![Cambios en las importaciones: qué](https://www.infobae.com/resizer/v2/6OIQFWDO2ZDVXH6UNFXML7F6VU.jpg?auth=e04ecbdc7cccbce8bca14bd37c75011df4885c5faaa1f7d33e27475c37200390&smart=true&width=350&height=214&quality=85)
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio oficializaron este martes la creación del nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), el cual reemplazará al SIRA que había establecido la gestión del ex ministro de Economía, Sergio Massa. El nuevo Gobierno apunta a la desregulación del comercio exterior.
Si bien la norma contempla que no habrá más licencias ni permisos para importar, algunos rubros quedaron exceptuados del nuevo registro como en el caso de los servicios conocidos como “puerta a puerta” y couriers que permiten recibir productos comprados en el exterior a través de plataformas como Amazon, Alibaba, Tiendamia, entre otros, en el domicilio del consumidor.
La Resolución Conjunta 5466/2023 exceptúa de efectuar las declaraciones SEDI a las siguientes operaciones de importación:
a) “Destinaciones de importación para consumo, realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas,
b) Mercaderías con franquicias de derechos y tributos,
c) Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales,
d) Bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas que se encuentren enmarcados en el certificado previsto en el Artículo 4° de la Ley N° 25.613,
e) Bienes provenientes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640 que se importen al territorio continental, así como a las operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental que se importen a dicha Área Aduanera Especial, y
f) todas aquellas mercaderías que ingresen en el marco de lo previsto en la Resolución General N° 3.628 de Afip”.
![Este martes se oficializó](https://www.infobae.com/resizer/v2/JYXSX2A7HVGSVMJTDQAXAYUK3Q.jpg?auth=46bf310e81a2fb46ad06387760099ed5febe07a2bd5ada2d9bb8e173a216d4ee&smart=true&width=350&height=217&quality=85)
Ante la consulta de Infobae sobre los cambios en mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales, desde la Secretaría de Comercio explicaron: “Lo que implica es que esas excepciones no deben completar una SEDI, pero deberán respetar los procedimientos aduaneros establecidos en las distintas normas. Solamente que no deben hacer esta declaración”.
“No estamos modificando en este momento la normativa de courier, sino la de importaciones. Son dos cosas diferentes. Por el momento la resolución que se publicó hoy es la desarticulación de SIRAS y del sistema de licencias”, añadieron.
El nuevo Gobierno encara un trabajo para eliminar las restricciones al comercio exterior, las cuales se profundizaron en los últimos años. Es el caso de las mercaderías privadas que ingresan al país mediante el “puerta a puerta”.
El año pasado el Banco Central quitó la posibilidad de financiar esas compras en cuotas, debido a la escasez de reservas, y luego redujo de USD3.000 a USD1.000 el monto máximo para este tipo de transacciones. En realidad, la norma dio marcha atrás con la que existió desde 2018, cuando durante el Gobierno de Mauricio Macri el tope había saltado de USD900 a USD3.000, como uno de los pasos a la apertura comercial.
Además, el envío no puede pesar más de 50 kilos mientras que se puede ingresar hasta tres unidades de una misma especie y en ningún caso puede tener finalidad comercial. Hasta ahora, sólo estaban permitidos realizar hasta cinco pedidos al año a través de este sistema.
En Uruguay, el máximo permitido es de USD200, mientras que en Bolivia y Paraguay es de USD1.000 como en la Argentina. Sin embargo, en Colombia y Perú asciende a USD2000, y en Brasil y Chile, a USD3000. En Ecuador, los valores varían por categoría, entre USD400 y 5.000 dólares.
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