La oposición insiste con el cambio de la movilidad jubilatoria: por qué afirman que tiene menos costo fiscal que la vigente

El oficialismo se opone a la iniciativa aprobada en Diputados que estipula una recomposición de los haberes, alegando un fuerte aumento en el gasto público para 2024 y 2025. No obstante, el DNU del Ejecutivo podría generar juicios contra la ANSES

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El proyecto con media sanción en la Cámara Baja, que fue aprobado con 162 votos a favor y 72 en contra (Pixabay)
El proyecto con media sanción en la Cámara Baja, que fue aprobado con 162 votos a favor y 72 en contra (Pixabay)

Luego de su aprobación en Diputados, el Senado retomó el debate por una nueva fórmula de movilidad jubilatoria y se espera que se obtenga dictamen esta semana. El oficialismo rechaza el proyecto por el costo fiscal extra que implica. Sin embargo, según la oposición este permitiría un ahorro en cuanto a juicios por la debilidad jurídica que tiene el DNU del Gobierno.

Sucede que mediante un decreto, el Ejecutivo estableció una nueva fórmula a aplicarse a partir de abril del 2024. Esta se basa en una actualización mensual que se ajusta por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con dos meses de rezago.

De acuerdo al IERAL, esta normativa tiene puntos que generan un terreno fértil para el inicio de juicios contra la ANSES.

En primer lugar, la constitución estipula que la responsabilidad de determinar la movilidad es del Congreso. Además, como la nueva fórmula comenzó a aplicarse en abril, las jubilaciones se actualizaron con la inflación de febrero y a pesar de que se estableció una recomposición del 12,5% por única vez, solo se cubrió parcialmente el IPC de enero que fue del 20,5%.

Asimismo, el IERAL explica que “la movilidad también se utiliza para calcular el haber inicial al actualizar las remuneraciones de los últimos 10 años. Sin embargo, el DNU no incluyó esta función, lo que generó otra inconsistencia: para la actualización de las remuneraciones con el fin de calcular el haber inicial, se sigue utilizando la fórmula antigua”.

De qué se trata el proyecto del Congreso

En tanto, el proyecto con media sanción en la Cámara Baja, que fue aprobado con 162 votos a favor y 72 en contra, propone una actualización mensual en base al último dato disponible IPC e incluye una compensación extra del un 8,1%, en compensación por lo perdido en enero.

Se le otorga a quienes cobran un solo beneficio previsional la “garantía del haber mínimo”. Esto es, que los haberes sean de al menos el 1,09 de la Canasta Básica Total (CBT).

El proyecto del Congreso instruye a la ANSES a cancelar deudas con provincias y beneficiarios con sentencia firme a su favor (Fotos: Mario Mosca /Comunicación Senado).-
El proyecto del Congreso instruye a la ANSES a cancelar deudas con provincias y beneficiarios con sentencia firme a su favor (Fotos: Mario Mosca /Comunicación Senado).-

A su vez, la oposición incluyó de forma anual un adicional del 50% de la variación entre el RIPTE (promedio de los salarios) y el IPC para habilitar la posibilidad de mejorar las jubilaciones en contextos de crecimiento económico. Así, el IPC no se convertirá en un techo para los haberes.

También, se instruye a la ANSES a cancelar deudas con provincias y beneficiarios con sentencia firme a su favor.

Cómo impacta en las cuentas públicas

Para el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, esto significaría que “el Estado no tenga superávit”, un innegociable del Gobierno.

El funcionario enfatizó que sumado todo lo del proyecto para 2024 y 2025, las cuentas públicas “cerrarían con un déficit sustantivo, con un punto de gasto adicional del PBI para este año y 1,2% para el próximo”.

Según el IARAF, los jubilados soportaron el 29% del ajuste del gasto público durante el primer semestre

El IERAL precisó en su informe: “El principal factor expansivo del gasto derivado del proyecto es la aplicación del aumento adicional, ya que implica el reconocimiento pleno de la inflación de enero en la actualización de los haberes a todos los beneficiarios. Con menor incidencia aparece la garantía de que el haber de los que cobran un único beneficio no puede ser menor a 1,09 veces la CBT”.

“En el caso del incremento compensatorio en función del crecimiento del salario real recién podría llegar a tener impacto dentro de dos años, ya que en el 2025 no corresponderá aplicar aumentos, debido a que en el 2024 es muy probable que los salarios tengan variación negativa. De todas formas, si los salarios crecen por encima de la inflación se espera que la recaudación previsional crezca también en términos reales por lo que compensaría el ajuste por salario real”, agregó.

Pero por otro lado, desde el instituto aseguran: “El proyecto reduce las probabilidades de juicios y, por esta vía, tiene un impacto positivo sobre la sostenibilidad fiscal. Si bien la iniciativa obliga a aplicar aumentos en los haberes, simultáneamente reduce gastos futuros porque baja las oportunidades de juicios contra la ANSES”. Y detallan que los juicios operan como un pasivo que erosiona la solvencia de las finanzas públicas.

Cabe destacar que el organismo ya tiene una carga importante en cuanto a litigios: en 2023 la Corte Suprema contabilizó algo más de 253.000 juicios en trámite, de los cuales casi 83.000 eran sentencias firmes pendientes de pago.

Por otra parte, señalaron que si bien obliga a un incremento del gasto, puede ser compensado a través de un decreto simple que focalice mejor el bono de $70.000 que se viene otorgando a jubilados y pensionados de la mínima. Este equivale a aproximadamente el 14% de la masa previsional total.

“De esta manera, el proyecto permite consolidar un nivel de gasto previsional que, en la perspectiva histórica y la comparación internacional, aparece como mas sostenible. Esto facilitará el camino hacia una futura reforma integral que, junto con la dinamización del empleo de calidad, son los eslabones imprescindibles para recomponer la equidad y solidez financiera del sistema previsional”, afirman.

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