
El Gobierno analiza una modificación al decreto que creó el viernes pasado el nuevo régimen simplificado del impuesto a las Ganancias, como parte del grupo de medidas que anunció para incentivar el uso de dinero que no circula en el circuito formal de la economía. La normativa dejó afuera a los contribuyentes que tengan rentas en el exterior.
El Boletín Oficial publicó el viernes el decreto por el que el Ejecutivo ordenó una serie de modificaciones en los sistema de información tributaria automática, la creación del régimen de Ganancias que requerirá menos información al contribuyente y un sistema de regulación financiera para que los clientes bancarios tengan que dar menos información patrimonial a las entidades.
El artículo 3° del decreto, que establece el modelo simplificado de declaración jurada de Ganancias, mencionó que “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”. Una interpretación que se extendió una vez conocida esa norma fue que esto dejaba fuera del esquema nuevo a argentinos que facturen servicios a clientes del exterior.
De todas formas, para el fisco el trabajo hecho en Argentina y facturado a otro país no es considerado una renta externa, aclaró en diálogo con Infobae el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios. Solo puede ser considerada renta en el exterior al producto de inversiones hechas en otro país y de las que ese contribuyente se beneficie.
Alternativas financieras
Sin embargo, por las restricciones cambiaras quienes facturaban al exterior terminaban, para poder contar con las divisas, acudiendo a alternativas financieras, lo que sí los dejaba, para los ojos de ARCA, entre los argentinos con renta en el exterior.

“Parte de esa gente deja los dólares afuera y los invierte en, por ejemplo, acciones de Apple o de Google que distribuyen dividendos. Esos dividendos son de fuente extranjera y eso es lo que los inhabilitaría (al nuevo régimen). O compran y venden cripto, y la compraventa de esas cripto generan renta de fuente extranjera, en ocasiones. Entonces, en la mayoría de los casos, eso es lo que los inhabilitaría al régimen simplificado”, explicó Domínguez.
Fuentes de ARCA aseguraron que el fisco trabaja en una rectificación normativa que incluya, entonces, a los argentinos con renta en el extranjero para que también puedan adherir al régimen simplificado de Ganancias. La modificación al decreto original se conocería en los próximos días, aseguraron desde el organismo tributario. El nuevo esquema comenzará a funcionar desde el 1° de junio para su adhesión, y operará para las declaraciones juradas de Ganancias de este año que se elaborarán el año próximo.
“Esa renta de fuente extranjera no se puede agregar de manera automática en la declaración simplificada, porque no la incluye. Lo que va a tener es la facturación, pero no los dividendos. Entonces deberían habilitar que se pueda también adherir con fuente extranjera con carga manual, porque así como se va a poder modificar la renta de fuente argentina también debería agregarse eso”, consideró Domínguez.
Reglamentación pendiente
Además de la rectificación de ARCA, quedan pendiente de reglamentar las modificaciones que haga de sus propias regulaciones la Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo que está al frente de la prevención de lavado de dinero. Si bien los funcionarios que presentaron las medidas no hicieron referencia a la letra chica en la que trabaja la UIF por tratarse de un organismo autónomo, dieron a entender que se elevaría el monto a partir del cual las entidades financieras emiten reportes de operaciones sospechosas, tal como hizo ARCA con los umbrales nuevos de información automática.
Para el mercado el impacto macroeconómico de esta serie de medidas podría ser acotado, y es más relevante por el cambio en las reglas de vigilancia tributaria. “Esa menor información sólo en parte intenta simplificar el cumplimento tributario de las personas; en otra parte parece intentar ‘hacer la vista gorda’ en acciones de evasión fiscal a través de menos cruces de información (stock patrimonial vs. ingresos declarados, o consumo registrado vs. ingresos declarados)“, mencionó un informe de LCG.

Esa consultora planteó dos efectos contrapuestos que podría tener el nuevo esquema sobre la economía. Por un lado, “puede estimular consumo reprimido y, si se bancarizara, aumentar las reservas en el Banco Central”. Aunque en simultáneo, “al ‘invisibilizar’ (para ARCA) algunas transacciones económicas y stocks de activos (depósitos hasta determinado monto, inmuebles, etcétera), eso conlleva el riesgo de estimular más transacciones no registradas (no facturadas)”, lo que redundaría en menos recaudación.
“Esto es así porque la sub-declaración de ingresos (de facturas emitidas) tendrá menos caminos para encontrar inconsistencias declarativas, que suelen surgir de la exposición de la evolución del patrimonio y de los consumos. Entonces surgiría un potencial efecto de costo-beneficio sobre las cuentas fiscales: hay que ver si son más las transacciones de consumo que surgen de ahorros pasados no declarados que las transacciones económicas que dejan de ser facturadas”, resumieron desde LCG.
GMA Capital, por su lado, consideró que “la formalización de dólares que antes estaban fuera del sistema financiero implicaría una suba en los depósitos privados, en el nivel de encajes bancarios y, en consecuencia, sobre el stock de reservas”. “Un acervo de reservas brutas mayor, aun cuando no implique mejoras en las reservas netas, generaría más confianza en el Gobierno”, concluyó esa consultora financiera.
Al respecto, Adcap Grupo Financiero agregó: “No existe una agenda específica para fomentar el uso de dólares no declarados -estimados por el gobierno en hasta 200.000 millones de dólares-. Con las medidas actuales, cualquier remonetización en dólares será probablemente marginal en el corto plazo”.
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