La Justicia británica falló hoy en contra de la Argentina en el juicio de USD 1.500 millones en el caso por la manipulación del PBI en el gobierno de Cristina Kirchner.
Se trata de un fallo de segunda instancia, adoptado por los magistrados Sara Falk, Martin Lewison y Andrew Popplewell, por lo cual solo le queda el camino de intentar apelar ante la Corte Suprema de ese país. Los jueces desestimaron “el recurso de casación”.
En el fallo indicaron que “las divergencias quedaron ilustradas por dos series de cifras en las que se basaron los demandantes: el cambio de base de las cifras del PIB real de la serie de 1993 a la serie de 2004, si se aplica al PIB de 2008, habría cambiado una cifra de crecimiento anual del 6,76% en la serie de 1993 a una del 3,10% en la serie de 2004, una diferencia del 3,66%”.
Además, afirmaron que “si se midiera el PIB real de 1950 a 1962, el crecimiento medio anual durante el periodo sería del 1,46% en la serie de 1950, pero del 2,92% en la de 1960. La diferencia para 1956 estaría entre menos 0,18% de crecimiento (serie de 1950) y 2,78% de crecimiento (serie de 1960). En 1958, el crecimiento sería del 2,68% en la serie de 1950 y del 6,10% en la de 1960″.
“También conviene subrayar que el «verdadero» PIB no existe como concepto del mundo real, porque el PIB puede medirse legítimamente de diversas formas, y todo el PIB real, tal y como se publica, no es más que una estimación que varía en función de las elecciones y juicios de valor sobre qué año de precio base aplicar, y para qué años, y el alcance del precio del año base aplicado a cualquier año dado. El PIB publicado también depende de la diligencia y eficacia (y buena fe) del proceso de recogida de datos y aplicación de la metodología, que nunca será perfecto”, sentenciaron.
La historia del cambio
“El INDEC publicó las estadísticas de recálculo del PIB para cada uno de los años 2004 a 2012 en 2004 junto con los detalles de la metodología para el recálculo. Tras la publicación en marzo de 2014 de los datos «preliminares» del PIB en el cálculo 2004, en junio y septiembre de 2014 se realizaron nuevas publicaciones de datos «provisorios» y «provisionales», como era habitual en la República, tras el exceso. Según estos datos, el crecimiento del PIB en 2013 en el 2004 fue del 2,93%”.
Luego, los jueces recordaron que “el 11 de diciembre de 2014, el Ministerio de Economía determinó que no se debía ningún pago en virtud de los Valores para el Año de Referencia 2013, formalizado en un memorando emitido por la Oficina de Crédito Público en el que se afirmaba que la República había adoptado un ajuste «único» del PIB de Caso Base”.
“Esto dio lugar a una tasa de crecimiento del PIB de Caso Base del 3,22% para 2013, que fue superior a la tasa de crecimiento del PIB Real Real para el año del 2,93%. El 15 de diciembre de 2014, la República anunció que no se realizaría ningún pago en virtud de los Valores. En 2016 se realizaron nuevas revisiones del PIB de 2013 en el YOBP de 2004, reduciendo la tasa de crecimiento al 2,3%”, detallaron.
Finalmente, agregaron que “una vez que el INDEC adoptó el nuevo año base, dejó de medir o publicar datos del PIB en 1993 como base, siguiendo lo que el Juez describió como práctica internacional estándar. No publicó cifras del PIB del cuarto trimestre de 2013 aunque estaban disponibles, ni ninguna cifra del PIB de todo el año 2013 con base en 1993. El último año completo para el que el INDEC publicó el PIB en base1993 fue 2012″.
El experto en deuda Sebastián Maril dijo a Infobae que “en el fallo casi no dice casi nada de la manipulación del INDEC, que es vulgarmente;; este caso nunca fue sobre la manipulación del INDEC, fue sobre la interpretación del prospecto del cupón PBI”.
El experto Sebastián Soler indico que “los demandantes alegaron, en cambio, que el texto de la cláusula contractual pertinente incluida en los cupones en 2004 requiere que, hasta que venzan los cupones en 2035, se siga contrastando contra un caso base que refleja cómo se medía la economía en 1993″
!La Cámara reconoce que no tiene dudas que las “consecuencias económicas y comerciales” del método utilizado por Argentina “pueden ser consideradas en numerosos aspectos preferibles” al postulado por los demandantes, pero dice que el texto de la cláusula les da la razón a éstos”, indicó.
Cabe recordar que el kirchnerismo incluyó el cupón del PBI en el canje de la deuda de 2005 para lograr una mayor adhesión, pero los inversores no le reconocieron un valor importante; además, con la alteración de la base de cálculo del PBI en la gestión ministerial de Axel Kicillof se modificó este parámetro y esa decisión generó estos juicios en el exterior por parte de fondos de inversión que se sintieron perjudicados al no haber cobrado ese cupón.
“La Argentina realizó ciertos cambios en la forma de calcular el crecimiento de la economía e interpretó que tenía derecho contractual según el prospecto a hacer esos cambios; los demandantes dicen que no, que la interpretación es incorrecta, todos los jueces, de Estados Unidos y de Inglaterra dicen que están de acuerdo que el prospecto es muy ambiguo en términos de su interpretación, pero por ahora los jueces han fallado a favor de los demandantes en la interpretación de esas lecturas de las cláusulas del prospecto”, detalló el experto.
La estrategia legal argentina nunca ha dado sus frutos, siempre hemos perdido estos casos y seguir apelando es tirar dinero porque realmente hemos juntado intereses, costos legales y hemos conseguido muchas derrotas en estas cortes (Maril)
Además, consideró que “la estrategia legal argentina nunca ha dado sus frutos, siempre hemos perdido estos casos y seguir apelando es tirar dinero porque realmente hemos juntado intereses, costos legales y hemos conseguido muchas derrotas en estas cortes”.
“La Argentina debe sentarse a hablar con todos los Judgement Creators, no solamente lo de los Warrants si no también lo de Cupón PBI, YPF, Aerolíneas Argentinas; tenemos muchos casos abiertos que debemos prestar atención y no le estamos prestando atención. Es hora de cambiar la estrategia legal, el Presidente Milley no puede seguir adoptando la misma estrategia legal que sus antecesores, debemos cambiarla”, indicó Maril.
El primer fallo contra la Argentina
El experto recordó que en 2023 “hubo un fallo en contra de Argentina por 1.300 millones de euros y Argentina pidió apelar ese fallo; el mismo juez Simon Picken se lo rechazó, pero la Argentina acudió a esta nueva instancia que es la corte de operaciones británica; esto fue el 29 de septiembre pasado y ahora la corte aceptó escuchar el pedido. Así que la Argentina presentará una serie de escritos, pero el fallo continuará suspendido”.
“Lo que había decidido el año pasado el juez Picken, es hacerle pagar a Argentina 1.300 millones de euros por los intereses que Argentina debía pagar por el año referencia (2013), y obligó a Argentina a continuar publicando la serie vieja del PBI la de 1993. Además, obligar a pagar a todos los beneficiarios de los cupones, si es con la serie vieja, los años siguientes se activaba el pago”, recordó Maril en diálogo con Infobae.
Picken ordenó el pago a cuatro hedge funds que reclamaron valores denominados en euros vinculados al producto interno bruto (PBI) de Argentina en 2013, los “cupones PBI”.
Se trata de los fondos Palladian Partners, HBK Master Fund, Hirsh Group y Virtual Emerald International Limited, que demandaron al país.