El Gobierno oficializó la prórroga del dólar soja hasta después de las elecciones: qué dice el decreto

La norma se publicó hoy en el Boletín Oficial. No incluye el concepto de “libre disponibilidad” de divisas para los exportadores y deja abierta la puerta al ingreso de otras mercaderías al programa

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El dólar soja 4 impulsó
El dólar soja 4 impulsó la comercialización de 4,5 millones de toneladas, el ingreso de poco más de USD 2.000 millones y Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) anotadas por un total de 934.245 toneladas hasta el 28 de septiembre (REUTERS/Dane Rhys/Archivo)

El Gobierno oficializó hoy la prórroga de la última edición del Programa de Incremento Exportador (PIE) para el complejo sojero, más conocido como “dólar soja” hasta el 25 de octubre, con el objetivo de fortalecer las reservas del Banco Central en un contexto de alta presión cambiaria por la suba de las cotizaciones libres y paralelas de la divisa norteamericana.

De esta manera, a través del decreto 492/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo decidió extender la medida, que puso en marcha el pasado 5 de septiembre y que debía vencer el pasado sábado, hasta tres días después de llevadas a cabo las elecciones presidenciales del 22 de octubre. Hasta el momento, en el marco del PIE V o dólar soja 4 se negociaron 4,5 millones de toneladas y se liquidaron divisas por más de USD 2.045 millones.

Si bien la actual es una prórroga de la medida, existen cambios respecto al esquema anterior de liquidación. Durante la primera etapa de este PIE estableció un esquema cambiario combinado, en el cual los exportadores deben liquidar 75% de las divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) a $350 por dólar, mientras que el restante 25% es de libre disponibilidad, obteniendo así una mejor tipo de cambio que derivó en una mejora de los precios ofrecidos a los productores por su mercadería.

Hasta el momento, en el marco del PIE V o dólar soja 4 se negociaron 4,5 millones de toneladas y se liquidaron divisas por más de USD 2.045 millones

No obstante, este decreto no menciona el concepto de “libre disponibilidad de divisas”, sino que establece en el artículo 3 del decreto que “el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías incluidas en el decreto mencionado en el artículo anterior deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), debiendo el exportador, por el 25 % restante, concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local”. Dicho de otra manera, dispone de manera explícita que ese 25% sea negociado en el dólar Contado con Liquidación (CCL).

Asimismo, también el Gobierno incluyó cambios en lo que respecta al pago de los derechos de exportación (DEX). " La fecha de liquidación de las divisas y el pago de la suma en concepto de adelanto de los derechos de exportación deberán efectuarse en un plazo que no podrá superar el 20 de octubre de 2023, inclusive. A estos efectos, deberá considerarse como base imponible al monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas de conformidad con lo indicado en el artículo 3º de este decreto”, indica la nueva normativa.

Sergio Massa y Juan José
Sergio Massa y Juan José Bahillo

Por otro lado, el decreto contempla en su Capítulo 3 la posibilidad de llevar a cabo una ampliación del mismo hacia otras mercaderías por fuera del complejo sojero. “Amplíase, de manera extraordinaria y transitoria, el PIE creado por el Decreto Nº 576/22, restablecido en último término por el Decreto Nº 443/23 y prorrogado por el artículo 1º de la presente medida, para aquellos sujetos que hayan exportado, en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto, las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur que, a estos efectos, determine el Ministerio de Economía a través de la Secretaría con competencia en la materia, que no estén incluidas en el artículo 1º del citado Decreto Nº 443/23″, cita la norma.

Resultados

Como se dijo anteriormente, el dólar soja 4 impulsó la comercialización de 4,5 millones de toneladas, el ingreso de poco más de USD 2.000 millones y Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) anotadas por un total de 934.245 toneladas hasta el 28 de septiembre, de las cuales la mayoría correspondió a poroto de soja, con una 792.604 toneladas, seguido por subproductos, con 133.754 toneladas, aceite, con 7.744 toneladas y soja desactivada, con 142 toneladas, según la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR).

Los exportadores deben liquidar 75% de las divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) a $350 por dólar, mientras que el restante 25% es de libre disponibilidad

No obstante, ahora la atención está centrada en cuánta soja queda por ser comercializada. En este sentido, la BCR estimó que los productores todavía tienen en su poder unas 3,9 millones de toneladas correspondientes a la campaña 2022/23.

“Este cálculo contempla la producción de y la variación de stocks estimada para la campaña, es decir, la diferencia entre el stock inicial y stock final de la 2022/23. Es decir, de las 23,4 millones de toneladas de grano argentino que se consumirían en la campaña (20 millones de producción y 3,4 millones que se arrastraban de las campañas previas), ya se han comercializado 14,9 millones de toneladas. Considerando que se estima que 4,7 millones serán utilizadas como semilla, balanceados y otros usos, la soja disponible para comercializar se estima en las mencionadas 3,9 millones de toneladas”, puntualizó la BCR.

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