El Gobierno Nacional modificó las condiciones que determinan la importación de motos incompletas y desarmadas que luego se ensamblan en el país, para propiciar que cada empresa decida su modelo de negocio -producción con integración local, ensamble y/o importación de vehículos terminados- de acuerdo a su volumen, diversidad de modelos, capacidad de desarrollo de proveedores, complejidad técnica y requerimientos de la casa matriz.
A través del decreto 1069, el Gobierno redujo además el porcentaje de valor agregado local que deben aplicar las empresas que acceden al régimen, que establece una alícuota de 0% para la importación y ensamble de motos en el país. La medida busca promover el mercado de las motos, reducir los precios que pagan los consumidores por estos bienes -clave para la solución de la movilidad y la vida diaria y como elemento de trabajo- , promover una mayor oferta de productos a través de la competencia en el sector y alentar las inversiones, indicó la Secretaría de Comercio mediante un comunicado de prensa.
Esta alícuota del 0% se aplica a la importación de vehículos incompletos, totalmente desarmados y que luego son ensamblados en el país. Para acceder a este régimen, las empresas importadoras deben sumarle a las motos autopartes de producción local al momento del ensamblado.
El decreto establece que el valor agregado local mínimo referido que deberá alcanzar cada beneficiario será del 5 % para el conjunto de la actividad. Asimismo, cada modelo de vehículo que se importe en el marco de los beneficios contemplados el régimen deberá cumplir con un Valor Agregado Local Mínimo del 2%. El anterior esquema establecía un 11% de valor agregado local para 2025 incrementándose hasta un 14% en 2028.
Según la Asociación de Concesionarios de la Argentina (ACARA), el patentamiento de motos creció 12,3% en octubre, cuando se vendieron más de 43.000 motos, y creció un 5,6% respecto del mismo mes de 2023. Se observa en los últimos meses un crecimiento de la venta de motos cero kilómetros, por sobre la de usadas, precisó el Gobierno.
De acuerdo con la normativa, se entenderán como bienes nacionales a “las partes, piezas, subconjuntos, conjuntos y sistemas de motocicletas y demás vehículos alcanzados por la presente medida, producidos en la República Argentina —a excepción del Área Aduanera Especial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur— para su integración en la fabricación de estos vehículos o para su exportación, en las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación”.
Por otro lado, “se contabilizarán como bienes importados las importaciones realizadas al amparo de los beneficios contemplados en el presente decreto, correspondientes a vehículos incompletos y totalmente desarmados de las posiciones arancelarias”.
Entre sus argumentos, el Gobierno sostiene que “a efectos de procurar una mejor incidencia del régimen en los productos alcanzados por los beneficios establecidos en el citado decreto, resulta necesario delimitar los factores contemplados en la fórmula empleada para medir el Valor Agregado Local Mínimo y ajustar el porcentaje exigido de integración respecto del conjunto de la actividad de la beneficiaria como de cada modelo producido al amparo del beneficio”.
En octubre, mediante la publicación del decreto 908/2024, oficializaron una reducción de aranceles para numerosos productos. Así, se incorporaron cambios sustanciales en la NCM, el Arancel Externo Común (A.E.C.) y las listas nacionales de excepciones. Las modificaciones implementadas son el resultado de decisiones tomadas en las más recientes reuniones del Mercosur.
Los recientes ajustes permiten que algunas posiciones arancelarias disfruten de alícuotas diferenciadas, especialmente en lo que respecta a productos clave como los bienes de capital y los derivados de las industrias del caucho y el acero. Según los detalles de la medida, ciertos productos verán reducciones en sus tarifas: por ejemplo, las láminas de caucho utilizadas en la fabricación de neumáticos y los perfiles de acero empleados en la producción de herramientas tendrán una alícuota del 2%, en lugar de las tarifas usuales.
Además, se implementan aranceles preferenciales para las piezas necesarias en la fabricación de electrodomésticos y componentes electrónicos, buscando incentivar la inversión en sectores estratégicos, tales como la tecnología avanzada y las energías renovables.
El sector agropecuario también se ve beneficiado por el decreto, con ajustes relevantes en las posiciones arancelarias de productos vinculados a la ganadería y la pesca. Tal como se establece en los anexos de la norma, a partir de enero de 2025, los derechos de importación extrazona para productos cárnicos y ciertos productos pesqueros se modificarán de manera progresiva. Un ejemplo de esto es la reducción del 25% en los aranceles para la importación de cortes de carne bovina y merluza, que se aplicará en los primeros meses del año.
Esta estrategia tiene como objetivo fomentar las exportaciones argentinas dentro del Mercosur, ayudando a mejorar la competitividad de los productores locales frente a mercados de terceros. Además, se incorporan excepciones específicas para productos en envases de menor tamaño, lo que facilitará su acceso a nichos de mercado en regiones como la Unión Europea y países de Asia.