Cuáles son los cambios del DNU de Milei para el personal de servicio doméstico

Los empleados de casas particulares no quedaron exentos de la reforma laboral del Ejecutivo establecida por decreto. En particular, la reforma para el sector apunta a las indemnizaciones en caso de despido

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Los salarios de los trabajadores de casas particulares acumulan un incremento 34% durante el último trimestre del año. (Getty Images/Seksan Mongkhonkhamsao)
Los salarios de los trabajadores de casas particulares acumulan un incremento 34% durante el último trimestre del año. (Getty Images/Seksan Mongkhonkhamsao)

El Mega DNU presentado días atrás por Javier Milei y ya publicado en el Boletín Oficial incluye varias reformas laborales y entre ellas, deroga la doble indemnización para el personal de casas particulares que, al momento del despido, no estuviera registrada la relación laboral o fuera deficiente.

En detalle, el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, a través del artículo 58, deroga el artículo 50 de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, el cual indica: “La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente”

En tanto, el artículo 58 del DNU establece que “en los casos de despido dispuesto por el empleador sin causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar a la empleada/o una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración, mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor”.

Si el DNU de desregulación queda firme, se termina la doble indemnización para empleadas domésticas que no estén registradas (Europa Press)
Si el DNU de desregulación queda firme, se termina la doble indemnización para empleadas domésticas que no estén registradas (Europa Press)

Asimismo, la nueva normativa dispone que “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”.

También, se extiende el período de prueba de 3 a 8 meses, lo que implica que si en ese lapso el trabajador es despedido no tendrá derecho a ser indemnizado.

De esta manera, se reduce el costo de indemnización para los empleadores.

Otra modificación que incluye el DNU que cabe destacar es que se introduce el permiso para reemplazar la indemnizaciones tradicionales por fondos de desempleo, un régimen que se utiliza para el sector de la construcción.

Cuanto cobra el servicio doméstico en diciembre

En cuanto a los haberes de diciembre del sector, los empleados de servicio doméstico recibirán un aumento de salarios del 10% tras el acuerdo alcanzado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). De todas maneras, se reevaluará la pauta salarial.

Los incrementos salariales previos fueron de 12% en octubre y 12% en noviembre. De esta manera, los sueldos de los trabajadores de casas particulares acumulan un incremento 34% durante el último trimestre del año.

La escala salarial vigente, y que se paga este mes es la siguiente de acuerdo a cada categoría:

– Supervisora: $1.708 la hora con retiro; $1.871 la hora sin retiro; $213.519 por mes con retiro; $237.435 por mes sin retiro.

– Personal para tareas específicas: $1.617 la hora con retiro; $1.773 la hora sin retiro; $198.037 por mes con retiro; $220.449 por mes sin retiro.

– Caseros: $1528 la hora y $193.217 el monto mensual.

– Cuidado de personas: $1.528 la hora con retiro; $1.708 la hora sin retiro; $193.217 por mes con retiro; $215.320 por mes sin retiro.

– Personal para tareas generales: $1.416 la hora con retiro; $1.528 la hora sin retiro; $173.758 por mes con retiro; $193.217 por mes sin retiro.

Se aplica un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, o en el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

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