Mientras está preparando la resolución que definirá los cambios al sistema de envíos vía courier anunciados días atrás, que regirán desde comienzos de diciembre, el equipo económico ya está pensando en hacerle modificaciones al sistema mellizo para comprar productos desde el exterior y recibirlos en el domicilio: el denominado “puerta a puerta”, cuya exclusividad la tiene Correo Argentino y que es estrictamente para uso personal.
A través de este sistema, la persona puede recibir el envío en su casa o retirarlo en la sucursal del Correo con control aduanero. Mediante el puerta a puerta, pueden adquirirse en el exterior libros, comestibles, prendas, juguetes, productos tecnológicos y objetos de decoración, entre otros productos, siempre y cuando el envío no pese más de 20 kilos, su valor no supere los USD 3.000 y no sea para uso comercial.
Por otra parte, para las primeras 12 compras realizadas en el año, si el valor no supera los USD 50, el comprador está exento de pagar los derechos de importación, mientras que si lo supera, pagará el 50% sobre el excedente de ese valor. Es decir que si el monto del producto importado es de USD 100, pagará finalmente USD 125. Cuando se superen los 12 envíos al año, la persona deberá pagar el 50% del valor del envío. La tasa del Correo es un importe fijo en todos los casos.
Así funciona actualmente. Sin embargo, así como se impulsaron los cambios en el sistema de courier, en el Gobierno consideran que también en el puerta a puerta debe sufrir modificaciones con el fin de hacerlo más ágil y claro para los consumidores. Además, como para el régimen de pequeños envíos vía courier (el destinado a uso personal) tendrá, desde diciembre, una franquicia de USD 400 -que implica que la persona no pagará impuestos por hasta ese monto-, también en el caso del puerta a puerta el equipo de la Secretaría de Comercio evalúa ampliar la franquicia actual de USD 50 por envío.
“Recién están empezando las reuniones, pero parte de la modificación que se está pensando tiene que ver con hacer un proceso más simplificado y más entendible para la gente. Hoy hay mucha confusión y muchas veces queda demorado en el Correo. La idea es tratar de homogeneizar todo lo que tiene que ver con los regímenes simplificados, que incluye al de courier”, dijo una fuente oficial.
Entonces, en principio, la idea sería que la franquicia sea la misma en los dos regímenes que tienen como finalidad la importación para uso personal (puerta a puerta y pequeños envíos) y agilizar la operación para que sea más accesible para los consumidores. El monto máximo por envío será de USD 3.000 en ambos, ya que para el sistema courier fue recientemente ampliado. Luego ya será una elección de cada persona si elegir el envío vía Correo Argentino o una empresa de courier, como son DHL, FedEx, UPS, entre otras, ya que varía el costo de cada firma.
Con el afán de agilizar cada vez más las importaciones y el acceso de los consumidores a productos del exterior a menores precios es que el equipo económico está analizando todos estos cambios. Con las exigencias y los costos previos, por ejemplo, el peso del courier dentro de las importaciones totales osciló entre el 0,3% y el 0,9%; y dentro de ese mínimo porcentaje, lo que ingresa al país mediante el subrégimen de pequeños envíos es más irrisorio aún. “Al courier le tenés que pagar y muchas veces no es barato el envío. Salvo algún producto que no se consiga en el país o de mayor precio, para lo más chico termina siendo caro el envío”, explicó una fuente experta en el tema.
Qué cambiará en diciembre del sistema de courier
- Se trata de un régimen de importación simplificado que fue creado para facilitar los envíos internacionales y reducir sus costos. Puede tener fines comerciales y particulares siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa.
- Hoy el valor de las mercaderías no podrá exceder los USD 1.000 por envío y el peso total del mismo no podrá superar los 50 kilos. Desde diciembre, el valor máximo del envío subirá de USD 1.000 a USD 3.000.
- El courier comercial podrá ser utilizado siempre que no supere los límites indicados previamente y siempre que no requiera intervención de terceros organismos (Reglamentos Técnicos, ANMAT, INAL, etc). No hay límites en la cantidad de envíos
- El courier particular (Pequeños envíos): en caso de superar los límites o requerir intervención, el interesado no podrá usar el courier comercial y surgirán 2 opciones; hacer un despacho general (con despachante); o hacer un despacho bajo courier particular (pequeños envíos) siempre que no importe más de 3 unidades del mismo tipo y no tenga fines comerciales. Esta opción solo permite 5 envíos al año.
- Tratamiento impositivo: mientras que en un despacho general se debe abonar Aranceles, Tasa Estadística, IVA, IVA Percepción, Anticipo de Ganancias e IIBB, en el régimen de courier comercial se paga Aranceles (que van del 0 al 35%), Tasa Estadística (0 al 3%) e IVA (21%). Lo mismo sucede en el caso del courier particular, pero a partir de diciembre, por los primeros USD 400 de cada envío, no se pagará Aranceles ni Tasa Estadística. Sí tributará IVA.
- Costos de envío: además de los impuestos, todos los envíos tienen un costo que dependerá del proveedor y deberá ser abonado por el interesado.
“Las modificaciones tienen como objetivo dar un mayor acceso a todas las personas, equipararlo con otros países de la región y facilitar el necesario abastecimiento de insumos y repuestos en un contexto de apertura comercial y normalización del comercio exterior”, dijo esta semana, en su cuenta de X, el subsecretario de Comercio Exterior, Esteban Marzorati.