Empleadas domésticas: cuánto cobran en octubre 2024

La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) aguarda cerrar una nueva paritaria en los próximos días. Cómo quedan las escalas salariales

Las empleadas domésticas aguardan una nueva revisión salarial (Imagen Ilustrativa Infobae)

El personal de servicio doméstico mantendrán sus salarios sin cambios en octubre, a la espera de conseguir un nuevo acuerdo paritario que por ahora no fue definido. En detalle, las empleadas domésticas cobrarán sus honorarios en línea con los montos pactados para septiembre por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp).

El gremio espera una recomposición salarial del 12% para el próximo bimestre, un incremento que llevaría el salario de la quinta categoría mensual y sin retiro a $400.232 brutos.

En aquellos casos en los que la empleada realice tareas que correspondan a más de una categoría, como el cuidado de niños y la limpieza del hogar, tiene derecho a cobrar el salario correspondiente a la categoría mejor remunerada. Por ejemplo, si realiza tareas de asistencia y cuidado de personas, cuyo valor por hora es superior al de las tareas generales, debe cobrar según ese criterio

¿Cuánto cobrarán por hora las empleadas domésticas en octubre?

Los salarios por hora para las empleadas domésticas en las categorías más comunes se han distribuido según la siguiente escala:

  • Personal para tareas específicas: $3.280 por hora sin retiro y $2.992 con retiro.
  • Supervisores: $3.461 por hora sin retiro y $3.160 con retiro.
  • Caseros: $2.826 por hora.
  • Cuidado de personas: $3.160 por hora sin retiro y $2.826 con retiro.
  • Tareas generales: $2.826 por hora sin retiro y $2.620 con retiro.
El personal de servicio doméstico mantendrán sus salarios sin cambios en octubre (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los sueldos en octubre 2024, según la categoría

Los salarios mensuales para las diferentes categorías tampoco han sufrido modificaciones:

  • Personal para tareas específicas: $407.715 sin retiro y $366.265 con retiro.
  • Supervisores: $439.131 sin retiro y $394.234 con retiro.
  • Caseros: $357.350.
  • Cuidado de personas: $398.229 sin retiro y $357.350 con retiro.
  • Tareas generales: $357.350 sin retiro y $321.361 con retiro.

Además de los montos básicos, se deben considerar ciertos adicionales, como el 1% por cada año trabajado con el mismo empleador por antigüedad y un 30% adicional por zona desfavorable . Esto última aplica al personal que trabaja en regiones como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Patagones de Buenos Aires .

Por otro lado, la normativa vigente precisa que si el trabajador realiza tareas incluidas en más de una categoría, se le asignará el salario correspondiente a la categoría principal que desempeñe con mayor frecuencia.

Tareas en más de una categoría

En aquellos casos en los que la empleada realice tareas que correspondan a más de una categoría, como el cuidado de niños y la limpieza del hogar, tiene derecho a cobrar el salario correspondiente a la categoría mejor remunerada. Por ejemplo, si realiza tareas de asistencia y cuidado de personas, cuyo valor por hora es superior al de las tareas generales, debe cobrar según ese criterio.

La inscripción de empleadas domésticas en AFIP requiere el número CUIL y otros datos (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cómo inscribir a una empleada doméstica en AFIP

Para formalizar la inscripción y alta laboral de una empleada doméstica, el empleador debe proporcionar ciertos datos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) . Los requisitos incluyen:

  • Número de CUIL
  • Nombre y apellido
  • Fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Obra social : Si el trabajador no cuenta con una, se le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares.
  • Estado jubilatorio
  • CBU: en caso de que esté bancarizada.
  • Número telefónico
  • Correo electrónico

El proceso de inscripción puede anularse hasta las 23:59 del mismo día de registro. Pasado este período, la anulación debe realizarse de forma presencial en cualquier oficina de la AFIP.

Finalmente, las empleadas domésticas que trabajan 24 o más horas semanales para un mismo empleador deben recibir su salario según la modalidad mensual, y las que trabajan menos de 24 horas semanales, según la modalidad por hora, de acuerdo con la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico).

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