
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Regularización de Activos, más conocido como blanqueo, incluido en el paquete fiscal aprobado por Congreso, mediante la Resolución General Nº 5528 publicada hoy en el Boletín Oficial.
El régimen dirige tanto a los residentes como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.
La manifestación de adhesión al régimen podrá efectuarse desde mañana jueves 18 de julio, y hasta el 31 de marzo de 2025.
Cabe destacar que con el blanqueo es posible regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se realizan determinadas inversiones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier tipo de bienes o tenencias por un valor de hasta USD 100.000.
El régimen tiene tres etapas y cuanto antes se ingrese, menor será la alícuota:
- Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de USD 100.000
- Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
- Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.
El procedimiento consiste en, primero, se manifestar la adhesión. Por ejemplo, para la primera etapa la manifestación de la adhesión es hasta el 30 de septiembre, y el pago anticipado del 75% si corresponde impuesto. Y después, hasta en la primera etapa, hasta el 30 de noviembre, se presenta la declaración jurada. Esa declaración jurada recién va a estar disponible después del cierre de cada etapa de adhesión.
Según detallaron desde SDC Asesores Tributarios, el formulario de Declaración Jurada estará disponible a partir de las siguientes fechas, según cada etapa:
- Etapa 1: 7 de octubre de 2024
- Etapa 2: 2 de enero de 2025
- Etapa 3: 1 de abril de 2025
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que exime al contribuyente de presentar la declaración jurada hasta 2028 y le otorga estabilidad fiscal, es decir, no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio.
“Para facilitar la exteriorización, se ha previsto que se manifieste la adhesión al régimen abonando el 75% del impuesto que corresponde según los bienes a incluir, y luego (hay un mes adicional después de cada etapa) el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25% restante”, indicó la AFIP.
Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos que tenía el contribuyente al 31 de diciembre de 2023, lo cual se debe en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.
Al respecto, el tributarista Sebastián Domínguez señaló que la Resolución General no indica expresamente qué requisitos deben cumplirse para acreditar la titularidad, posesión, tenencia o guarda sino que remite a la pautas que se establecerán a través del micrositio “Nuevo Pacto Fiscal”.
En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, el mismo deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y mientras se mantengan en la misma no pagarán el impuesto. Sin embargo, los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán. El dinero en efectivo debe regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.
En tanto, si se detectan bienes que no fueron exteriorizados, se le va a privar al contribuyente de los beneficios del blanqueo únicamente para ese bien.
Otros beneficios
● Es la última oportunidad hasta 2038. La ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes establece que quienes adhieran al blanqueo no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.
● Se libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
● Extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados.
● No se aplicarán las presunciones del incremento patrimonial no justificado
Por su parte, para los contribuyentes cumplidores la normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.
Cómo realizar el trámite
La adhesión al blanqueo deberá realizarse a través del servicio de la página web de AFIP “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743″, mediante el formulario de adhesión F. 3320.
El formulario de declaración jurada del blanqueo es el F. 3321 y se presentará a través del servicio “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743″, accediendo a la opción “Manifestación de Adhesión”, accediendo a la opción “Declaración Jurada – Régimen de Regularización de Activos” hasta la fecha límite para hacerlo.
Últimas Noticias
El Gobierno busca recaudar USD 2.000 millones con las privatizaciones y suma un nuevo bono en dólares para pagar deuda
Fuentes del círculo del ministro Luis Caputo aseguraron a Infobae que esperan los ingresos por venta de activos en el segundo semestre. Además, se llevará a cabo otra colocación de bonos en dólares
El Gobierno tiene listo el decreto que bajará las retenciones a la exportación de autos: cómo será y qué podría frenarlo
La cartera económica ya se lo informó a las empresas, pero la decisión final se tomará en las próximas semanas. Cuál es el plan oficial y qué pasará en 2027

Doce empresas del Estado siguen siendo deficitarias: cuáles son y cuánto le costaron al Gobierno en 2025
Pese a que el conjunto de las 32 compañías estatales logró un saldo positivo de más de $900.000 millones en 2025, el déficit de 12 firmas —lideradas por el sector ferroviario— sigue presionando las arcas públicas
Figueroa apuesta al auge de Vaca Muerta: el plan de obras para Neuquén, la reducción de la deuda y el desafío migratorio
El gobernador neuquino aseguró que la provincia ya siente el impacto del desarrollo petrolero y que el principal desafío ahora es acompañar ese crecimiento con infraestructura, empleo y equilibrio social

Fondo de Asistencia Laboral: qué pasa con la reglamentación y cuáles son las dudas de los agentes financieros
Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores (CNV) se reunieron con representantes de fondos comunes de inversión y agentes para avanzar en la letra chica. Los criterios para la composición de carteras y la operatoria para transferirlos



