Cómo denunciar el cobro de tasas municipales en los servicios públicos

Será a través de un correo electrónico dispuesto por la subsecretaria de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial que los consumidores podrán denunciar el cobro de cargos ajenos a los servicios contratados

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Ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos (Imagen Ilustrativa Infobae)
Ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno habilitó un canal para denunciar si un bien o servicio contratado incluye tasas municipales, lo cual quedó prohibido por una nueva normativa desde principios de octubre. Aunque intendentes de al menos 11 municipios del Conurbano bonaerense lograron amparos judiciales que les permiten mantener el cobro de tasas municipales en las boletas de servicios públicos, el Ejecutivo avanza en hacer cumplir la resolución emitida por la Secretaría de Industria del Ministerio de Economía dependiente del titular del Palacio de Hacienda, Luis Caputo.

Esta norma estableció que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución 267/2024.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
(Imagen Ilustrativa Infobae)

De esta manera, la normativa aclara que “no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”. En consecuencia, la resolución aclara que “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto” por la ley. Esta medida comenzará a regir dentro de los próximos 30 días, tiempo establecido para su adecuación.

En este marco, se podrán hacer las denuncias correspondientes mediante el correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. “Esas tasas son ilegales y violan el art. 42 de la Constitución Nacional”, aseguró Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

Se podrán hacer las denuncias correspondientes mediante el correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar.

Las tasas municipales no solo afectan a los consumidores por su inclusión en la boleta de los servicios sino que continúa incidiendo en los precios de los bienes que se compran en los comercios. Por caso, desde Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (Cadam) aseguran que tras los últimos aumentos de tasas municipales, por cada $100 que paga el consumidor por un producto de primera necesidad, entre $38 y $49 son impuestos.

Incluso, el Banco Nación informó recientemente que decidió cerrar su sucursal ubicada en Ramos Mejía, en el partido de La Matanza, debido a la elevada incidencia de las tasas municipales. Esta situación, argumentó el banco, afecta considerablemente el margen financiero y eleva el costo de ofrecer servicios de crédito, lo que complica las operaciones en el distrito.

El Banco Nación decidió cerrar su sucursal ubicada en Ramos Mejía, en el partido de La Matanza, debido a la elevada incidencia de las tasas municipales

Los intendentes sostienen que el cobro de tasas a través de las facturas de servicios básicos es una práctica establecida en varios municipios y responde a una necesidad de financiamiento para áreas como seguridad, alumbrado público y espacios verdes. De eliminarse este recurso, explican, los gobiernos locales verían comprometida su capacidad de respuesta ante necesidades urgentes de la población.

Por otra parte, y a fin de evitar precios mayores, la Secretaría de Energía ordenó que las estaciones de servicio pongan un cartel con la siguiente leyenda: ”En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”. El Ministerio de Economía fijó en 120 días el plazo que tiene las empresas para adecuarse a esta normativa y advirtió que aquellas que no cumplan con lo ordenado podrían recibir sanciones.

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