La fusión entre Cablevisión SA y Telecom Argentina obtuvo este viernes la aprobación final de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), que estableció que la nueva empresa se encuadra en la Ley de Telecomunicaciones.
En diciembre pasado, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) había avalado la fusión de la compañía del Grupo Clarín y del fondo Fintech con el objetivo de constituir una nueva empresa que brinde el servicio conocido como cuádruple play, es decir una combinación de telecomunicaciones fijas y móviles, distribución de video e internet.
Los directorios de Cablevisión SA y Telecom Argentina anunciaron hace un año que fusionarían sus estructuras societarias y operacionales con el objetivo de constituir una nueva empresa que brindará el cuádruple play y pisará fuerte de cara a la apertura del sector.
La autorización implica obligaciones y hace recomendaciones sobre desinversión, ofertas comerciales, disponibilidad de la red y espectro
Además, al alcanzar de manera efectiva una participación de control en Telecom Argentina, Cablevisión Holding promovió y formuló la semana pasada una oferta pública de adquisición (OPA) por la totalidad de las acciones ordinarias clase B emitidas por Telecom que se encuentran listadas en Bolsas y Mercados Argentinos SA (ByMA).
La operación responde a las normas de la Ley de Mercado de Capitales y de la Comisión Nacional de Valores (CNV) que frente a un cambio de control obligan a realizar este proceso.
DIEZ MESES DE INTENSAS TRATATIVAS
Luego de cumplir un proceso de investigación y análisis durante casi 10 meses, la CNDC emitió su dictamen sobre la operación de fusión de las empresas, cuya unión conforma la empresa más grande de la Argentina.
Según consigna el comunicado oficial, Defensa de la Competencia estableció "remedios y obligaciones para garantizar condiciones de competencia en los distintos servicios involucrados en todo el país y realizando recomendaciones a la autoridad regulatoria, el ENACOM".
El dictamen, de cerca de 200 páginas, analiza los mercados y establece limitaciones a la operación de fusión que garanticen el cuidado de los derechos del consumidor y que, en línea con las tendencias internacionales, "promuevan las inversiones y el desarrollo tecnológico del sector". En definitiva, impone obligaciones y realiza recomendaciones en cuatro planos: desinversión, ofertas comerciales, disponibilidad de la red y espectro.
Apuntamos a que la estructura del mercado genere incentivos a la inversión (Esteban Greco, titular de la CNDC)
El análisis de la CNDC incluye recomendaciones pro-competitivas sobre aspectos regulatorios, que resultan complementarias de las regulaciones vigentes y las obligaciones establecidas por el ENACOM.
Recientemente se han producido cambios regulatorios que permiten que operadores de telecomunicaciones provean TV paga, mientras que el Ministerio de Modernización emitió un reglamento para la interconexión de redes y, además, el ENACOM estableció limitaciones a la empresa fusionada, incluyendo la devolución de espectro y límites a los precios en algunas regiones del país.
El presidente de la CNDC, Esteban Greco, dijo que se realizó "un estudio profundo del mercado con la participación de una cantidad importante de actores interesados, incluyendo empresas del sector, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en el tema. Estamos convencidos de que este dictamen asegura condiciones en el mercado de las comunicaciones para que diferentes operadores de cuádruple-play y diversos oferentes de algunos de estos servicios a nivel nacional, regional y local puedan competir de modo eficaz para ofrecer a las empresas y las personas las mejores opciones posibles".
"Apuntamos a que la estructura del mercado genere incentivos a la inversión de actores actuales o potenciales de manera de garantizar el desarrollo tecnológico imprescindible para el país", agregó Greco.
TUTELA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL
La Secretaría de Comercio y la CNDC son las autoridades de aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia y tienen la tarea de analizar los efectos de las operaciones de concentración económica sobre la competencia y prevenir que las mismas perjudiquen a los consumidores. Otras funciones relevantes de las autoridades de defensa de la competencia son las de investigar y sancionar conductas anticompetitivas y promover la competencia mediante recomendaciones para que los mercados funcionen correctamente.
Cabe destacar que en mayo se reglamentó la nueva ley de Defensa de la Competencia, que crea una autoridad con independencia política y que introduce el programa de clemencia y penas mayores para prácticas anti-competitivas, como un resguardo importante a la competencia futura en este y todos los mercados.
SÍNTESIS DE LOS PRINCIPALES PUNTOS DE LA FUSIÓN
RED FIJA:
La fusión habría generado problemas de competencia en localidades donde Cablevisión y Telecom eran las únicas empresas con despliegue de red fija. Por esa razón, la empresa fusionada se debe desprender de 143.464 clientes de ese servicio en 28 localidades de cinco provincias: Córdoba (incluyendo la capital), Buenos Aires, Entre Ríos, Misiones (incluyendo Posadas) y Santa Fe. Esta cifra representa el 9% del total de clientes residenciales de Arnet y una facturación anual de aproximadamente 500 millones de pesos. El proceso de certificación de la cartera de clientes transferidos fue realizado por la consultora Deloitte.
Esa cartera de clientes es vendida a una empresa que ingresará como nuevo operador en esos mercados. Telecom tendrá la obligación de arrendarle su infraestructura para que pueda desplegar su propia red de fibra, brindarle el servicio mayorista y permitirle el uso de la marca ARNET. Todo ello durante un período de tiempo suficiente como para que el nuevo operador pueda realizar inversiones que le permitan consolidar su posición en esos mercados.
Asimismo, el dictamen obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de internet residencial mediante una oferta de referencia, para que otros operadores puedan prestar el servicio usando la red de Telecom. De este modo se elimina la barrera de entrada que representaba la obligación de realizar un tendido de red propia para poder comercializar el servicio.
RED MÓVIL:
De acuerdo con lo establecido por ENACOM, la empresa fusionada debe devolver hasta 80 Mhz de espectro para permitir una competencia equilibrada entre los actores.
La CNDC recomienda al ENACOM y al Ministerio de Modernización que la fusionada no utilice el espectro excedente, que se agilice la devolución del mismo y que tenga en cuenta cuestiones de competencia en futuras asignaciones de espectro.
OFERTA CUÁDRUPLE PLAY:
Para evitar las ventajas de ser el primer operador en ofrecer el servicio, la CNDC obliga a la empresa fusionada a evitar empaquetar sus servicios por un plazo que puede ser de seis o doce meses, según la región. De esta manera, los competidores cuentan con más tiempo para invertir o asociarse para proveer servicios múltiples junto con otro proveedor.
Adicionalmente, la CNDC realiza recomendaciones al ENACOM y al Ministerio de Modernización para que los operadores de internet y TV regionales puedan proveer servicios móviles en modalidad virtual.