En qué consiste el proyecto de Ley Hojarasca: las claves del intento por eliminar 70 leyes

Ya se encuentra en manos de los legisladores el proyecto de ley que busca derogar normativas sancionadas durante 16 gobiernos diferentes que para el Ejecutivo resultan “obsoletas e inútiles”

Guardar
De acuerdo al Gobierno, la
De acuerdo al Gobierno, la Ley Hojarasca "promueve la seguridad jurídica y remueve obstáculos para el desarrollo personal y conjunto del país" (REUTERS/Tomas Cuesta)

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Ley Hojarasca, la cual tienen como objetivo “derogar costos inútiles para los contribuyentes y normas que afectaron las libertades individuales”. Se trata de una iniciativa que busca eliminar 70 leyes, que fueron sancionadas por distintas administraciones durante el siglo XX, principalmente.

De acuerdo a fuentes oficiales, la ley promueve la seguridad jurídica y remueve obstáculos para el desarrollo personal y conjunto del país, parte del principio de que todo aquello que está permitido por la Constitución Nacional no necesita leyes específicas, elimina leyes que “generaron gastos innecesarios para los contribuyentes a través de la creación de organismos como la Federación Argentina de Municipios, entre otros”.

“Con la Ley Hojarasca, el Gobierno busca quitarle a la ciudadanía barreras que afectaron libertades individuales y generaron costos inútiles a través de diversas sobrerregulaciones. La ley entiende que las personas pueden llevar adelante toda actividad permitida por la Constitución Nacional sin necesidad de sancionar leyes específicas que luego pueden convertirse en un obstáculo para el desarrollo individual y del país en su conjunto, generando un impacto negativo en la seguridad jurídica y el funcionamiento del sector privado”, aseguraron desde el El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, encabezado por Federico Sturzenegger.

El ministro de Desregulación y
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger

Entre sus fundamentos, el proyecto señala: “Este sistema enfrenta hoy un permanente cuestionamiento, desafía a quienes han asumido las responsabilidades políticas y los compele en la tarea de relevar, revisar y evaluar la normativa vigente, con el objeto de acompañar un proceso de transformación de la sociedad con nuevos paradigmas basados en el reconocimiento de las libertades individuales en nuevos contextos”.

Como resultado de esta tarea se advierte la necesidad de eliminar toda legislación que no se condice con los tiempos que corren ya sea por su carácter obsoleto, inútil, o por haber sido superado por normativas posteriores, por tratarse de legislación sobre temas de escasa relevancia o trámites inútiles que generan o incrementan costos para los ciudadanos”, sostiene.Además, critica que “las corrientes ideológicas más intervencionistas, predominantes durante el siglo XX, revirtieron ese paradigma e impusieron la visión de que para la ‘adquisición’ de un derecho era necesaria una ley que otorgara ese derecho”.

”Obviamente, esto llevó a abusos y arbitrariedades. En consecuencia, esta sobrerregulación ha llevado a una situación en la que pareciera que ninguna actividad es posible sin un aval previo del Estado”, explica.

En lo estrictamente jurídico, el texto precisa que se instala una lógica en la que se presume que todo está prohibido, salvo lo que está expresamente permitido. Sin embargo, el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que “…ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”, desprendiéndose de los artículos 28 y 33 que para los individuos, todo está permitido, salvo lo expresamente prohibido.

Por este motivo, expresa el proyecto, que “debe regir un principio de máxima libertad y no de máximo control. En este traspasamiento de criterios tampoco faltaron normas dictadas con el solo objetivo de perseguir oponentes políticos o de controlar a la ciudadanía”.Asimismo, se resalta que muchas de las normas que se proponen derogar provienen de una “concepción militar”, que encuentra en “la sobrerregulación un orden que se busca como fin en sí mismo, aun cuando ello implica destruir la libertad, la actividad económica e incluso la vida misma”.

Sucede que en su mayoría fueron sancionadas durante gobiernos militares como el de Agustín Lanusse, Juan Carlos Onganía, Jorge Rafael Videla, Reynaldo Bignone, Edelmiro Farrell y José Uriburu. Pero también hay normativas creadas durante gestiones democráticas como la de Arturo Frondizi, Raúl Alfonsín, Arturo Illía, Cristina Fernández de Kirchner, Néstor Kirchner, Héctor Cámpora y Juan Domingo Perón.

Algunas de las leyes que
Algunas de las leyes que busca derogar el Ejecutivo y los gobiernos en que fueron sancionadas (Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado)

Desde la cartera conducida por Sturzenegger se sostiene que entre las leyes que el Gobierno quiere derogar “se busca fomentar actividades, como el cine, con acciones que implican cobrarle impuestos a esa actividad. En otras, como el teatro, se imponen prohibiciones que, lejos de proteger a la actividad, estorban y dificultan su adaptación”.

En otros, “se ofrecen beneficios a un grupo dentro de un sector, a costa de los demás participantes del mismo sector. En este marco, fue necesario repasar la normativa vigente en nuestro país desde 1864 a la fecha”.

Las claves de los cambios

El Ejecutivo mencionó las seis claves que se tomaron en consideración para derogar ciertas leyes:

  1. Leyes que fueron sustituidas y englobadas por otras más completas y modernas. Así, por ejemplo, no tiene sentido una ley sobre vacunación propia de la viruela, cuando posteriormente se dictó una ley de vacunación.
  2. Leyes que fueron superadas por la tecnología, el avance del conocimiento, de la economía o el paso del tiempo. Una de ellas es la ley que autoriza las emisiones de televisión a color cuando hoy vemos imágenes de video en nuestras redes sociales. Otras resultan ridículas vistas desde hoy, cómo utilizar la microfilmación para guardar documentos gubernamentales.
  3. Leyes que limitan la libertad individual. Por ejemplo, la ley que autoriza al Estado a supervisar y prohibir reuniones en lugares privados resulta una aberración frente a la Constitución Nacional. Aún continúa vigente una ley sancionada en 1951, que impone penas para los argentinos que propicien sanciones políticas o económicas contra el Estado, cuya única finalidad fue perseguir opositores, incluidos quienes hayan denunciado violaciones a los derechos humanos en nuestro país ante organismos internacionales.
  4. Leyes cuya derogación implica avanzar con el programa de desburocratización, eliminando organismos y normas sobre regulatorias, alivianando el presupuesto público, sin perder la eficiencia. Entre ellas, la ley que obliga que cualquier producto que tenga un mapa en su etiqueta debe ser aprobado por el Instituto de Cartografía oficial.
  5. Leyes que ya no tienen razón de ser, porque los organismos o instituciones responsables dejaron de existir en los hechos, pero las leyes que los crearon siguen vigentes, como el Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas, Ediciones Culturales Argentinas y el plan de aprovechamiento energético de las mareas, entre otras.
  6. Leyes que crean organismos para integrantes del Sector Público, solventados con recursos del Estado Nacional. Estos incluyen al Círculo de Legisladores y la Federación Argentina de Municipios. Se emancipa a estos entes con la eliminación del financiamiento por parte del Estado Nacional, sin perjuicio de que sigan funcionando, con recursos propios.

Las leyes que se van a derogar

Sturzenegger publicó en su cuenta de X algunas de las normativas que se pretenden derogar. Entre ellas se encuentran:

Leyes superadas o mejoradas por leyes posteriores

  • Ley N° 94 (1864). Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona. ¿Qué? Ley N° 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo.
  • Ley N° 16.789 (1965). El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto.
  • Ley N° 17.557 (1967). Versa sobre la instalación de equipos de rayos X (en los 60 los niveles de seguridad de los equipos eran menores). Hoy la instalación de equipos médicos cuenta con procedimientos más modernos estipulados en la ley N° 26.906.
  • Ley N° 20.400 (1973). Es un antecedente superado plenamente por la Ley de Trata 26.364, por lo cual en la actualidad no tiene aplicación.
  • Ley N° 20.843 (1974). Instaura la (medieval) figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna.
  • Ley N° 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias.

Leyes que limitan la libertad individual y que restringen el derecho de propiedad

  • Ley N° 94 (1864). Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona.
  • Ley N° 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo. Ley N° 16.789 (1965). El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto.
  • Ley N° 20.843 (1974). Instaura la figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna.
  • Ley N° 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias.
  • Ley N° 22.109 (1979). Esta norma sobre la vacunación de la viruela ha sido superada por la Ley N° 27.491 que establece el plan integral de vacunación y los mecanismos para lidiar con las enfermedades infectocontagiosas de manera integral.

Leyes obsoletas o sin efecto actual por el avance de la tecnología

  • Ley N° 448 (1870). En el mundo de las energías renovables seguimos premiando a quien descubra una mina de carbón.
  • Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento completamente obsoleta.
  • Ley N° 16.879 (1965). Concede una exención de impuestos en licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. No ha tenido uso práctico.
  • Ley N° 18.569 (1970), Ley N° 20.114 (1973) y Ley N° 23.756 (1989). Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en Ejército, la Armada y el Ejecutivo. Obsoleto.
  • Ley N° 19.648 (1972). Declara de interés nacional la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es “descarbonizar” la economía.

Leyes cuya derogación implica la eliminación de estructuras burocráticas y trámites

  • Ley N° 14.800 (1959). Obliga a quien demuela un teatro a construir en el mismo predio otro con características similares
  • Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción de hoteles para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación.
  • Ley N° 19.340 (1971). Esta ley obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. Trámite inútil e innecesario.
  • Ley N° 19.363 (1971). Establece un sorteo del INCAA entre asistentes al cine del que participa solo el 0,1 % de los espectadores. Los costos de organizar el sorteo, por burocracia, trámites, registros y escribanos, son superiores al premio que se sortea.
  • Ley N° 22.426 (1981). Esta ley obliga a que toda transferencia de tecnología o marcas sean aprobadas por el Estado.
  • Ley N° 26.688 (2011). Declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos.

Leyes sobre organismos financiados con fondos públicos nacionales que deberían autofinanciarse

  • Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina del que proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo de manera voluntaria, con sus propios fondos.
  • Ley N° 24.807 (1997). Esta ley crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Tesoro sino de los municipios que quieran participar del mismo.
Guardar