Oficial: en medio de los efectos de la sequía, el Gobierno prorrogó por 360 días los embarques de trigo

Tal como lo adelantó ayer Infobae, la Secretaría de Agricultura publicó hoy la Resolución en el Boletín Oficial. Contempla las declaraciones juradas de ventas al exterior de entre el 1º de diciembre de 2022 al 28 de febrero de 2023. También se busca proteger al productor

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En medio de una sequía que golpea al sector productor, el Gobierno dispuso una medida para la exportación de trigo. (REUTERS/Marcos Brindicci)
En medio de una sequía que golpea al sector productor, el Gobierno dispuso una medida para la exportación de trigo. (REUTERS/Marcos Brindicci)

Finalmente hoy, tal como lo había adelantado Infobae en las últimas horas, el Gobierno avanzó con la primera medida para hacer frente al efecto de la sequía y también de las heladas tardías, en la actual campaña de cultivos de invierno, especialmente de trigo. Por tal motivo, se decidió mediante la resolución 114/2022 de la Secretaría de Agricultura, que se publicó en el Boletín Oficial, prorrogar por 360 días los embarques del cereal.

La medida comprende a las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) de trigo con período de embarque comprendido entre el 1º de diciembre de 2022 y el 28 de febrero de 2023. Hay que recordar que al momento de registrar una DJVE-360, el exportador se compromete a exportar el producto agroindustrial en un plazo determinado en función de un rango de fechas preestablecido por la Secretaría de Agricultura.

El sector exportador anotó para comercializar al mercado mundial unas 8,85 millones de toneladas del cereal, de las cuales 8 millones de toneladas se deberán comercializar en el período mencionado. Además, de ese volumen para exportar adquirieron 5,37 millones de toneladas, cuando todavía hay que transitar un mes para llegar al inicio del ciclo comercial del trigo de la presente campaña. También hay que mencionar que los productores van a vender trigo cuando tengan certezas del cereal que van a poder cosechar y que no se encuentre afectado por las condiciones climáticas adversas.

Y como hay una elevada incertidumbre en el sobre el total de la cosecha de trigo, que según la Bolsa de Comercio de Rosario alcanzaría los 13,7 millones de toneladas y las proyecciones del Gobierno son de 16 millones de toneladas, se decidió implementar esta medida que busca asegurar el abastecimiento del mercado interno y externo, y por otro lado que no haya una presión sobre los precios.

Juan José Bahillo, Secretario de Agricultura
Juan José Bahillo, Secretario de Agricultura

También con la resolución que se publicó hoy por parte de la Secretaría de Agricultura, se busca solucionar un problema que generó el propio Gobierno, cuando meses atrás dispuso la habilitación del cupo de exportación de trigo de la actual campaña para financiarse con el sector exportador, en medio de la necesidad de acumular reservas por parte del Banco Central, pero sin imaginarse que tiempo después una profunda sequía y las heladas tardías complicarían el panorama.

Productor

Ayer cuando las fuentes oficiales confirmaban a Infobae la implementación de la medida, señalaban que el objetivo de la misma era garantizar el trigo para el mercado interno y también para la exportación, pero también proteger al productor para que cobre el precio que indique el mercado y no tenga que enfrentar ninguna al momento de cumplir con los compromisos asumidos, ante un panorama incierto en torno a la cantidad de toneladas que se van a cosechar.

Al respecto, y frente a la prórroga extraordinaria que otorgó el Gobierno a los embarques de trigo, en el artículo 4ª de la Resolución oficial se subraya lo siguiente: “Los mismos motivos de fuerza mayor podrán ser alegados por los productores en caso de incurrir en incumplimiento respecto de los exportadores, quienes deberán admitir dicha circunstancia”. Esto significa, que en el caso que un productor no pueda cumplir con un contrato forward de trigo, como consecuencia de que sufrió perdidas en la cosecha, no estará obligado a entregar la mercadería en los plazos acordados o tener que pagar una multa por el incumplimiento.

Por tal motivo, el artículo 5ª de la disposición contempla que la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios estará autorizada para dictar las normas complementarias y aclaratorias que permitan instrumentar la medida.

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