Bizum es una de las plataformas que más se usa en el día a día. Dividir una cena entre amigos o enviar la propina a un familiar se ha convertido en acto rutinario. Esta función, que permite realizar pagos o solicitar dinero desde la propia aplicación del banco, cuenta con límites propios a la hora de enviar dinero. Y también la Agencia Tributaria ha puesto sus normas y ha establecido en qué supuestos se deben declarar los ´bizums´ en la Renta, ya que si no puedes recibir una sanción.
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Casos en los que tienes que incluir los ‘bizums’ en la declaración
Hacienda ha establecido los tres supuestos en los que que se tendrán que incluir en la declaración de la Renta los pagos realizados mediante Bizum. El primero de ello es cuando en el cómputo anual se han recibido o enviado más de 10.000 euros al año. En el caso de que se haya llegado a esta cifra será necesario reflejarlo dentro de la declaración, puesto que será el propio banco el que informe a Hacienda de esas operaciones.
Otro de los casos en los que se deberá regularizar con el fisco el uso de la plataforma es cuando se ha utilizado para recibir ingresos con rentabilidad económica. Un ejemplo puede ser el pago por el alquiler de una plaza de garaje.
El tercer escenario es cuando un autónomo utiliza Bizum para cobrar sus servicios o ventas. En este supuesto es importante que el ingreso vaya acompañado del IVA y del IRPF correspondientes.
Solo en estos casos específicos se tiene la obligación de declarar el dinero. La gran mayoría no tiene que preocuparse si sólo ha empleado la plataforma para mandar dinero a un amigo o familiar. Mientras no se supere la cantidad máxima no se tiene que realizar ningún trámite.
Como se declara
Actualmente, no existe un apartado ni casilla específica en la Renta para declarar los ´bizum´, por lo que se tienen que declarar en función del tipo de ingreso. Los pagos por Bizum se declaran de la misma manera que otras actividades por las que se obtenga una rentabilidad económica. Una buena forma de conseguir todos los datos sobre el uso de la plataforma es a través del historial de pagos de la aplicación del banco.
En el caso de un autónomo o empresario que haya cobrado por Bizum por su actividad profesional, tendrá que declararlo como rendimiento de actividades económicas. Si se han recibido donaciones se hará como ganancia patrimonial, y si el dinero procede de alquilar una habitación o vender algo de segunda mano será como rendimiento de capital inmobiliario o mobiliario.
Es importante saber que si no se incluyen los pagos por Bizum en la Renta se podría ser sancionado por la Agencia Tributaria. En ese caso, la multa por no declarar varía dependiendo del importe y del tiempo transcurrido, pero puede alcanzar hasta el 150% del importe no declarado.
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