
El Gobierno analiza prorrogar un mes el comienzo del funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo sistema para el pago de indemnizaciones a trabajadores previsto en la reforma de la legislación del trabajo que aprobó el Congreso. La ley estipula que el FAL comience a regir el 1 de noviembre pero desde el sector financiero le solicitaron al Gobierno una postergación. “No respondimos aún, pero estamos analizando el pedido”, señaló una fuente oficial consultada por Infobae.
Un punto clave es que la reforma laboral contempla en forma explícita la posibilidad de extender el inicio del FAL hasta el 1 de diciembre, por lo que el Poder Ejecutivo podría hacerlo con una resolución o un decreto. Una extensión mayor requeriría que el Congreso modifique la ley.
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El pedido formal desde el sector financiero llegó al Ministerio de Economía a través de una nota de la Cámara de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), donde están representadas las sociedades gerentes de todos los bancos. Según explicaron en el sector financiero, allí se detallaron distintos procedimientos tecnológicos que requieren un plazo mayor de implementación, referidos a seguridad para pagos, acreditación de datos personales, conciliaciones, back office y otros temas.
“Hay que hacer desarrollos a los que la industria de fondos comunes de inversión no está familiarizada. Los FCI siempre reciben dinero del inversor y se lo devuelven cuando pide el rescate. En este caso, van a recibir dinero de ARCA y le van a pagar a un tercero, que es el trabajador. Tampoco es menor que todo se hace en base a una ley laboral, no a las leyes del sector”, puntualizó una fuente del sector financiero.
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Otro aspecto de una eventual postergación del comienzo del FAL es que le daría un mes más de holgura a las cuentas públicas. La puesta en marcha del sistema implica que una parte de la recaudación que hoy llega a la Anses en carácter de cargas laborales se destine al mercado de capitales. El atraso en la implementación implicaría un ingreso en la recaudación que no es despreciable para el Gobierno.
La extensión del período de carencia
Al mismo tiempo, el pedido de CAFCI incluyó otro punto central para el negocio: extender de 6 a 12 meses el período de carencia, es decir, el plazo inicial durante el cual los empleadores aportarán al FAL sin poder utilizarlo en caso de despidos. La idea de la ley era que durante ese plazo se fortalezca el fondo invertido por cada empleador, para generar una masa crítica de dinero. “Un plazo de un año en vez de 6 meses nos daría más aire para arrancar el sistema”, explicaron en una entidad financiera.
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La postergación de la fecha de inicio hasta el 1 de diciembre y la ampliación a un año del período de carencia son dos pedidos independientes entre sí, pero que el sistema financiero empujó a pocos días del comienzo del sistema.
Para extender el período de carencia, al igual que para la prórroga, alcanza con una decisión del Poder Ejecutivo, ya que la ley así lo prevé. Si bien lo pedido por el sistema financiero es que se expanda de 6 a 12 meses, la ley no establece ninguna precisión al respecto. “El Poder Ejecutivo nacional podrá establecer un plazo mayor, cuando por las características del sector económico o del mercado laboral, entre otros motivos atendibles, así lo aconsejen”, apuntó la ley 27.802 de Modernización Laboral.
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Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
La reforma laboral dispuso un cambio sustancial para que las empresas afronten el costo de las indemnizaciones por despidos. Y en ese plano, tanto los bancos como los agentes de Bolsa (Alycs) están disputándose a las empresas para administrar sus inversiones.
La ley dispone que cada empleador privado de la Argentina aportará en forma obligatoria el 1% (si es una empresa grande) o el 2,5% (si es una pyme) a un fondo para pagar indemnizaciones laborales. El empleador girará cada mes ese aporte a la Administración de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y le informará a qué banco o Alyc debe dirigirlo para engrosar un FAL.
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Para las empresas, sea un kiosco con tres empleados o una megaempresa con 10.000, no habrá un costo extra por el nuevo sistema. Depositarán en el FAL el mismo dinero que hoy ingresan a la Anses como parte de los aportes laborales. De ese dinero también surgirá la comisión para las entidades financieras administradoras, que tendrá un máximo del 1% de los fondos administrados.
Para el trabajador, el nuevo mecanismo no trae ningún cambio ni está obligado a hacer ningún trámite.
Las instituciones financieras armarán un FAL para una empresa en particular o bien un FAL multiempresa, que captarán aportes de cientos o miles de pequeños empleadores.
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El dinero, cuyo rendimiento crecerá mes a mes, se utilizará únicamente para pagar indemnizaciones por despido o retiros voluntarios. No podrá usarse con otro destino que no sea ese. El dinero tampoco podrá retirarse o rescatarse en ningún caso. Solamente si una empresa quiebra o desaparece podrá recuperar el dinero remanente en su FAL.
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