El Gobierno busca derogar el permiso del Congreso para tomar deuda en dólares

La ley ómnibus elimina un artículo de la “ley Guzmán” que limitaba la emisión de bonos en moneda extranjera por encima de lo presupuestado. Los acuerdos con el FMI requerirán aval parlamentario

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FILE PHOTO: Argentina's Minister of Economy Luis Caputo speaks to the press, one day after the inauguration of Argentina's President Javier Milei, in Buenos Aires, Argentina, December 11, 2023. REUTERS/Agustin Marcarian/File Photo
FILE PHOTO: Argentina's Minister of Economy Luis Caputo speaks to the press, one day after the inauguration of Argentina's President Javier Milei, in Buenos Aires, Argentina, December 11, 2023. REUTERS/Agustin Marcarian/File Photo

El proyecto de ley ómnibus que el Poder Ejecutivo envió este miércoles al Congreso incluye la derogación de un artículo de una ley sancionada en marzo de 2021 que ponía límites a la toma de deuda en dólares con legislación extranjera. El Poder Ejecutivo busca eliminar el artículo que establecía la obligatoriedad de tener permiso del parlamento para emitir bonos en dólares por encima de lo establecido en el presupuesto.

Se trata de la ley 27.612, también conocida en aquel momento como la “ley Guzmán”, que llevó como nombre “Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública”. Fue aprobada por el Congreso en marzo de 2021 y apuntaba a limitar la capacidad de endeudamiento en moneda extranjera sin autorización parlamentaria previa.

El artículo 107° de la ley ómnibus de Javier Milei, en el capítulo cuarto que refiere a operaciones de crédito público, buscará dar marcha atrás con el artículo 1° de esa norma, que fue presentada por el entonces ministro de Economía Martín Guzmán.

“La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio”, es el primer párrafo de ese artículo que el Ejecutivo quiere derogar.

Si se eliminara ese artículo, el Poder Ejecutivo dejaría de necesitar autorización parlamentaria para tomar deuda en moneda extranjera más allá de lo que indique el presupuesto

“Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”, concluye. Ese es el tramo clave. Si se eliminara ese artículo, el Poder Ejecutivo dejaría de necesitar autorización parlamentaria para tomar deuda en moneda extranjera más allá de lo que indique el presupuesto. La particularidad es que en 2024 no habrá ley de ingresos y gastos aprobada por el Congreso sino que será prorrogado el presupuesto actual.

Por otra parte, el proyecto sí dejará vigente el segundo artículo de esa norma, que también ponía límites al endeudamiento, pero con el Fondo Monetario Internacional. “Dispónese que todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente”, reza el artículo 2°, que no tendría cambios.

De esa forma, en caso de que el gobierno de Milei negociara un programa financiero nuevo con el organismo, tendría que buscar el aval del parlamento para poder firmarlo.

Guzmán cuestionó a Milei por el cambio en la ley de sostenibilidad de la deuda pública
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El megaproyecto de ley ingresado al Congreso este miércoles incluye otros artículos que refieren a la deuda pública. Un cambio relevante involucra a la ley de Administración Financiera, que es la que regula cómo debe realizarse la gestión financiera del sector público. La ley ómnibus busca modificar el artículo 65° de esa norma, que tiene que ver con los procesos de reestructuración de deuda.

El Estado nacional podrá, asegura, “realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados (...) mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”.

La ley presentada por el Poder Ejecutivo cambia los fundamentos de ese artículo y lo reemplaza por la siguiente versión: “El Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados (...), mediante su consolidación, conversión o renegociación, atendiendo a las condiciones imperantes del mercado financiero”, reza la nueva versión. De esa forma, no necesitaría cumplir con ese requisito de mejora en el perfil de la deuda para llevar adelante una operación de reestructuración.

El proyecto sí dejará vigente el segundo artículo de esa norma, que también ponía límites al endeudamiento, pero con el Fondo Monetario Internacional

“De constituirse con motivo de la realización de estas operaciones un incremento de la deuda pública, se deberá afectar la autorización de endeudamiento prevista para el ejercicio respectivo. Las operaciones con cargo al presente artículo se realizarán en el marco de la estrategia plurianual de deuda que será definida por el Ministerio de Economía”, continúa la versión propuesta en la ley ómnibus.

El ex ministro Guzmán salió a cuestionar el cambio que prevé la ley. “¿No era que tomar deuda era inmoral? Si no querés aumentar la deuda, ¿por qué abrirías la puerta a que el endeudamiento público externo no tenga que pasar por el Congreso, y a que las reestructuraciones de deuda pública aumenten la deuda en lugar de reducirla, tal como con el Megancanje de Sturzenegger en el año 2001? ¿Sos consciente de que estás abriendo la puerta a nuevos saqueos históricos a los contribuyentes a partir de los manejos de deuda pública?”, le dedicó el ex jefe del Palacio de Hacienda y autor de la ley 27.612 al presidente.

El megaproyecto de ley también determina una “consolidación” tenencias de títulos públicos en manos de organismos descentralizados del sector público o del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del Anses -salvo el Banco Central- de manera tal de que pasarían a manos del Tesoro nacional. De esa forma, el Ministerio de Economía deslistará esos bonos y eliminará deuda intra sector público.

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