¿Por qué el Gobierno no va a poder revertir las 721 reducciones de condena a agresores sexuales por la ley del ‘solo sí es sí’?

La polémica norma ha dado lugar además a al menos 74 excarcelaciones

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Sede del Consejo General del
Sede del Consejo General del Poder Judicial en Madrid.

El 7 de octubre de 2022 entró en vigor la Ley de garantía integral de libertad sexual, más conocida como ley del ‘solo sí es sí’. A partir de ese momento se ha producido una oleada de reducciones en las condenas de los agresores sexuales y un elevado número de excarcelaciones. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicó a principios de marzo un informe con datos recabados del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales en el que sitúa la cifra de reducciones de condena en 721 y las excarcelaciones de agresores sexuales en al menos 74.

Sin embargo, estos números podrían ser mucho más elevados, ya que el máximo órgano de los jueces especifica en su documento que no todos los órganos judiciales han aportado información. Por otra parte, también han asegurado que estos datos se irán actualizando de forma periódica y se publicarán a través de la Oficina de Comunicación del CGPJ.

¿Qué ha hecho el Gobierno al respecto?

El Gobierno se muestra dividido sobre que las medidas a tomar respecto a la ley del ‘solo sí es sí’. Tras meses de reuniones y debates sobre cómo abordar la reforma de la normativa, finalmente ha optado por presentar reformas por separado al no llegar a un punto de entendimiento.

¿Qué medidas va a tomar cada partido?

PSOE y Unidas Podemos quieren elevar las condenas de los agresores sexuales en determinados casos, pero cada formación ha presentado una formula distinta para llevarlo a cabo. La reforma presentada por el PSOE pretende mantener la unificación de los delitos de abuso y agresión sexual, aunque sí diferenciará si se lleva a cabo con violencia o no, lo que implicaría añadir subcategorías a estos delitos y por tanto más rangos de penas.

Por su parte, Unidas Podemos ha presentado varias enmiendas con las que pretende incluir la violencia e intimidación a la categoría de agravantes en vez de introducirlas como subcategorías de delitos como quiere hacer su socio de Gobierno. Una propuesta que ha sido apoyada por ERC y Bildu.

¿En qué punto se encuentra cada medida?

El PSOE ha conseguido que su reforma llegue al Congreso para su tramitación gracias al apoyo de PP y Ciudadanos y la abstención de Vox, mientras que las enmiendas presentadas por Unidas Podemos han sido todas rechazadas.

¿Por qué la reforma no va a revertir las reducciones de condena de los agresores sexuales?

Esto se debe a que las reducciones de condena se llevan a cabo en aquellos casos en los que el reo o condenado resulta beneficiado. Sin embargo, la reforma que ha elaborado el PSOE pretende aumentar las penas mínimas en determinados casos. Por lo tanto, los agresores sexuales no resultarían beneficiados con una nueva revisión de su condena.

¿Por qué comenzaron a revisarse las condenas?

El principal motivo por el que se está llevando a cabo la revisión de un elevado número de condenas a agresores sexuales es porque la ley unifica los delitos de abuso y agresión sexual contemplados en el Código Penal. De esta forma, con la entrada en vigor de la normativa, se considerarán agresión sexual “todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona”.

Esto ha provocado que la horquilla de penas también se haya modificado, pasando de uno a cinco años con la anterior ley a entre uno y cuatro años con el ‘solo sí es sí’. Además, en los que casos en los que exista penetración, las condenas también han variado, pasando de seis a doce años con la anterior normativa a entre cuatro y doce con la actual.

¿Cuándo se puede solicitar la revisión de condena?

Se podrá solicitar una revisión de condena de un agresor sexual cuando las leyes penales favorezcan al reo, ya que tienen efecto retroactivo en estos casos. Es decir, solo se llevará a cabo la revisión cuando favorezca al condenado.

De esta forma, una persona que haya sido condenada por agresión sexual con penetración a seis años de cárcel (pena mínima con la anterior ley), podría solicitar la revisión de su condena y que ésta pasara a ser de cuatro años, dado que con el ‘solo sí es sí’ esa es la pena mínima para este tipo de delitos.

¿Se pueden revisar todos los casos?

No, se revisarán aquellos casos en los que el delito por el que un agresor sexual ha sido condenado haya cambiado tras la entrada en vigor de la norma.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que sea efectiva la modificación?

La modificación de las penas de los agresores sexuales se llevan a cabo de forma de automática para evitar que los condenados permanezcan en prisión más tiempo del que deberían estar. Así, tras aprobar la reducción de la pena, la decisión también se pondrá automáticamente en conocimiento del centro penitenciario para que tome las medidas necesarias.

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