El Gobierno reglamentó el adelanto de Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria

El presidente Javier Milei rubricó el decreto 608 que reglamenta la regularización de activos, de obligaciones tributarias y la posibilidad de ahorrar en Bienes Personales adelantando pagos

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Esta mañana el Gobierno reglamentó parte del Paquete Fiscal (Imagen Ilustrativa Infobae)
Esta mañana el Gobierno reglamentó parte del Paquete Fiscal (Imagen Ilustrativa Infobae)

Luego de promulgar la ley la semana pasada, el Gobierno publicó esta noche la reglamentación de parte de la norma las “Medidas fiscales paliativas y relevantes”, más conocido como el paquete fiscal.

Mediante el Decreto 608, el presidente Javier Milei reglamentó la rebaja en Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar sus obligaciones. Los contribuyentes que se encuentren en mora con estas obligaciones pueden adherirse al régimen para obtener ciertos beneficios, como la condonación de intereses y multas, y planes de pago.

¿Qué incluye el Decreto 608?

El decreto contempla la creación de tres regímenes principales:

Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social:

  • Quiénes pueden adherirse: Contribuyentes y responsables solidarios con deudas fiscales, aduaneras o de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024.
  • Plazo: El plazo para adherirse es de 150 días a partir de la publicación de las reglamentaciones.

Beneficios:

  • Condonación de intereses y multas: El monto depende de la fecha de adhesión y del medio de pago elegido.
  • Planes de pago: Posibilidad de pagar en cuotas de hasta 84 meses.
  • Condonación de multas: Se condonan todas las multas por infracciones formales cometidas antes del 31 de marzo de 2024.
  • Condonación de intereses de determinados impuestos: Se condonan los intereses de impuestos pagados antes del 31 de marzo de 2024.
  • Reducción de honorarios profesionales: Los honorarios de asesores fiscales se reducen en un 50% para deudas en discusión.
  • No reposición de beneficios fiscales: Los contribuyentes no podrán reponer beneficios fiscales perdidos.
    Es importante destacar que los contribuyentes que se adhieran al régimen renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados.

Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior:

  • Quiénes pueden adherirse: Contribuyentes residentes y no residentes con activos en el exterior no declarados.
  • Plazo: Hasta el 30 de abril de 2025, con posibilidad de extensión hasta el 31 de julio de 2025.
  • Procedimiento: Los contribuyentes deben manifestar su adhesión al régimen, presentar una declaración jurada especial y pagar un impuesto especial del 15% sobre el valor de los activos regularizados. Este impuesto puede pagarse en cuotas de hasta 5 años.

Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP):

  • Este régimen se enfoca en la reglamentación específica para el pago y regularización del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Impacto de las Medidas

El paquete fiscal reglamentado por el Decreto 608 busca aliviar la carga tributaria de los contribuyentes en mora, incentivando la regularización de activos tanto dentro como fuera del país. La condonación de intereses y multas, junto con la posibilidad de pagar en cuotas, representa una oportunidad significativa para aquellos con deudas pendientes.

Estas medidas reflejan la intención del Gobierno de Javier Milei con la recuperación económica y la regularización fiscal, ofreciendo una salida a quienes deseen normalizar su situación impositiva y aduanera.

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