El próximo 28 de mayo España vivirá una nueva jornada electoral con la celebración de los comicios autonómicos y municipales, en los que se definirá quiénes estarán al frente de los gobiernos regionales y locales durante los próximos cuatro años. Desde este viernes y hasta el próximo 2 de mayo se designará, por sorteo, a las personas que ejercerán de presidentes o vocales de la mesa electoral.Este procedimiento es responsabilidad de cada ayuntamiento bajo supervisión de las juntas electorales de zona correspondientes a cada distrito.
Hoy, por ejemplo, el consistorio madrileño ha designado ya a los 31.302 ciudadanos que deberán prestar este servicio a la sociedad en la próxima cita electoral para cubrir un total de 3.478 mesas. Aquellas personas que hayan sido seleccionadas por el azar comenzarán a recibir en los próximos días las correspondientes notificaciones con acuse de recibo. Algunos municipios también han habilitado la posibilidad de consultar si se ha sido elegido a través de la página web del ayuntamiento.
¿Quiénes están exentos?
Aquellas personas que hayan salido sorteadas y no puedan cumplir con esta responsabilidad disponen del plazo de siete días, desde que han recibido la notificación, para presentar sus alegaciones. La Junta Electoral Central reconoce distintas causas personales y profesionales que permiten librarse de tener que estar al frente de una mesa el próximo 28-M.
Están exhimidos los mayores de 65 años, las personas con alguna discapacidad, enfermos o de baja laboral, las embarazadas de más de seis meses o cuyo embarazo sea de riesgo y aquellas personas que tengan una intervención quirúrgica cercana a la fecha electoral. A su vez, pueden excusarse las madres con bebés menores a los 9 meses, los padres de un hijo menor de 14 años cuyo otro progenitor no pueda ocuparse del niño o quienes tiene, un evento familiar impostergable, como lo puede ser una boda.
También quedan liberados los trabajadores de las juntas electorales y de los juzgados, personal sanitario, bomberos y los directores y jefes de medios de comunicación que deban cubrir el evento electoral. Otra justificación que se pueden presentar es haber formado parte de una mesa con anterioridad al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.
¿Y si no me presento?
Desde la Junta Electoral Central recuerdan que aquellas personas que no se presenten al acto de constitución de las mesas incurrirán en un delito electoral y podrían ser condenadas a penas de prisión de entre tres meses a un año.
También hace hincapié en que tanto el presidente como los dos vocales de cada mesa tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación si esta afecta su jornada laboral, a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente y a una dieta de 70 euros.