La temporada de la Declaración de la Renta 2022 termina el 30 de junio, plazo establecido por la Agencia Tributaria para realizar el procedimiento. A raíz de este proceso, a veces muy tedioso, pueden aparecer muchas dudas y preguntas, como puede ser qué se puede desgravar. En el caso de los seguros existen varios que se pueden deducir.
Seguro de salud
El seguro de salud es uno de los seguros que ha ganado un importante auge en los últimos años. Según datos de la patronal del seguro Unespa, en 2022 el 25,32% de los españoles contaba con este seguro, lo que supone un incremento del 4,34% respecto al año anterior.
Si eres autónomo y tienes contratado un seguro de salud usted y su familia, es posible deducir el importe que se haya pagado por el seguro en la Renta. Los trabajadores por cuenta propia cuentan con dos formas de realizar el proceso en la declaración en el IRPF, mediante la realización en un solo pago o en varios fraccionados, a través del modelo 130.
En el caso de las personas que no sean trabajadores por cuenta ajena, solo se podrá desgravar el seguro médico si este se encuentra vinculado a una hipoteca o sirve para bonificarla.
Seguro del coche
Los autónomos podrán desgravarse el seguro de su vehículo si este tiene un uso relacionado con la actividad profesional que realizan. Se deberá demostrar que el uso del coche es estrictamente profesional y que en ningún caso se emplea para asuntos de índole privada.
Sin embargo, en el caso de los particulares no se podrá realizar esta operación ya que esta opción sólo esta disponible para los trabajadores por cuenta ajena.
Seguro de vida
El seguro de vida es un contrato entre una persona y una compañía de seguros por el que esta última se compromete a pagar una cantidad de dinero a los beneficiarios que designará el contratante en caso de fallecimiento, aunque también puede incluir otro tipo de servicios como de funeral, por invalidez o dependencia.
Si un autónomo cuenta con un seguro de este estilo sí puede desgravárselo. En el supuesto de que se encuentre en el régimen fiscal de estimación directa, se podrá desgravar las primas del seguro de vida indicándolo en la casilla 0200 de la declaración de la renta rellenando dicha casilla en el apartado de Rendimiento de actividades económicas en estimación directa.
No obstante, los particulares sólo podrán beneficiarse sí el seguro en cuestión si el seguro de vida está vinculado a una hipoteca. El proceso es igual al de los autónomos: las primas de este seguro se reflejarán en la casilla 0200 de la declaración, sumándose a los pagos realizados por el préstamo de la hipoteca.
Seguro del hogar
El seguro del hogar sólo es posible declararlo si se cumplen ciertos criterios. Uno de ellos es la deducción por vinculación a la hipoteca. El seguro de hogar se podrá desgravar si la vivienda habitual se ha adquirido antes del 2013 siempre y cuando se encuentre ligada a una hipoteca en vigor. En el caso de que se haya finalizado el pago de tu hipoteca no se puede desgravar nada.
Otra de las formas es la deducción por arrendamiento. Si se obtienen rendimientos económicos del capital inmobiliario por tenerla alquilada, el seguro de hogar será un gasto desgravable si se calcula dentro del rendimiento neto del inmueble. La última de las opciones disponibles es la deducción para autónomos que trabajen en casa. La Agencia Tributaria permite desgravarse el seguro de hogar para los autónomos que desempeñen su oficio desde casa, pudiendo solo deducirse un porcentaje, el de la parte de la vivienda que se utilice para su actividad laboral. En el resto de los supuestos no se podrá desgravar este tipo de seguro.