
El caso del vendedor de Refres Now SA, el fabricante de la gaseosa Manaos, que logró en primera instancia de la justicia laboral mendocina un fallo a favor de más de $1.463 millones de pesos que la Corte Suprema de Justicia de la provincia redujo a poco más de $807 millones entre una “indemnización” de $223 millones e “intereses” por $584 millones, sigue provocando estupor.
El caso se suma a una serie de fallos aberrantes de los fueros laborales y pega en el centro del debate sobre el proyecto de modernización laboral al que en la semana dio media sanción el Senado. En particular, la decisión del gobierno de que la futura ley defina claramente qué conceptos y sumas corresponden en una indemnización, cuando efectivamente se trata de despidos, y se ponga fin a la discrecionalidad de los jueces laborales a la hora de calcular actualizaciones e intereses.
¿Cuáles son las alternativas de la empresa ante un fallo que en divisas fue originalmente de un millón de dólares y la CSJ mendocina redujo a “solo” poco más de medio millón de dólares?
“En manos de un estudio jurídico”
“Ahora todo está en manos de un estudio jurídico” dijo a Infobae el empresario y fundador de la firma, Orlando Canido, quien ya había calificado al fallo de los tribunales mendocinos “insólito y absolutamente fuera de contexto”. Canido recordó a Infobae que el vendedor que hizo el juicio había trabajado “unos seis años o siete años para mí, no sé cuánto podía ganar como vendedor, no sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”.
El empresario dijo que él respeta los derechos de los trabajadores pero que la ley laboral debe revisar el tema de las indemnizaciones. Sobre el caso del vendedor que planteó el juicio en Mendoza, señaló. “A lo mejor tenía tres provincias y le dejaron una y por eso hizo juicio”.

Tiempo atrás, en el Podcast “La Fábrica”, Canido había compartido un debate sobre temas productivos y laborales. Allí precisó que 21 años atrás, cuando se inició en el negocio, había 43 fábricas de gaseosas, contra 6 en la actualidad, y recordó que había convencido a uno de los socios de Cunnington, hasta entonces su principal competidor, de venderle su fábrica a él en vez de a Heineken.
Canido enfatizó entonces: “Hoy un empleado que trabaja un año por cualquier motivo manda una carta documento y se considera despedido. Ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda un segundo. Trata de sacar el mejor provecho”. Y recordó al respecto el caso en Mendoza. “Yo tengo un juicio de un jefe de ventas; no sé cuánto trabajó conmigo, si 6 ó 7 años y fallaron a favor de él en Mendoza por un millón de dólares”.
En la misma sesión, Domingo Contessi, presidente de Astilleros Federico Contessi, que lleva fabricados y botados más de 150 embarcaciones en Mar del Plata, dijo estar “totalmente a favor de la reforma laboral, para generar empleo permanente”, pero apuntó criticamente a una distorsión sobre lo que es una relación laboral.
“Un empleado que trabajó cinco años en una empresa decide irse porque consiguió algo que considera mejor viene y te dice ‘¿cómo arreglamos?’. ¿Cómo que cómo arreglamos?: mandá el telegrama (de renuncia)”, contó. Sucede, explicó, que hay una percepción errónea de la relación laboral. “El empleado tiene asimilado que trabajó cinco años y le corresponde una indemnización, por más que sea él quien renuncia. Es un disparate”.
El empleado tiene asimilado que trabajó cinco años y le corresponde una indemnización, por más que sea él quien renuncia
Como informó ayer Infobae, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza condenó a Refres Now S.A., el fabricante de Manaos, a pagar más de $807 millones a un extrabajador que se desempeñó como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022. La disputa había sido iniciada por el exvendedor, que denunció despido sin causa, irregularidades en la registración laboral, descuentos ilegales y maniobras de evasión previsional.
El exvendedor había comenzado sus tareas en octubre de 2013, alegó que la relación laboral se formalizó recién en 2015 y que, durante años, la empresa utilizó acuerdos poco claros y contratos que no reflejaban la realidad de su vínculo.

La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael fijó una indemnización de $1.463 millones. La empresa apeló el fallo y la CSJ mendocina rebajó la condena a $807 millones a abril de 2025, por lo cual los intereses se siguen acumulando. El máximo tribunal provincial sostuvo la condena por despido y relación laboral encubierta, pero modificó el cálculo de intereses, aplicando la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación, tomó en cuenta el perfil económico del trabajador y dispuso que la empresa pague la suma en un plazo de cinco días.
Nuevo precedente
Dictado en el contexto del debate por la reforma laboral, el fallo se vuelve un precedente relevante para conflictos similares, tanto por el monto involucrado como por la interpretación judicial sobre la relación laboral y la forma de cálculo de la eventual indemnización.
El caso se suma a una lista de recientes fallos por causas y sumas extemporáneas, como la demanda por $270 millones y el embargo por $155 millones a raíz del juicio de un exmozo del restaurante Piegari, que durante la pandemia se negó a reintegrarse al trabajo tras la cuarentena, luego se consideró despedido e inició un juicio de indemnización considerándose despedido.

Otro caso destacado fue el del local de diseño y ropa infantil Naranja Mandarina, de Junín, en que un exviajante se consideró despedido, alegó haber trabajado en relación de dependencia y logró un fallo a su favor de $160 millones. Cuando la firma alegó no poder pagar esa suma y requirió una pericia, la Corte Suprema bonaerense le exigió que depositara $330 millones y, como la firma no pudo hacerlo, embargó a Naranja Mandarina y trabó por completo su operación comercial, dejándola al borde de la quiebra.
Infobae expuso también el caso de la Fundación ProVivienda Social, una ONG de ayuda a barrios populares que a raíz de un plan de conexiones domiciliarias a redes de gas en Cuartel V, un barrio de Moreno, en el conurbano bonaerense, fue demandada por un gasista que había sido contratado por algunas familias para sus conexiones particulares. El gasista alegó relación de dependencia y logró un fallo a favor de la justicia laboral por $184,6 millones, casi 17.000% superior al monto de la demanda inicial.
En su apelación a la Corte de Suprema de Justicia porteña, considerada tribunal competente porque el juicio se planteó en CABA, la Fundación afirma que el fallo laboral se limitó al testimonio de otros 4 gasistas que presentaron una demanda similar, son parte interesada y, a su modo, “socios” del demandante.

La apelación señala que el fallo laboral se sostiene “dogmática y únicamente sobre testimonios de gente que tiene interés en el resultado del pleito, por la sencilla razón de que esos testigos mantienen, con idéntico patrocinio, pleitos semejantes contra los mismos demandados. No existe otra prueba”.
El escrito también señala que el fallo aplica normas derogadas “que abultan la indemnización dramática y desproporcionadamente”, que “ignora los testigos de la parte demandada” y que según el Código Civil y Comercial de la Nación “el fiduciario (en este caso, la Fundación, que por cuenta y orden de las familias pagaba contra factura los trabajos a los gasistas) no responde por las obligaciones contraídas en la ejecución del fideicomiso”
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