La pensión por discapacidad es una prestación económica para aquellas personas que tienen una limitación o reducción de su capacidad laboral por una enfermedad o un accidente. Existen diferentes tipos de pensión por discapacidad, según el grado de afectación y las condiciones de cotización a la Seguridad Social, como la pensión por incapacidad permanente, la pensión no contributiva por invalidez o la pensión de invalidez del Imserso.
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Una de las dudas más recurrentes cuando se cobra una pensión de discapacidad es si está se puede compatibilizar con el cobro de un sueldo por un empleo. En la mayoría de los casos sí se puede, siempre y cuando se cumplan unas condiciones específicas según el tipo de pensión y el tipo de trabajo.
El objetivo de esta opción de compatibilidad es favorecer la integración laboral y social de las personas con discapacidad, así como mejorar su calidad de vida y su autonomía personal.
Pensión por incapacidad permanente parcial
Uno de esos supuestos se aplica con la pensión por incapacidad permanente parcial, que permite compatibilizar la prestación con cualquier trabajo tanto por cuenta ajena como propia, e incluso con el empleo que se venía realizando antes del reconocimiento de la incapacidad, lo que quiere decir que cualquier trabajo legal en España se puede compaginar con el cobro de esta ayuda.
Esta pensión se concede cuando el trabajador tiene una disminución del rendimiento laboral de al menos un 33%, pero puede seguir realizando las tareas fundamentales de su profesión.
Pensión por incapacidad permanente total
Otro de los casos es la pensión por incapacidad permanente total. Esta se puede compaginar en el caso de que el sueldo provenga de un trabajo diferente al que dio lugar a la incapacidad. Por ejemplo, si el empleo anterior era de albañil, se podrá trabajar pero no en ese mismo puesto.
Esta pensión se concede cuando el trabajador no puede realizar las tareas fundamentales de su trabajo habitual, pero puede dedicarse a otra distinta. Además, el sueldo no puede superar el 75% del salario medio anual del grupo profesional al que pertenece el trabajador.
Pensión por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
La pensión por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez también permite cobrar un sueldo proveniente de un empleo, siempre que sea compatible con el estado de salud del beneficiario y no implique un cambio en su capacidad laboral.
La prestación se conceden cuando el trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo o necesita la asistencia de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria. Por tanto, el sueldo no puede superar el salario mínimo interprofesional y hay que comunicar al INSS el inicio y el fin de la actividad laboral.
Pensión no contributiva por invalidez
En este último supuesto, se podrá cobrar la pensión no contributiva por invalidez y un salario cuando no se supere el limite establecido por la legislación, en 2023 este es de 13.984,54 euros anuales. Esta ayuda esta destinada a aquellas personas entre 18 y 65 años, residentes en España durante los últimos cinco años que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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