persona se quiere jubilar más tarde de lo que le toca, puede elegir, como se ha explicado anteriormente, entre cobrar más pensión cada mes o recibir un dinero extra al jubilarse, o una mezcla de ambas cosas. Para saber la cuantía que le correspondería en cada caso, en primer lugar hay que tener en cuenta la edad, el sueldo y el tiempo que se ha trabajado de más.
Cuando se haya elegido una de las dos opciones habrá que aplicar la fórmula correspondiente a cada supuesto. En el caso del aumento porcentual es 0,04 x número de meses de demora / 12 x base reguladora. Mientras que en el pago único es 0,04 x número de meses de demora / 12 x base reguladora x 14, y en la fórmula mixta, una parte del aumento porcentual y otra parte del pago único, sin superar el 100%. Una vez se hayan calculado las diferentes cuantías se podrá conocer cual es la más beneficiosa en cada caso y elegir la que más convenga.
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