El equipo de Allende & Brea logró registrar una sociedad con capital integrado en parte por criptomonedas (en el caso BTC y USDC), Se trata del primer caso con estas características en Argentina y en América Latina.
En detalle, uno de los socios destinó 0.00457621 bitcoins (BTC) y 195 USDC (stablecoin) a la conformación del capital inicial. Las monedas digitales fueron transferidas desde una billetera virtual personal del socio (Lemon Cash) y la billetera de la empresa (Ripio) registrada como “sociedad en formación”.
Pablo Palazzi, socio de Allende y Brea, explicó a Infobae que cuando se aportan bienes en especie, como terrenos o inmuebles, es necesario realizar una valoración de dichos bienes mediante un estudio contable y luego transferirlos a la sociedad. No obstante, al tratarse de criptomonedas, el procedimiento fue diferente: abrieron dos billeteras digitales, una personal en Lemon y otra para la sociedad en Ripio, y realizaron la transferencia del capital a través de éstas.
“La valuación de criptoactivos se publica en tiempo real, nunca cierra a diferencia de las acciones. En este proceso, contactamos a ambas plataformas y obtuvimos una especie de ‘certificados de valuación’ de las criptomonedas en el momento del aporte. Es esencial que estos activos sean embargables, ya que es un requisito establecido por la Ley General de Sociedades (LGS)”, destacó el especialista.
Para asegurar la transparencia y cumplir con los requisitos legales, el experto explicó que contaron con la colaboración de un contador y un notario. “El contador certificó el valor de las criptomonedas en el momento de la transferencia, basándose en los datos de la página de Ripio, mientras que el notario verificó la existencia de la cuenta y la transferencia en sí”, explicó el experto en derecho y tecnología a Diario Judicial.
El acta elaborada por el escribano señala: “...fijan el capital de la Sociedad en la suma de quinientos cincuenta mil pesos ($550.000) representado por cincuenta y cinco mil (55.000) cuotas de diez pesos ($10) pesos a valor nominal y un (1) voto cada una, de las cuales son totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: .... suscribe un total de cuarenta y nueve mil cien (49.100) cuotas de diez ($10) pesos valor nominal cada una, y .... suscribe un total de cinco mil novecientos (5.900) cuotas de diez pesos ($10) valor nominal cada una, integrando en el acto ambos socios el total capital social, en proporción a sus respectivas suscripciones. Que en virtud de la integración del socio .... consiste, en parte, en el aporte en especie de criptomonedas según el siguiente detalle: la suma de 0.00457621 bitcoins (BTC) y la suma de 195 USD coins”.
Al momento de la publicación de este artículo, la unidad de bitcoin cotizaba a USD 66.106, por lo que el aporte realizado en esa criptomoneda equivale a un valor de USD 302,5. Por su parte el USDC, una stablecoin que sigue el valor del dólar, cotiza en $0.999976, por lo que los 195 USD coins equivalen a USD 194,99. En total, entonces, el socio aportó USD 497,49 en monedas digitales, lo que suma un total de $470.625, tomando en consideración la cotización oficial del dólar.
“Es muy positivo para la Argentina tener una Inspección General de Justicia con asesores, autoridades y un Inspector como el Dr. Daniel Roque Vitolo que están a la altura de los desarrollos tecnológicos actuales y facilitan el uso de los mismos mediante normativas innovadoras que son pioneras en América Latina y en el mundo”, expresó Pablo Palazzi en las redes sociales.
Por su parte, Delfina Hermansson, Legal Manager en Lemon, opinó que la incorporación de criptoactivos como forma de acreditar la integración de aportes de capital en la normativa de la IGJ representa una actualización significativa del derecho societario argentino.
“Esta medida no solo impulsa el desarrollo del ecosistema cripto al introducir un nuevo sistema de adopción, sino que también fomenta un ambiente seguro y confiable para la inversión y operación con activos digitales”, consideró.
A partir del dictado de la Ley 27.739, los Registros de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) “tienen un rol fundamental en el sistema de prevención de lavado de activos. Ahora, con la modificación introducida por IGJ, también se constituyen en un medio para garantizar la intangibilidad del capital social”.
“Desde Lemon, en calidad de PSAV registrados ante la CNV, desempeñamos el papel de validadores ante la IGJ, certificando la titularidad y adquisición de los activos virtuales aportados. Este hito marca un precedente en Argentina. Tener reglas claras es un paso necesario para lograr ciertos estándares o pautas que posibiliten la interoperabilidad del ecosistema cripto con el sistema financiero y otras instituciones tradicionales“, subrayó Hermansson.