El Gobierno argentino sufrió una nueva derrota judicial en su disputa por la deuda en default de 2001. La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York rechazó la apelación de Argentina y confirmó el fallo de primera instancia que autoriza el embargo de activos soberanos por un monto de USD 420 millones. Estos activos corresponden a bonos del Tesoro de Estados Unidos que Argentina había utilizado como colateral para los bonos Brady.
“Estos fondos son remanentes de los holdouts. Como no cobraban, en 2021 los acreedores empezaron un proceso de búsqueda de activos para embargar. Ese año, la juez Loretta Preska autorizó el embargo y Argentina apeló”, explicó el analista financiero, Sebastián Maril.
Según Maril, a principios de este año se reveló que los activos embargados eran bonos del Tesoro estadounidense que se usaron como garantía para los bonos Brady emitidos por la Argentina en la década de 1980. “Esos bonos no se podían tocar. Una vez vencidos, los que sobraron regresaron a la Argentina. El 31 de marzo de 2023 vencieron definitivamente, y estoy convencido de que el entonces presidente Alberto Fernández los repatrió para protegerlos”, comentó.
Cabe recordar, que el 10 de marzo de 1989, Nicholas Brady, secretario del Tesoro de EEUU, lanzó una iniciativa para rescatar a los países emergentes del default de la década del 80, cuyos acreedores eran los bancos comerciales y pasaron a ser cientos de miles de bonistas en todo el mundo. La Argentina se sumó a este plan el 6 de diciembre de 1992 y cuatro meses más tarde se realizó el canje de la deuda bancaria por los nuevos títulos de deuda pública.
Qué dice el fallo
La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York formuló la siguiente declaración:
“Afirmamos las órdenes de embargo del tribunal de distrito porque los intereses revertidos de Argentina no están protegidos por la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras. Argentina utilizó esos intereses en actividades comerciales en los Estados Unidos, lo que los hace susceptibles de embargo. Y el argumento de Argentina de que sus activos embargados no pueden ser entregados según la ley de Nueva York carece de fundamento, por lo que también afirmamos la orden de entrega. Finalmente, las razones para mantener este caso bajo secreto ya no son convincentes, por lo que ordenamos a las partes que vuelvan a presentar sus escritos y apéndices dentro de los próximos treinta días con reducciones limitadas que cumplan con las órdenes de esta Corte”.
“Afirmamos las órdenes del tribunal de distrito, negamos la moción para complementar el expediente y concedemos la moción para limitar el alcance del secreto”.
Cuál será el impacto
Para Maril, el resultado judicial no tendrá impacto alguno en los inversores locales, pero sí moverá la aguja en el balance del Banco Central, porque los bonos del Tesoro hoy serían parte del BCRA.
Por supuesto, si la Argentina no cumple, Preska va a declarar “en desacato” a la República Argentina. “Hay que ver cuál es el pedido que realizan estos fondos con respecto al fallo y ver qué medidas van a tomar. Van a pedir que el Gobierno entregue el activo o que pague. Si Argentina no cumple, entra en desacato con la Corte. La última vez que esto pasó fue en 2014 con Cristina Fernández de Kirchner y Kicillof y no nos fue bien con el juez Thomas Griesa”, recordó Sebastián Maril.
Para el experto, Argentina debería dejar de postergar el pago de las deudas.. “Estamos hablando de USD 400 millones de dólares. Hay otros casos más chicos que Argentina tampoco está pagando. Javier Milei ha mostrado capacidad de pegar un volantazo económico, político y social, pero no ha mostrado capacidad de cambiar esto”, opinó.