A meses de su sanción, el Gobierno nacional continúa con la reglamentación de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos. Ahora, oficializó la implementación de las cuestiones referidas a política energética y medioambiente.
Las precisiones para la aplicación de lo dispuesto por los capítulos I, II, y VI del Título VI, de la Ley 27.742, fueron establecidas mediante la publicación del Decreto 1057/2024 y sus respectivos anexos. Este decreto también reglamenta puntos clave de las leyes N° 17.319 (hidrocarburos) y N° 24.076 (gas natural). Según explicó el Ministerio de Economía, se busca promover un mercado energético competitivo, con reglas claras que incentiven la inversión y posicionen al país como referente global.
Política energética
En relación con la política energética (art. 101-152), el Gobierno fijó como objetivos:
- La exploración, explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de hidrocarburos y/o sus derivados bajo las condiciones de un libre mercado.
- El incentivo de la competencia, fomentando la máxima participación de actores en la cadena de producción.
- El alineamiento de los precios internos con los valores internacionales, garantizando la seguridad del suministro y reduciendo distorsiones en el mercado.
- La asignación eficiente de recursos, el desarrollo de contratos de largo plazo y la integración al comercio mundial.
Además, la reglamentación establece que quienes busquen permisos, concesiones o habilitaciones deberán constituir un domicilio en el país y cumplir con requisitos de solvencia económico-financiera y capacidad técnica.
Sobre la exportación de hidrocarburos, se aseguró que el libre ejercicio de este derecho no podrá ser interrumpido durante el período de entrega, salvo en casos excepcionales. Según precisaron desde la Secretaría de Energía, las exportaciones podrán ser objetadas temporalmente “por variaciones significativas e imprevistas en los precios internos”, siempre de forma fundada.
Por otro lado, se reguló el transporte de hidrocarburos y la extensión de concesiones, incorporando procedimientos específicos que hasta ahora no existían normativamente.
Exportación e importación de Gas Natural Licuado
La normativa también incluye directrices para la exportación e importación de Gas Natural Licuado (GNL). Entre los aspectos destacados, se menciona que todo proyecto deberá contemplar:
- Las condiciones del mercado local.
- La proyección de la demanda interna por regiones.
- Los recursos técnicamente recuperables, tanto convencionales como no convencionales.
El informe requerido será actualizado al menos cada cinco años. En caso de no haber suficiente disponibilidad de gas natural, las exportaciones podrían ser denegadas.
Hidrocarburos y medioambiente
Finalmente, el decreto detalla cómo se implementará el artículo 163 de la ley, que apunta a armonizar la legislación ambiental entre el Estado nacional y las provincias. Según lo expresado en el comunicado oficial, este marco buscará adoptar las mejores prácticas internacionales para garantizar un desarrollo ambientalmente sostenible en las actividades vinculadas a los hidrocarburos.
Entre los aspectos que se regularán, destacan:
- Pasivos ambientales.
- Gestión de residuos y emisiones.
- Descarbonización y emisión de gases de efecto invernadero.
- Seguridad de pozos.
- Responsabilidad social ambiental.
- Participación pública y acceso a la información.
“La reglamentación del capítulo de energía de la Ley Bases representa un avance clave en el camino hacia un sistema energético donde el Estado actúe como facilitador y no como obstáculo”, sostuvieron desde el Ministerio de Economía. Según el comunicado, esto permitirá maximizar el potencial de recursos estratégicos como Vaca Muerta, promoviendo la inversión privada y consolidando a Argentina como un referente internacional en producción de hidrocarburos.