En medio de un marcado desinterés de los bancos por la nueva herramienta, el plazo fijo electrónico (transferible y divisible) no llegará a ver la luz el próximo 30 de abril tal como prevé la normativa del Banco Central. Si bien el BCRA flexibilizó su instrumentación y volvió optativo para los bancos ofrecerlo al público, dos razones debilitan su llegada al mercado: hay muchas dudas sobre el impacto impositivo de sus ambiciosas funcionalidades y, por otra parte, las entidades no esperan que ni las personas físicas ni las empresas lo demanden con intensidad, al menos por el momento.
Una recorrida de consultas de Infobae por los principales bancos del sistema, tanto públicos como privados, arrojó una respuesta casi unánime: los bancos cumplirán la normativa del Central que los obliga a aceptar un CEDIP (certificado electrónico para depósitos e inversiones a plazo) de un cliente y gestionar su cobro y depósito pero, al mismo tiempo, ningún banco del sistema planea, por ahora, ofrecer su emisión.
Si se cumple ese escenario, se llegará a la paradoja que todos los bancos estarán en condiciones técnicas de recibir un plazo fijo electrónico pero eso no será posible porque ninguna entidad tomó la decisión comercial de emitirlo. Ni siquiera en el Banco Nación planean ofrecerlo al público, al menos en el corto plazo.
El principal escollo que los bancos ven en el CEDIP pasa por la necesidad de alguna resolución de la AFIP para determinar su tratamiento impositivo: ¿es un instrumento de inversión o un medio de pago?
Hasta que algún banco no decida emitir el primer CEDIP, desde luego, no podrá saber si su aceptación funciona. Pero la implementación, en términos tecnológicos, no parece ser un problema. Hubo un pedido al BCRA de atrasar desde el 30 de abril hasta el 13 de mayo porque, según explican en los bancos, no es conveniente lanzar un producto nuevo en el comienzo del mes, en que el sistema está más cargado de operaciones.
Está previsto que el CEDIP funciones con una red tecnológica similar a la del cheque electrónico, cuyo uso sigue creciendo. En Coelsa, la empresa a cargo de la compensación electrónica tanto del e-cheq como del nuevo plazo fijo electrónico, aseguran que casi todos los bancos ya cumplieron con la homologación necesaria para que el CEDIP funcione sin problemas. Cuando algún banco decida emitirlos, el sistema estará listo para procesarlos.
Qué es el CEDIP y cómo funciona
El plazo fijo electrónico o CEDIP fue creado por una norma de enero de 2023 en la gestión anterior, con fecha de lanzamiento para julio del año pasado, que luego fue pospuesta. El BCRA había dispuesto que los bancos tengan la obligación de ofrecerlo: de esa forma, cada vez que un cliente hacía un plazo fijo en su homebanking o su app móvil, podía transformarlo en un CEDIP.
Ese nuevo instrumento traía funcionalidades que podían convertir un instrumento de inversión, como es un plazo fijo, en un medio de pago e incluso de financiación. El CEDIP es un plazo fijo que puede transferirse para cancelar obligaciones, comerciales o entre particulares, e incluso negociarse en el mercado de valores. También puede fraccionarse, lo que permitiría usar un monto menor al total para hacer un pago y conservar el resto en las condiciones originales. Y, a la manera de un cheque, puede a su vencimiento cobrarse en ventanilla, endosarse o bien depositarse en cualquier cuenta.
La actual gestión del BCRA a cargo de Santiago Bausili decidió no volver a aplicar prórrogas y fijar la puesta en marcha definitiva para el 30 de abril. Pero a la vez quitó la obligatoriedad para los bancos y volvió optativa la emisión; únicamente es obligatorio aceptarlos. Y los bancos no se ven atraídos por el instrumento.
En las entidades explican que hoy, el plazo fijo ya es transferible. A su vencimiento, cualquier certificado de un depósito a plazo puede ser depositado en una cuenta diferente a la de su dueño. Pero nadie utiliza esa función.
También hay un bache en cuanto al rendimiento. Un plazo fijo por el mismo monto puede rendir tasas diferentes si se trata de una persona física o jurídica. ¿Qué pasa si un particular le transfiere una parte o todo su plazo fijo a una empresa, o viceversa? ¿Qué tasa de interés se aplica?
Pero el principal escollo pasa por la necesidad de alguna resolución de la AFIP que nunca llegó para determinar el tratamiento impositivo del nuevo instrumento a lo largo de todas sus funcionalidades. En concreto: no está claro si el CEDIP va a pagar el impuesto al cheque, como cualquier medio de pago, o va a estar eximido de hacerlo, como corresponde a un instrumento de inversión. Lo mismo podría extenderse a otros tributos.