Hasta el 31 de diciembre continúa vigente la iniciativa denominada “Compre sin IVA” con el que el Gobierno busca compensar parte del efecto del salto inflacionario que generó la devaluación de agosto pasado. La política busca aliviar la presión fiscal sobre los consumidores de menores ingresos al devolver el 21% en compras de productos esenciales que fueron realizadas con tarjeta de débito con tope de $18.800 mensuales que se acreditan automáticamente dentro de las 48 horas posteriores a la transacción.
En el contexto actual, es importante asegurarse de poder acceder correctamente al reembolso para aliviar el impacto de los aumentos de precios en el bolsillo. A la hora de intentar utilizar el beneficio, es importante estar dentro de las 23,5 millones de personas habilitadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Recientemente el organismo recaudador amplió el universo tras la incorporación de trabajadores informales, el segmento más golpeado en los últimos años por la pérdida del poder adquisitivo que generó la inflación. El programa es aplicable a una amplia gama de productos, desde alimentos y bebidas hasta productos de higiene personal.
Los beneficiarios de esta iniciativa son diversos e incluyen:
- Trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta $708.000 mensuales.
- Monotributistas que no tengan ingresos adicionales.
- Jubilados y pensionados que reciban hasta seis salarios mínimos.
- Titulares de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo (AUH),
- Tarjeta Alimentar y Potenciar Trabajo.
- Trabajadores informales
Estos grupos recibirán un reembolso equivalente al 21% de sus gastos en productos de primera necesidad, siempre que realicen la compra con tarjeta de débito. De todos modos, puede consultarse en la página de AFIP si uno se encuentra o no habilitado para el reintegro.
Los errores más comunes que hay que evitar para obtener la devolución del IVA
Pero no todas las compras o formas de pago están sujetas al reintegro. Por eso, conviene estar atento a los errores más comunes que se suelen cometer.
- Confundir las Tarjetas Alcanzadas: El reintegro solo se aplica al pagar con tarjeta de débito que utiliza fondos de una cuenta bancaria, incluyendo las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo. No son válidas las tarjetas de crédito ni las tarjetas prepagas vinculadas a billeteras virtuales con CVU, como Mercado Pago o Ualá.
- Error en los Pagos QR Aceptados: Se puede acceder al reintegro pagando con QR desde billeteras virtuales como Mercado Pago, MODO o la app del propio banco, siempre y cuando se elija una tarjeta de débito (previamente adherida) como origen del dinero. Pagar con el dinero en cuenta de la billetera digital no permite obtener la devolución.
- Pagar con una Transferencia Común: Enviar dinero mediante una transferencia común desde el celular, proporcionando CBU o alias del comerciante, no permite acceder a las devoluciones del plan.
- No Tener la CBU Declarada en AFIP: Es necesario que la AFIP tenga registrada al menos una cuenta bancaria asociada al beneficiario para aprovechar el programa Compre sin IVA. En la web de la AFIP, se puede consultar y declarar la CBU.
- Elegir un Comercio no Incluido: La devolución se aplica solo en comercios inscritos ante la AFIP con actividades específicas, como supermercados, farmacias, y otros rubros detallados en la lista de actividades económicas de AFIP. Es importante verificar la inscripción del comercio en estas categorías.
- Exceder el Límite Mensual de Devolución: El monto mensual reintegrado no puede superar los $18.800 por beneficiario, lo que se alcanza con compras de $89.523. Para evitar sobrepasar este límite, es recomendable que varios miembros del hogar dividan los pagos del mes.
¿Cómo reclamar en AFIP si no me devuelven el IVA?
Las personas que no recibieron la devolución del IVA 48 horas después de la compra pueden iniciar el trámite del reclamo ante la AFIP de manera virtual en la web oficial. El ente recaudador le pedirá datos personales, y los contribuyentes tendrán espacio para explayarse sobre los detalles del reclamo. Además del formulario del Programa de Asistencia al Usuario, la AFIP dispone de una línea telefónica (0800 999 2347), a la que se puede llamar de 9 a 16 de lunes a viernes.
¿Qué es el IVA?
En cierta manera el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es una carga impositiva al consumo, esto quiere decir que se trata de un impuesto que paga el comprador.
Para los consumidores finales, el IVA está incluido en el precio de los productos que adquieren y de los servicios que contratan.
Por su parte, las personas alcanzadas por el impuesto, los responsables inscriptos, están obligados a discriminar el IVA al momento de la venta de sus productos o servicios. Seguidamente, tienen que declarar dicho monto ante la AFIP y pagar el impuesto.
Hay 3 tasas de IVA en Argentina, conocidas como alícuotas: 21% que es la tasa general, la más común; 10,5% que es para algunos bienes de capital y de primera necesidad como frutas, legumbres, verduras, carnes, transporte público, servicios médicos, entre otros; y 27% que aplica para ciertas actividades, como energía eléctrica y telecomunicaciones
¿Cómo saber si califico para la devolución de IVA?
Guía paso a paso para saber si se califica para la devolución de IVA:
- Paso 1: Acceder al sitio web de la AFIP
Para determinar si uno es elegible para el reembolso, la AFIP ha habilitado un sitio web especial. Puede acceder a este sitio buscando “Compre sin IVA - AFIP” en Google y haciendo clic en “nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros” o ingresando directamente al enlace proporcionado por la AFIP.
- Paso 2: Ingresar Información Personal
Una vez en el sitio, deberá ingresar su CUIL o CUIT sin guiones ni espacios en el cuadro correspondiente. Luego, copie un código de seguridad que se le proporcionará en la página. Es crucial respetar las mayúsculas y minúsculas al copiar este código.
- Paso 3: consultar
Después de ingresar la información requerida, haga clic en “consultar” para verificar si es elegible para el reembolso.
Es importante tener en cuenta que ciertos grupos están excluidos de este programa. Estos incluyen: los contribuyentes registrados como autónomos e individuos que están obligados a pagar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales, a menos que esta obligación surja exclusivamente de la posesión de una vivienda única.
Los comercios minoristas y mayoristas deberán estar inscriptos ante la AFIP con los códigos de actividad definidos para el programa. Podrá verificar la actividad económica declarada por el comercio, ingresando su CUIT en la “Consulta de inscripción”. Rige para quienes comercializan alimentos, artículos de higiene personal y medicamentos, por un monto mensual de hasta $18.800.
Según datos oficiales hasta la semana pasada había más de 23,5 millones de personas habilitadas para acceder al beneficio de “Compre sin IVA”, lo que representaba $125.500 millones de devolución que se volcaron directamente al consumo. Dentro de ese universo se encuentran más de 8,7 millones de trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia; 2,5 millones de monotributistas; casi 400.000 empleadas de casas particulares; 9,5 millones de jubilados/pensionados/beneficiarios de asignaciones familiares y 2,5 millones de trabajadores informales.