Es tan provisorio que el Gobierno argentino lo denominó acuerdo "en principio". Pero a pesar de eso, los documentos que publicó ayer la Cancillería argentina como el detalle fino del acuerdo entre el Mercosur y la Unión Europea –celebrado por el presidente Mauricio Macri como un "hito histórico" que marca una "hoja de ruta para profundizar cambios"– es una guía de lo negociado hasta ahora.
Como aseguró durante la semana pasada Horacio Reyser, secretario de Relaciones Económicas Internacionales de Cancillería, la parte técnica del acuerdo ya está redactada en su totalidad, con todos los capítulos y elementos –es lo que se publica ahora–, pero resta el proceso de "depuración legal" final. Esos textos, dijo el funcionario, se publicarán "lo antes posible", pero no se sabe aún si se hará antes del receso de verano en Europa, donde aún se discute la renovación de las autoridades de la UE.
Ayer Infobae publicó el resumen técnico sobre la parte comercial del acuerdo: 17 capítulos en los que se destaca el detalle sobre Comercio de bienes y acceso a los mercados, reglas de origen, medidas sanitarias y otros.
"Es un detalle técnico y muy jurídico, requerirá de más tiempo para el análisis, sobre todo en algunos sectores", le explicó a Infobae Marcelo Elizondo, presidente del Capítulo Argentino de la Internacional Society for Performance Improvement (ISPI) y director general de la Consultora DNI. "Hay algunas cosas interesantes, como que se libera el comercio de servicios, pero se mantienen muchas atribuciones de los países para generar subsidios y preferencias políticas; se prevén los mecanismos de solución de controversias y sobre propiedad intelectual no hay nada publicado, está el título vacío", aseguró Elizondo.
Se irán eliminando los aranceles a las importaciones de vino desde Europa (hoy pagan arancel de 27%), chocolate (20%), whisky y otras bebidas espirituosas (20 y 35%), así como a las galletitas (16 a 18%), los duraznos en lata (hasta hoy 35%), y las gaseosas (del 29 al 35% hasta hoy)
El capítulo concreto de Comercio es el que primero llama la atención porque allí se habla de retenciones, reducción de aranceles, incumplimientos y otros (se detallan más abajo) y también de productos en especial, algo que preocupaba –y preocupa– a algunos sectores.
"Conviene recordar que otro documento previo del Gobierno argentino había resumido las disposiciones arancelarias. Específicamente, y para constatar la relevancia del pacto, puede decirse que en los contenidos del acuerdo y por lo que ha sabido hasta ahora (mucho de lo firmado no se ha hecho público), se prevé que se eliminan 91% de los aranceles que Mercosur impone hasta hoy a productos europeos (equivalen hoy a 40.000 millones de euros de exportaciones europeas al año, según ha dicho la UE). La UE, mientras, elimina 92% de sus aranceles a productos provenientes del Mercosur", detalló Elizondo.
Puede decirse que en los contenidos del acuerdo y por lo que ha sabido hasta ahora (mucho de lo firmado no se ha hecho público), se prevé que se eliminan 91% de los aranceles que Mercosur impone hasta hoy a productos europeos (Elizondo)
Se sabe que los aranceles de la UE a productos del Mercosur se reducirán casi inmediatamente, y que en el caso de productos industriales del Mercosur se reducirán a 0% los aranceles de ingreso en la Unión Europea para el 80% de los mismos. "Aunque algunos otros productos dependerán de cuotas dentro de las cuales se bajará el arancel, y fuera de ellas se mantendrá el arancel actual, como en el caso de la carne, que reducirá aranceles en cuotas de 99.000 toneladas anuales (bajará hasta 7,5%); aunque fuera de este cupo por separado se reducirá a 0% el arancel a pagar para el ingreso de la carne de Cuota Hilton (hoy pagan 20% y Argentina exporta hoy 29.500 toneladas en esa cuota)", explicó el especialista.
Según los documentos, habrá gradualidad en la reducción de aranceles en el Mercosur para productos europeos. Así, las importaciones de bienes industriales tendrán un plazo de hasta 15% años para la reducción (según qué producto), como el caso que prevé plazos de 10 a 15 años (gradualidad, con 7 años iniciales de gracia) para reducir los aranceles en el Mercosur a los automotores provenientes de Europa (aranceles que son del 35% de valor del producto hoy); así como se reducirán progresivamente (no automáticamente) los aranceles a piezas de autos (que hoy oscilan entre el 14% a 18%), a los equipos industriales (que van desde el 14% al 20% en la actualidad), a los químicos (hoy, hasta 18%), a los vestidos y el calzado (hasta 35%) y a los productos farmacéuticos (hasta 15%).
A la vez se eliminarán progresivamente los aranceles a las importaciones de vino desde Europa (hoy pagan arancel de 27%), chocolate (20%), whisky y otras bebidas espirituosas (20 y 35%), así como a las galletitas (16 a 18%), los duraznos en lata (hasta hoy 35%), y las gaseosas (del 29 al 35% hasta hoy). También se reducirán en plazos los aranceles a los lácteos (especialmente los quesos, que hoy pagan 28%) pero para cuotas de cantidades determinadas, fuera de las cuales seguirán pagando arancel de ingreso. Y se protegerán cientos las denominaciones de origen, como champagne y cachaza.
Más detalles iniciales del análisis de los documentos que surgen de la lectura de Elizondo.
1 – Comercio de bienes
– En el Artículo 3 se prevé que las partes reducirán sus aranceles en el periodo pautado, salvo en las expresiones previstas. Esta reducción o eliminación incluye no solo aranceles sino toda otro tipo de cargo vinculado a importaciones (no incluye los cargos internos).
– Se expresa que se podrán aplicar por parte de los signatarios para casos de incumplimientos los instrumentos que prevé la OMC, como antidumping o salvaguardas.
– En el caso de las medidas no arancelarias, éstas deberán tener un monto proporcionado al costo del servicio prestado.
– Se dice que la aplicación de licencias de importación o de exportación, permitidas, ocurrirá solo cuando no haya otro instrumento posible para una administrador de comercio; y estas medidas deberán ser justas, neutrales, equitativas y no discriminatorias. Las licencias no automáticas solo serán aplicadas para lograr objetivos propios del mismo acuerdo y deberán ser especificadas y explicadas. Cualquier medida de este tipo deberá ser suficientemente publicada. Lo referido a licencias de importación es aplicable a licencias de exportación también.
– En el Artículo 6 se sostiene que las partes se comprometen a no mantener, implementar o reimplementar subsidios a la exportación en productos exportados agrícolas o en insumos agrícolas para una exportación.
Las partes no podrán incluir nuevos derechos de exportación desde el tercer año de vigencia del acuerdo, pero en un anexo se prevé que pueden aplicarse estos derechos en circunstancias excepcionales como serios desbalances fiscales o súbitas devaluaciones y por períodos limitados de tiempo)
– Tampoco se mantendrán o introducirán créditos a la exportación, o garantías, seguros o ayudas equivalentes a subsidios en productos agropecuarios o insumos agropecuarios para otras exportaciones, a menos que se enmarquen en las reglas de la OMC.
– Las partes no podrán incluir nuevos derechos de exportación desde el tercer año de vigencia del acuerdo, pero en un anexo se prevé que pueden aplicarse estos derechos en circunstancias excepcionales como serios desbalances fiscales o súbitas devaluaciones y por períodos limitados de tiempo).
– Se prevé que las partes no crearan monopolios de exportación o importación.
– En el Artículo 10 se dice que las partes no aplicarán restricciones o prohibiciones para importaciones o exportaciones o ventas para exportación a excepción de las permitidas en la OMC. Tampoco se impondrán requerimientos de precios excepto en lo permitido para antidumping. En el Artículo 11 se señala que se cederá información sobre comercio anualmente a los efectos de la implementación de las preferencias pautadas.
– Otras medidas que se han conocido se refieren a las denominaciones de origen. Mercosur accede a respetar 357 denominaciones de origen europeas. Por ejemplo el queso manchego, el vino rioja, el champagne o el jamón de Parma, y Europa deberá hacer lo mismo con muchas del Mercosur, como cachaza brasileña o vinos de Mendoza.
– El Mercosur abrirá sus mercados de obras públicas a empresas europeas (que pueden concurrir a una licitación para obras públicas, que competirán en igualdad de condiciones con las locales). Y también se admitirá por parte del Mercosur la vigencia de las normas de seguridad alimentarias europeas que deberán ser respetadas en las ventas a aquel mercado. Y, por su lado, el acuerdo expresa que las partes respetarán los derechos laborales según los estándares de la OIT, así como la libertad de asociación sindical de los trabajadores y la eliminación del trabajo forzado y el infantil.
– En una relevante parte del compromiso reciproco se prevé que los derechos de propiedad intelectual son reconocidos y respetados y en ellos los secretos comerciales, así como las normas sobre copyright. Las partes se comprometen a eliminar barreras al comercio electrónico entre ellas.
Se acuerda un mecanismos de resolución de controversias (justo, eficiente y efectivo) que incluirá paneles y audiencias públicas y publicación de las decisiones.
"Se reducen obstáculos nominales en frontera (aranceles) y otro tipo de límites a importaciones. Pueden quedar en riesgo medidas como las que Argentina aplicó recientemente de incremento de la tasa de estadística a importaciones, que al incrementarse de 0,5 a 2,5% quedó desproporcionada en la alícuota en relación al costo y tuvo razones recaudatorias porque esa desproporción alícuota/costo está condenada en el pacto. Y las partes se comprometen a no incluir otros derechos (esto restringe a futuro –tres años después de la entrada en vigencia– las retenciones, algo que tácticamente solo usa Argentina: en verdad se permite acudir a estos instrumentos sólo en circunstancias excepcionales y por poco tiempo)", analizó Elizondo sobre esta categoría.
2 – Servicios
– Se reafirma el compromiso de liberalizar el comercio de los servicios en el marco de las regulaciones de la OMC (no se prohíben servicios en manos de empresas del estado ni subsidios en esa materia)
– Se garantiza el derecho de las partes de disponer de regulación para obtener objetivos públicos. Se mantienen las autonomías de los países para regular en la materia.
– Pero se prevé que cada parte concederá (en la mayoría de los servicios, que están listados) a empresas de las otras partes signatarias, un trato igual. Se prohíbe el cambio de condiciones en base a los cuales las empresas de otras partes estén prestando servicios si se lo hace en favor de empresas locales.
Sin embargo, se mantienen las atribuciones nacionales en materia de exigencias de idoneidad.
El analista explicó que "en cuanto a la liberalización de servicios se prevé que las partes podrán comerciar libremente en esta materia, pero a decir verdad-se reservan muchas prerrogativas en materia de presencia estatal en cada país para ser primus inter pares en esta materia en cada país (se advierte la coincidencia en que el estado de cada país interviniente es preeminente en servicios públicos)".
3 – Defensa comercial
– Se prevén las condiciones de aplicación de salvaguardas y los procedimientos al efecto para los casos en los que sea preciso acudir a ellas.
4 – Normas sanitarias y fitosanitarias
– Los productos deberán cumplir con las normas impuestas por el mercado importador. Pero éstas no deberán ser aplicadas de manera arbitraria o injustificadamente discriminatoria y deberán ser aplicadas proporcionadamente.
– Se prevén los procedimientos para la aprobación de productos de una parte signataria en la otra parte signataria.
"En materia de normas sanitarias y fitosanitarias los europeos (más exigentes) han conseguido que para ingresar en su mercado deben respetarse las normas europeas: no hay flexibilización alguna en la materia. Del mismo modo que para quienes se vean perjudicados, como lo prevé la OMC, se puede acudir a salvaguardas o antidumpings en cada caso entre los signatarios", expresó Elizondo.
5 – Obstáculos técnicos al comercio
– Las partes signatarias reconocen la importancia de la cooperación entre ellas para incrementar el entendimiento mutuo y para la ayuda para eliminar o evitar la creación de barreras técnicas al comercio. Se comprometen a avanzar en la facilitación del comercio.
6 – Resolución de controversias
– Se habilita a las partes a iniciarse disputas ante eventuales agravios. Puede la UE iniciar acciones contra el Mercosur o contra alguno/s de sus miembros, y puede el Mercosur iniciar acciones contra la UE y también algún miembro individual del Mercosur hacerlo contra la UE.
– Se prevén mecanismos de solución de controversias. Las partes, en caso de diferencias, podrán acudir a una instancia de consultas y mediación inicial para evitar las disputas. Cada parte puede requerir a otra contraparte la designación de una mediación ante controversias.
– En caso de imposibilidad de solución se requerirá la formación de un panel arbitral. Se aplican supletoriamente las normas de la OMC al efecto.
7 – Subsidios
– Las partes acuerdan que tienen derecho a aplicar subsidios cuando hay objetivos de políticas públicas a ser conseguidos (reconocen sin embargo que algunos subsidios son distorsivos y contrarios al objetivo del acuerdo).
8 – Competencia
– Se reconoce la importancia de la competencia libre y sin distorsiones.
– Se mencionan casos que se consideran incompatibles con el acuerdo (abuso de posición dominante, acuerdos entre empresa para distorsionar la competencia, concentración).
– Las partes se comprometen a tener en vigencia leyes en favor de la competencia. Sin embargo se expresa que se permiten empresas públicas estatales monopólicas en cada parte signataria, o hasta específicos especiales monopolios acorde las leyes nacionales. Pero el tratado prevé que las parte pueden llamar a disputas por disposiciones de esta materia.
"Las disposiciones conocidas hasta ahora exigirán esfuerzos de todos para adaptarse a competencia creciente", resumió Elizondo. "Por caso, las que hablan del reconocimiento de las partes en relación a la búsqueda de la competencia libre son muy importantes, aunque la defensa de algunos monopolios que se justifican en algunas áreas modere el principio general referido. Se trata de un pacto de relevancia para el Mercosur; un salto de calidad. Aunque no está desprovisto de luces amarillas", cerró el analista en diálogo con Infobae.
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