El nuevo borrador del proyecto de Inocencia Fiscal que el Gobierno prepara para enviar al Congreso generó una recepción mayormente positiva entre contadores y economistas especializados en tributación.
Las modificaciones respecto de la normativa original apuntan, en particular, a corregir los puntos que generaban mayor resistencia entre los potenciales adherentes: la falta de claridad sobre qué constituye una discrepancia significativa y la posibilidad de que los contribuyentes perdieran los beneficios del régimen ante cualquier observación del fisco.
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Para los especialistas, los cambios van en la dirección correcta, aunque advierten que la efectividad del régimen dependerá, en última instancia, de la confianza que logre generar el marco institucional.
Mayor seguridad jurídica, el cambio central
El elemento más valorado por los especialistas es la redefinición del concepto de discrepancia significativa y las garantías que el nuevo texto ofrece al contribuyente frente a eventuales ajustes del fisco. César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Abelovich, fue directo al momento de evaluar el borrador: “Estoy bastante conforme con el régimen. Ante una discrepancia significativa, el contribuyente tiene todas las posibilidades de discutirla en el ámbito administrativo. Además, se amplió a $5 millones el umbral de topes para considerar las discrepancias significativas”.
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Para Litvin, además, el proyecto resuelve una de las trampas que tenía la ley original: “Fueron escuchadas las opiniones de los tributaristas”, señaló, en referencia a las reuniones que el equipo del ministerio de Economía mantuvo con especialistas del sector antes de elaborar el borrador.
El contador Sebastián Domínguez también ponderó los avances. Destacó que una de las mejoras más relevantes es que “ya no se analice respecto a los casos de reducción de saldos a favor del contribuyente” al momento de evaluar si existe una discrepancia significativa. Además, valoró que se haya establecido un umbral concreto: si la diferencia entre lo declarado y lo que detecta el fisco no supera el 5% del monto objetivo de evasión simple —actualmente fijado en $100 millones, lo que implica un umbral de hasta $5 millones—, no habrá discrepancia.
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“Si hay discrepancia, porque se superan esos parámetros, está la posibilidad de rectificar y pagar o regularizar el saldo con un plan de pagos, hasta 15 días después de la notificación de la determinación de oficio”, precisó Domínguez. A su criterio, eso representa un margen de maniobra relevante para el contribuyente: “Hay mucho tiempo posterior para llegar a rectificar, pagar y mantener los beneficios. Eso es importante”.
El fisco no podrá usar presunciones en su contra
Otro de los puntos que los contadores identificaron como un avance significativo tiene que ver con las herramientas que el fisco podrá —y no podrá— utilizar para impugnar una declaración. Domínguez explicó que el borrador incorpora expresamente que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no podrá recurrir ni a la presunción de incremento patrimonial no justificado ni a la de depósitos bancarios. “Eso no estaba en la ley, se había querido poner por decreto”, aclaró.
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Además, el nuevo proyecto establece de forma explícita que la carga de la prueba recae sobre el fisco: “Expresamente dice que es el fisco el que tiene la carga de la prueba para la discrepancia, y que tiene que demostrarlo el fisco. No se invierte la carga de la prueba. Ahora está expresamente contemplado, así que eso es importante”, indicó el contador.
El economista José Vargas, director de la consultora Evaluecon, coincidió con esa lectura desde una perspectiva más amplia. Para Vargas, el principal incentivo que genera el nuevo proyecto es la reducción del riesgo fiscal: “La propuesta busca otorgar mayor garantía y seguridad jurídica a quienes decidan exteriorizar o utilizar fondos no declarados, limitando la posibilidad de cuestionamientos futuros por parte de la administración tributaria y permitiendo corregir inconsistencias sin perder automáticamente los beneficios del régimen”.
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El aspecto más positivo, en su evaluación, es “el intento de darle previsibilidad tributaria. La posibilidad de subsanar errores y mantener los beneficios del régimen contribuye a reducir la incertidumbre y favorece la formalización de activos que hoy permanecen al margen del sistema”.
¿Más contribuyentes y más dólares?
Una de las preguntas centrales que rodea al proyecto es si, efectivamente, logrará que los argentinos saquen los dólares del colchón —que el Fondo Monetario Internacional (FMI) estima en unos 170.000 millones de dólares— y que más personas se adhieran al régimen. La respuesta de los especialistas es afirmativa, aunque matizada.
Litvin fue el más optimista al respecto: “Va a haber más contribuyentes que se adhieran; esto tendrá que ver con la confianza. Si las señales que da el gobierno son de confianza, la gente se va a animar a usar los dólares no declarados. Es bueno adherirse para aquel que tiene dólares no declarados, para hacerlos trabajar y generar renta, en lugar de que se desvaloricen”. Y agregó otro incentivo de peso: “Algunos no van a pagar impuestos. Si invierten en títulos también, ya que la Ley de Impuesto a las Ganancias tiene exención para plazos fijos, títulos públicos y demás. Hay inversiones que no tienen costo fiscal”.
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El contador Alejandro Rosenfeld se mostró en la misma línea: “Es mucho mejor el proyecto que el original. Le da mucha más seguridad jurídica”, comentó. Sobre si el régimen efectivamente traerá más dólares, prefirió la cautela: “Si realmente trae que vengan más dólares, no lo sé. Habrá que esperar”.
Domínguez, por su parte, introdujo una advertencia que abre el análisis más allá del plano normativo: los incentivos para utilizar dólares no declarados no dependen exclusivamente de la ley. “La utilización del dólares en colchón no son solamente porque existe una ley que permite usarlos. Hay otras razones. La seguridad jurídica argentina, la expectativa de que no vaya a cambiar el gobierno, con otra postura de volver a aumentar impuestos, de volver a hacer cambios”, señaló. En ese marco, consideró que el proyecto “puede ayudar a que algunos que quieren hacer y no lo hacen porque tienen dudas en seguir declarándose, se animen a utilizar este régimen si se sanciona”.
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Vargas, en sintonía, evaluó que la efectividad del proyecto “va a depender básicamente de la credibilidad que logre generar”. Desde su perspectiva económica, “si los agentes económicos consideran que el marco normativo será estable y que las condiciones no cambiarán en el tiempo, es lógico esperar una mayor utilización de los dólares actualmente atesorados fuera del sistema financiero”. Sin embargo, advirtió: “La experiencia argentina muestra que la confianza institucional es un factor clave. Por eso, el impacto final es probable que dependa más de las expectativas de los ahorristas que de los incentivos legales en sí mismos”.
Los puntos que aún se podrían mejorar
Pese a la valoración positiva general, tanto Domínguez como Vargas señalaron aspectos que, a su juicio, podrían perfeccionarse. El contador consideró que debería haberse establecido directamente que no puede utilizarse ninguna presunción ni indicio de la Ley 11.683, y que sería conveniente “liberar completamente Bienes Personales” y también “impuestos internos y salidas no documentadas”. Además, propuso avanzar en acuerdos con provincias y la Ciudad de Buenos Aires para que no se reclame Ingresos Brutos ni tasas municipales sobre incrementos patrimoniales que pudieran detectarse.
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Vargas, en cambio, planteó la necesidad de fortalecer la estabilidad de largo plazo de las reglas de juego: “En Argentina, la principal barrera para la repatriación o utilización de ahorros no declarados no suele ser únicamente la carga tributaria, sino la falta de confianza en la permanencia de los marcos regulatorios. Por lo tanto, cuanto más sólidas y duraderas sean las garantías legales que se ofrecen, seguramente mayor será la probabilidad de que esos recursos ingresen efectivamente al circuito económico formal”.
Litvin, en tanto, rescató el carácter acotado del régimen como un elemento positivo: “Es oportuno poner un plazo como régimen especial de regularización. Desde este punto de vista, se da un tiempo prudencial”. El borrador, según lo que trascendió, establece que los contribuyentes tendrán tiempo de sacar los dólares del colchón hasta el 31 de diciembre de 2027.
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