Quiénes ganan y quiénes pierden con el proyecto oficial para reformar Ganancias, según un estudio privado

Un centro especializado en cuestiones fiscales repasó los cambios que propone la iniciativa y analizó el impacto de las modificaciones sobre algunos ejemplos puntuales

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La reforma propone un ajuste del 200% en las deducciones personales. (Télam)
La reforma propone un ajuste del 200% en las deducciones personales. (Télam)

El Poder Ejecutivo Nacional envió, en el marco del “paquete fiscal” junto con el proyecto de ley Ómnibus, un nuevo proyecto de modificación del impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, con el objetivo de dejar sin efecto la reforma aprobada a finales del año 2023.

Desde el Instituto Argentino de Análisis Fiscal examinaron la iniciativa en detalle y le dieron respuesta a tres grandes incógnitas: quién gana, quién pierde y cuáles son los principales cambios.

Fin a las “deducciones especiales”

En primer lugar, sostiene el informe, el proyecto pone fin a la existencia de deducciones especiales relacionadas a los niveles de ingresos y regresa al sistema lógico, que es el que se aplica en todo el mundo, de mínimos y deducciones generales iguales para todos los contribuyentes que cumplen con los requisitos para su goce y que, por obvias razones, impactan con mayor fuerza en los contribuyentes de menores niveles de ingreso, excluyendo a muchos de ellos del impuesto y reduciendo la alícuota efectiva del resto, logrando así la progresividad del impuesto sin disposiciones arbitrarias que generan situaciones inequitativas y dificultan el cálculo del impuesto.

Los empleados solteros comenzarán a tributar el impuesto para ingresos netos mensuales promedio de aproximadamente $1.420.000, o sea un ingreso bruto mensual en torno a los $1.780.000

“Adicionalmente, se establecen dos modificaciones tendientes a reducir la fuerte presión tributaria que el inadecuado ajuste de los parámetros de cálculo del tributo en relación al fenómeno inflacionario, había generado para quienes quedaban alcanzados por el mismo”, señalaron.

Por un lado, se ajustan las deducciones personales, incrementándolas en un porcentaje cercano al 200% respecto a los valores que estaban vigentes para el año 2024. “Esto implica que los empleados solteros comenzarán a tributar el impuesto para ingresos netos mensuales promedio de aproximadamente $1.420.000, o sea un ingreso bruto mensual en torno a los $1.780.000. Pero, además, al ser deducciones generales e incrementarse la correspondiente a trabajadores autónomos, se reduce la inequidad que éstos afrontaban, ya que ahora comenzarán a pagar el impuesto para ingresos mensuales netos de $1.106.000, mientras que en 2023 lo hacían desde ingresos tan irrisorios como $170.000 y en 2024 lo deberán hacer, de no aprobarse la reforma, desde los $408.000″, analizaron.

Se mantiene el ajuste automático de las deducciones en forma anual, de la misma forma que los tramos de escala (Télam)
Se mantiene el ajuste automático de las deducciones en forma anual, de la misma forma que los tramos de escala (Télam)

Tipo de contribuyentes y escalas

También se restituye la diferenciación entre contribuyentes con y sin cargas de familia, de manera tal que un empleado que puede deducir cónyuge y 2 hijos tributará desde un salario mensual neto de aproximadamente $1.910.000, o un salario bruto en torno a 2.386.000.

Conjuntamente, se ajustan fuertemente las escalas para que, quien quede alcanzado por el impuesto, lo haga a tasas efectivas menores, lo que, para los referentes del Iaraf, es un paso muy importante en la corrección de la distorsión producida por el “achatamiento” que la escala progresiva del impuesto viene sufriendo desde hace años.

“Esto genera tasas efectivas fuertemente crecientes para niveles medios de ingresos y una profunda diferencia de presión tributaria entre el régimen de monotributo y el régimen general de trabajadores autónomos, lo que implica un gran incentivo a la evasión. La modificación supone que, por ejemplo, un contribuyente que actualmente empieza a pagar la alícuota máxima para ingresos netos mensuales que superen los $560.000 por sobre las deducciones, con la reforma lo hará recién para ingresos que superen esos parámetros en más de 3 millones de pesos.

Un contribuyente que actualmente empieza a pagar la alícuota máxima para ingresos netos mensuales que superen los $560.000 por sobre las deducciones, con la reforma lo hará recién para ingresos que superen esos parámetros en más de 3 millones de pesos

Esto implica que quienes empiezan a pagar el impuesto vean comprometido un porcentaje muy bajo de su ingreso de bolsillo, porcentaje que irá aumentado a medida que los ingresos se incrementan, pero a un ritmo mucho más moderado que lo que sucedía en los últimos años. Esta modificación es quizás la contribución más importante de esta reforma a restituir la progresividad y equidad del impuesto y eliminar las distorsiones que se habían ido acumulando”, opinaron.

El acto frente al Congreso en el que Massa y la CGT celebraron la reforma de septiembre pasado
Maximiliano Luna
El acto frente al Congreso en el que Massa y la CGT celebraron la reforma de septiembre pasado Maximiliano Luna

También es destacable que se mantiene el ajuste automático de las deducciones en forma anual, de la misma forma que los tramos de escala, lo que evita un incremento en la alícuota efectiva por el mero hecho del efecto de la inflación sobre los salarios. “En contextos de índices de inflación bajos, que el ajuste sea anual no debería provocar distorsiones significativas, de cualquier manera, se le da la facultad al PEN de modificarlos durante el año 2024″,señalaron desde el Iaraf.

Es importante destacar que se explicita que los empleados beneficiados por la reforma vigente desde octubre de 2023 no quedarán sometidos a ninguna exacción retroactiva por el último trimestre de 2023 ni por los meses de 2024 que transcurran hasta la vigencia de este nuevo régimen que se pretende aprobar.

Ganadores y perdedores

Para ejemplificar los efectos que la reforma produciría, en caso de ser aprobada, el Iaraf comparó los casos de contribuyentes empleados y autónomos de tres niveles de ingreso. Para darle coherencia a la comparación, el organismo consideró sólo a contribuyentes solteros.

Los aportes personales sobre los sueldos brutos se suponen que son del 20%. Se contempla el efecto del SAC. Para el caso de autónomos se supone

un nivel de gastos deducibles tal que el ingreso neto final de cada categoría ejemplificada sea similar al del empleado.

Se mantiene el ajuste automático de las deducciones en forma anual, de la misma forma que los tramos de escala, lo que evita un incremento en la alícuota efectiva por el mero hecho del efecto de la inflación sobre los salarios

Además, se consideran tres tipos de contribuyentes: Empleados alcanzados por la reforma de octubre 2023, empleados no alcanzados por esa reforma (como por ejemplo los directores de sociedades) y trabajadores autónomos.

“Como puede observarse, los empleados que hoy cuentan con los cambios de la reforma de octubre de 2023 tendrían igual o más carga tributaria según su nivel de ingreso”, explicaron.

Otro grupo de personas afectado por este nuevo proyecto corresponde a aquellos empleados que quedaron fuera de la reforma de octubre de 2023. Estos trabajadores reducirían su carga tributaria.

Para los trabajadores autónomos, esta nueva reforma implicaría un descenso significativo de la carga tributaria sobre su ingreso neto. “En este sentido en los tres ejemplos desarrollados un trabajador autónomo vería reducida su alícuota efectiva desde el 12,6% al 0%, desde el 24,3% al 6,6% y desde el 26,8% al 10,6%, respectivamente”, señalaron desde el Iaraf.

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