Destaca el informe trimestral de la SRT que, por el contrario, en una de las provincias que no adhirieron a la Ley 27.348, como La Rioja, las acciones judiciales por accidentes del trabajo se multiplicaron por cinco en un año; aunque también aumentaron más que el promedio general en Córdoba 72,4%; San Juan 59,6% y Santa Luis 54 por ciento.
Al tomar la cantidad de juicios según el trimestre de notificación a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), el informe detectó que el primer periodo de 2019 presenta un 36,7% menos de juicios que en igual período del año anterior, considerando el agregado de los trabajadores de unidades productivas y aquellos que desarrollan sus actividades en casas particulares.
En el período se iniciaron 12.123 juicios por accidentes laborales, unos 7.000 menos que un año antes, y elevaron el stocks en proceso a 324.350 casos.
En cantidades absolutas la judicialidad se mantuvo liderada por el sector de los servicios técnicos y profesionales, con 555 casos, disminuyó 41,8%; seguido por el segmento de los servicios de saneamiento y similares 447, bajó 35,6%; y en servicios médicos y odontológicos, y otros servicios de sanidad y veterinaria 270, también se contrajo, 45 por ciento.
En el período se iniciaron 12.123 juicios por accidentes laborales, unos 7.000 menos que un año antes, y elevaron el stocks en proceso a 324.350 casos
La Superintendencia de Riesgo del Trabajo detectó solo 2 rubros en donde aumentó la litigiosidad por accidentes laborales: seguros de 18 a 44; y servicios culturales de bibliotecas y museos, de 9 a 16 casos.
Inquieta la lenta adhesión
A 23 años de la creación del Sistema de Riesgos del Trabajo, con una enorme cantidad de logros evidentes en el haber para la seguridad y salud laboral, la cámara que reúne a las compañías del sector, mantiene su preocupación por un aspecto central aún pendiente previsto en la reforma de la Ley de 2017, que vuelve incierto el futuro de esta compleja estructura de servicios. Se trata de la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) o Cuerpos Médicos Periciales, en el ámbito judicial de cada una de las provincias que adhirieron a la Ley y en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la Ciudad de Buenos Aires.
Resalta la entidad: "la dilatada demora en su constitución por un lado puede revertir la baja de la litigiosidad, y además constituye un agravamiento significativo del stock de 300.000 juicios, todo lo cual siembra una gran incertidumbre respecto del futuro del sistema".
Hoy, en ausencia de los CMF, los peritos siguen cobrando honorarios en función del daño o del valor que determinan en su pericia y en lugar de hacerlo en función del trabajo realizado, tal como está previsto en la Reforma de la Ley. Continúan valorando el daño según su propio criterio o haciendo una interpretación propia del Baremo (Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista en la Ley 27.348). Integran un simple listado en los juzgados, al cual se accede libremente, sin consideración de antecedentes y sin especialización en el tema.
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